PGN - Resolucion 244 de 2026
Procuraduria General de la Nacion
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Detalles
- Título
- PGN - Resolucion 244 de 2026
- Autor
- Procuraduria General de la Nacion
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2026
GENERALRP D E LA YA Fi CII fá N
COLON1B A
RESOLUCIÓN No. 2 4 4 ( 02 SEP 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las funciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en Los artículos 275 y 277 de la Constitución Política de Colombia yen los numerales 30, 70 y 36 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2° del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 139 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, «por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad"», estableció que, con el objeto de promover la coordinación, eficiencia, eficacia y modernización del Ministerio Público, la Procuraduría General de la Nación coordinará con la Defensoría del Pueblo y las personerías distritales y municipales la elaboración del Plan Decenal del Ministerio Público. Que el inciso segundo del artículo 139 de la Ley 1955 de 2019 dispone que el Plan Decenal del Ministerio Público debe contener, entre otros, los objetivos y las metas interinstitucionales, un plan de acción para lograrlos, las actividades y la definición de los mecanismos de seguimiento dirigidos a preservar el interés general, luchar contra la corrupción y velar por la efectividad de los derechos en Colombia.
interinstitucionales, un plan de acción para lograrlos, las actividades y la definición de los mecanismos de seguimiento dirigidos a preservar el interés general, luchar contra la corrupción y velar por la efectividad de los derechos en Colombia. Asimismo, en la referida disposición se indicó que, a la Secretaría Técnica, a cargo del Instituto de Estudios del Ministerio Público de la Procuraduría General de la Nación, le corresponde la elaboración y el seguimiento del Plan Decenal del Ministerio Público. Que, mediante Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, se adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031. Que, para asegurar el cumplimiento y ejecución del Plan Decenal del Ministerio Público, se crearon el Comité Directivo y el Comité Técnico, propendiendo por aunar esfuerzos, responsabilidades y tareas concretas de las entidades que conforman el Ministerio Público. Que el parágrafo del artículo 3 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021 estableció que el Instituto de Estudios del Ministerio Público ejercerá como secretaría técnica de los comités del Plan Decenal. Que el artículo 4 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021 incluyó al Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público en el Comité Directivo del Plan Decenal del Ministerio Público, quien actuará como secretario. Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento
Proceso: Documental1Código: DO-F-29 1 Versión: 41 Fecha: 25/08/2026PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACION
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RESOLUCIÓN No. 2 4 4
Proceso: Documental1Código: DO-F-29 1 Versión: 41 Fecha: 25/08/2026PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACION
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RESOLUCIÓN No. 2 4 4 ( 02 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" Que el artículo 12 idem señala que le corresponde al Instituto de Estudios del Ministerio Público, como secretaría técnica, ejercer el seguimiento del Plan Decenal; y el artículo 13 fija las funciones para tal efecto. Que mediante la Resolución 240 del 18 de julio de 2024, se modificó la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, artículos 6 y 10, referentes a la periodicidad de las sesiones ordinarias de los comités directivo y técnico. Que el artículo 1 de la Ley 2553 de 2025 transformó el Instituto de Estudios del Ministerio Público — IEMPen "t..] la Universidad del Ministerio Público organizada como un ente universitario autónomo estatal del orden nacional de carácter especial, vinculado a la Procuraduría General de la Nación, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía académica, administrativa, financiera y presupuestal". Que mediante Acuerdo Superior 01 de 16 de julio de 2026, el Consejo Superior Universitario Provisional de la Universidad Especial del Ministerio Público -UEMPadoptó el Estatuto General de la institución. Que el artículo 4 de la Ley 2553 de 2025 y el artículo 8 del Estatuto General de la Universidad limitaron el objeto de dicha Universidad a "la docencia, investigación y
adoptó el Estatuto General de la institución. Que el artículo 4 de la Ley 2553 de 2025 y el artículo 8 del Estatuto General de la Universidad limitaron el objeto de dicha Universidad a "la docencia, investigación y extensión en las áreas misionales del Ministerio Público, con apoyo en el desarrollo de tecnologías de la información y la comunicación". Que la Ley 2553 de 2025 constituye una modificación legislativa sobreviniente de la estructura institucional existente cuando se expidieron el artículo 139 de la le Ley 1955 de 2019 y la Resolución 352 de 2021. No obstante, dicha transformación no extingue la competencia que el propio artículo 139 atribuyó a la Procuraduría General de la Nación para coordinar el Plan Decenal. Que el Plan Decenal ya fue elaborado y adoptado en el año 2021, razón por la cual la función de elaboración prevista en el artículo 139 se encuentra materialmente cumplida, sin embargo, subsiste la necesidad de implementación, articulación y seguimiento durante su vigencia, esta es, hasta 2031. Que La transformación del Instituto de Estudios del Ministerio Público no puede producir como consecuencia la paralización del Plan Decenal, ni impedir a la Procuraduría General de la Nación ejercer la competencia de coordinación que continúa atribuida por ley. Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en principios tales como la eficacia y la economía, por tanto, exigen adoptar las medidas organizacionales necesarias para evitar que una transformación institucional Verifique que ésta es (aversión correcta antes de utilizar el documento
tales como la eficacia y la economía, por tanto, exigen adoptar las medidas organizacionales necesarias para evitar que una transformación institucional Verifique que ésta es (aversión correcta antes de utilizar el documento
Proceso: DocumentatiCódigo: DO-F-291Versión: 4I Fecha: 25/08/2026PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN COLOMBIA RESOLUCIÓN No. 24 4 ( 0 2 SEF 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" sobreviniente impida la ejecución y seguimiento de un instrumento de planeación vigente cuya coordinación corresponde legalmente a la Procuraduría General de la Nación. Que el Procurador General de la Nación está facultado por el artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021 para expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley y el Plan Decenal del Ministerio Público contiene los objetivos interinstitucionales y el plan de acción para lograrlos, siendo la Procuraduría General de la Nación la entidad coordinadora como supremo director del Ministerio Público. Que, es necesario asignar la función de apoyo a la coordinación, articulación y seguimiento del Plan Decenal del Ministerio Público a una dependencia de la Procuraduría General de la Nación, como consecuencia de la transformación del Instituto de Estudios del Ministerio Público y de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, sin modificar la atribución
Procuraduría General de la Nación, como consecuencia de la transformación del Instituto de Estudios del Ministerio Público y de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, sin modificar la atribución efectuada por el artículo 139 de la Ley 1955 de 2019, ni asignar a la Oficina de Planeación la condición de Secretaría Técnica prevista en dicha disposición, adoptando las medidas de organización internas requeridas para garantizar la continuidad del seguimiento, la articulación interinstitucional y el ejercicio de la competencia de coordinación atribuida legalmente a la Procuraduría General de la Nación. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Modificación del inciso segundo del artículo 2 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el inciso segundo del artículo 2 de La Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 2. Responsabilidad de las Entidades. La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría Pueblo y las personerías distritales y municipales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales serán responsables de la ejecución, materialización, divulgación, uso y apropiación del Plan Decenal del Ministerio Público. La Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación realizará el apoyo técnico y administrativo para el seguimiento al cumplimiento de los compromisos del Plan Decenal e impartirá los parámetros para que las entidades responsables puedan reportar los avances, en el marco de las competencias de coordinación atribuidas a la Procuraduría General de la Nación por el artículo 139 de la Ley 1955 de 2019."
Plan Decenal e impartirá los parámetros para que las entidades responsables puedan reportar los avances, en el marco de las competencias de coordinación atribuidas a la Procuraduría General de la Nación por el artículo 139 de la Ley 1955 de 2019." Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento
Proceso: DocumentallCódigo: DO-F-291Versión: 4 I Fecha: 25/08/2026PROCURADURÍA
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RESOLUCIÓN No. 2 4 4 ( - o 2 SEP 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" ARTÍCULO SEGUNDO. Modificación del parágrafo del artículo 3 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el parágrafo del artículo 3 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así: "PARÁGRAFO. La Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación brindará el apoyo técnico y administrativo requerido para la articulación de los comités del Plan Decenal y para el seguimiento de su implementación, en el marco de las competencias de coordinación atribuidas a la Procuraduría General de la Nación". ARTÍCULO TERCERO. Modificación del artículo 4 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el artículo 4 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 4. Comité Directivo del Plan Decenal del Ministerio Público. Créase el
diciembre de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 4. Comité Directivo del Plan Decenal del Ministerio Público. Créase el Comité Directivo del Plan Decenal del Ministerio Público, el cual estará conformado por: i) El Procurador General de la Nación o su delegado, quien lo presidirá. ü) El Defensor del Pueblo o su delegado. Un Procurador Delegado elegido por el Procurador General de la Nación. Un Defensor Delegado elegido por el Defensor del Pueblo. y) Un representante elegido por los personeros que integren el Comité Técnico. vi) El Jefe de la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación quien actuará como articulador del comité. (•••)". ARTÍCULO CUARTO. Modificación del numeral 5 del artículo 5 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el numeral 5 del artículo 5 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 5. Funciones del Comité Directivo del Plan Decenal del Ministerio Público. Son funciones del Comité Directivo: Promover la articulación al interior del Ministerio Público para la efectiva y oportuna implementación y seguimiento del Plan Decenal. Acordar las orientaciones que deberán ser impartidas periódicamente al interior de cada una de las entidades que conforman el Ministerio Público, para lograr la implementación efectiva y el seguimiento oportuno del Plan Decenal. Gestionar y articular con las demás entidades del sector público que se requieran para la efectiva implementación y el oportuno seguimiento del Plan. Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento
implementación efectiva y el seguimiento oportuno del Plan Decenal. Gestionar y articular con las demás entidades del sector público que se requieran para la efectiva implementación y el oportuno seguimiento del Plan. Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Documental1Código: DO-F-29 1 Versión: 41 Fecha: 25/08/2026PROCURADURÍA
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RESOLUCIÓN No. 2 4 1 ( o 2 :. 2025 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" Adoptar las decisiones necesarias para direccionar estratégicamente la implementación y el seguimiento del Plan Decenal. Aprobar los planes de acción anuales presentados por la Oficina de Planeación en el marco del apoyo técnico y administrativo que realiza, previa formulación y viabilidad del comité técnico, para la implementación del Plan Decenal. 6.Revisar y formular las observaciones al informe anual de avance del Plan Decenal dirigido al Congreso de la República.
7. Las demás funciones relacionadas a la naturaleza del comité" ARTÍCULO QUINTO. Modificación del artículo 6 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el artículo 6 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, modificado por la Resolución 240 de 18 de julio de 2024, el cual quedará así: "ARTÍCULO 6. Sesiones del Comité Directivo del Plan Decenal. Se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias, de la siguiente manera:
quedará así: "ARTÍCULO 6. Sesiones del Comité Directivo del Plan Decenal. Se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias, de la siguiente manera: Sesiones Ordinarias: Sesionará ordinariamente con una periodicidad anual. Las sesiones serán convocadas por la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación, como articuladora del Comité, con cinco (5) días de antelación a la fecha de la reunión. En la convocatoria se indicará la respectiva agenda y se remitirá la información, junto con la documentación que debe ser considerada.
Sesiones Extraordinarias: Sesionará de manera extraordinaria en cualquier momento, cuando por circunstancias especiales así fuere necesario. En tal caso, la convocatoria podrá efectuarse por solicitud de cualquiera de los integrantes del Comité, a través de solicitud dirigida a la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación, quien como articulador del Comité, procederá con la citación.
PARÁGRAFO 1. El Comité Directivo del Plan Decenal podrá deliberar, votar y decidir en conferencia virtual, utilizando los medios electrónicos idóneos y dejando constancia de lo actuado por ese mismo medio con los atributos de seguridad necesarios, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley 1437 de 2011. los términos previstos en la ley." ARTÍCULO SEXTO. Modificación de los numerales 4, 5, 6 y 8 del artículo 9 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese los numerales 5, 6 y 8 del artículo 9 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, los cuales quedarán así:
Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese los numerales 5, 6 y 8 del artículo 9 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, los cuales quedarán así: Verifique que ésta es ta versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Documental1Código: DO-F-291Versión: 41 Fecha: 25/08/2026D E L GENERAL I PNuAllítIN
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RESOLUCIÓN No. 2 4 4 ( 0 2 SEP 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" "ARTÍCULO 9. Funciones del Comité Técnico del Plan Decenal. Son funciones del Comité Técnico: Proponer al Comité Directivo del Plan Decenal los mecanismos de coordinación interinstitucional a nivel nacional y territorial para la implementación del Plan Decenal. Aprobar anualmente el proyecto de plan de acción para presentación y aprobación del Comité Directivo, previa elaboración de las mesas técnicas o grupos de trabajo. Liderar la implementación de los proyectos interinstitucionales que se requieran para la implementación del Plan Decenal. Velar por el suministro oportuno de la información para el monitoreo y seguimiento del Plan Decenal, a cargo de la Oficina de Planeación. Elaborar con apoyo de la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación el informe anual sobre la implementación del Plan Decenal que el Procurador General de la Nación debe presentar al Congreso de la República.
Elaborar con apoyo de la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación el informe anual sobre la implementación del Plan Decenal que el Procurador General de la Nación debe presentar al Congreso de la República. Instruir a la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación, en su rol de articuladora, en la preparación de las sesiones ordinarias y/o extraordinarias del Comité Directivo. Liderar el direccionamiento estratégico para la implementación y el seguimiento del Plan Decenal. Apoyar a la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación en la coordinación para el seguimiento del Plan Decenal. Consolidar y elaborar el informe de avance anual sobre el Plan Decenal. Las demás funciones relacionadas a la naturaleza del comité." ARTÍCULO SÉPTIMO. Modificación del artículo 10 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el artículo 10 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, modificado por la Resolución 240 de 18 de julio de 2024, el cual quedará así: ARTÍCULO 10. Sesiones del Comité Técnico del Plan Decenal. El Comité Técnico del Plan Decenal se reunirá en sesiones ordinarias y sesiones extraordinarias, de la siguiente manera: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento
Proceso: DocumentallCódigo: DO-F-291Versión: 41 Fecha: 25/08/2026PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN
OLO Ni B I A
RESOLUCIÓN No. 4 4 ( o 2 SEP 2026 )
GENERAL DE LA NACIÓN
OLO Ni B I A
RESOLUCIÓN No. 4 4 ( o 2 SEP 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" Sesiones Ordinarias: Sesionará ordinariamente con una periodicidad semestral. Las sesiones serán convocadas por la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación, como articuladora del Comité, con cinco (5) días de antelación a la fecha de la reunión. En la convocatoria se indicará la respectiva agenda y se remitirá la información, junto con la documentación que debe ser considerada.
Sesiones Extraordinarias: Sesionará de manera extraordinaria en cualquier momento, cuando por circunstancias especiales así fuere necesario. En tal caso, la convocatoria podrá efectuarse por solicitud de cualquiera de los integrantes del Comité, a través de solicitud dirigida a la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación, quien como articulador del Comité, procederá con la citación.
PARÁGRAFO Podrá deliberar, votar y decidir en conferencia virtual, utilizando los medios electrónicos idóneos y dejando constancia de lo actuado por ese mismo medio con los atributos de seguridad necesarios, dé conformidad con lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley 1437 de 2011." ARTÍCULO OCTAVO. Modificación del artículo 12 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el artículo 12 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así:
ARTÍCULO OCTAVO. Modificación del artículo 12 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el artículo 12 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 12. Apoyo a la coordinación, articulación y seguimiento del Plan Decenal. Con el propósito de garantizar el ejercicio de la competencia de coordinación atribuida a la Procuraduría General de la Nación por el artículo 139 de la Ley 1955 de 2019, la Oficina de Planeación de la 'Proc) raduría General de la Nación brindará el apoyo técnico y administrativo requerido para la aarticulación de los comités del Plan Decenal y el seguimiento de su implementación." ARTÍCULO NOVENO. Modificación del artículo 13 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021. Modifíquese el artículo 13 de la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 13. Funciones de apoyo técnico y administrativo para la coordinación, articulación y seguimiento del Plan Decenal. La Oficina de Planeación tendrá dentro de sus funciones las siguientes: Realizar la convocatoria a las sesiones del Comité Directivo y el Comité Técnico de implementación del Plan Decenal. Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las decisiones adoptadas en el marco del desarrollo de los Comités de implementación del Plan Decenal. Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Documental1Código: D0-F-291Versión: 41 Fecha: 25/08/2026ARTÍCULO DÉCIMO. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Proceso: Documental1Código: D0-F-291Versión: 41 Fecha: 25/08/2026ARTÍCULO DÉCIMO. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
LÍa.JEsnv CÚMPLASE
GREG Procur
PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 2 4 4 ( o 2 SEP 2026 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 352 de 21 de diciembre de 2021, que adoptó el Plan Decenal del Ministerio Público 2022-2031" Proponer herramientas de medición del avance del plan decenal y de los planes de acción anual mediante el uso de indicadores de gestión, informes periódicos de avance, tableros de control y mesas de trabajo con los responsables. Brindar orientación en la formulación de los planes anuales de implementación en las mesas técnicas o grupos de trabajo que designe el Comité Técnico del Plan Decenal. Presentar el cronograma de actividades, entregables y responsables para la verificación de avances en el plan de acción anual. Consolidar el Informe Anual de Avances del Plan Decenal del Ministerio Público que se presenta al Congreso General de la República. En coordinación con la Oficina de Prensa, supervisar el proceso de diagramación del Informe Anual de Avances del Plan Decenal del Ministerio Público que se presenta al Congreso General de la República."
Elaboró: Camilo Carvajal/ Asesor del Despacho del Procurador General
Xiomara Ramos / Asesor del Despacho del Viceprocurador General XP.
Revisó: Sandra Patricia Castaño Giraldo - Asesor Oficina Jurídica
Elaboró: Camilo Carvajal/ Asesor del Despacho del Procurador General
Xiomara Ramos / Asesor del Despacho del Viceprocurador General XP.
Revisó: Sandra Patricia Castaño Giraldo - Asesor Oficina Jurídica Aprobó: Aura Yineth Correa Niño -Jefe de la Oficina Jurfdic Julián Fernández - Viceprocurador General del ación Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Documental 1 Código: DO-F-29 1 Versión: 4 [ Fecha: 25108/2026PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION REsorvritzsaa 3 5 2 21 DIC 2021
Por medio de la cual se adopta el Plan Decenal de/Ministerio Público 2022 - 2031 LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Política de Colombia y los numerales 3°, 7° y 36 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, y de conformidad con los artículos 139 de la Ley 1955 de 2018 y 75 de la Ley 2094 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 2° de la Constitución Política señala que son fines esenciales del Estado, entre otros, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, así como que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
República están instituidas para proteger a todas las personas en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Que el artículo 275 de la Constitución Política establece que el Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público. Que, desde sus inicios, la Corte Constitucional ha explicado que la suprema dirección del Ministerio Público asignada al Procurador General de la Nación implica: (i) "Comporta la trascendental responsabilidad de dar concreción al marco funcional que, por vía de enunciación general, traza la Constitución, para lo cual le corresponde señalar mediante directivas los propósitos y objetivos a los que debe dirigirse la misión institucional; de consiguiente, la de formular las directrices, las políticas generales y las estrategias generales que orientarán la gestión en sus distintos ámbitos de competencia funcional; la de determinar las metas y prioridades de su acción, tanto sectorial como territorial, de corto, mediano y largo plazo"; y (II) "Tiene por esencial razón de ser la de asegurar que las acciones y actividades que acometa el órgano de control efectivamente traduzcan las metas y objetivos que la propia Constitución le señala" (Sentencia C-743/98). Que los artículos 113 y 117 de la Constitución Política disponen que el Ministerio Público es un órgano de control, autónomo e independiente de las Ramas del Poder Público, sin perjuicio de la colaboración armónica que debe tener con las demás instituciones del Estado. Que en los artículos 118, 275 a 284 y 313.8 de la Constitución Política se estructura al
perjuicio de la colaboración armónica que debe tener con las demás instituciones del Estado. Que en los artículos 118, 275 a 284 y 313.8 de la Constitución Política se estructura al Ministerio Público como un órgano compuesto, conformado por la Procuradora General de la Nación, el Defensor del Pueblo, los procuradores delegados y los agentes delPROCURADURIA GENERAL DE LA NACION REsourntrat 3 5 2 DIC 2021. ) ( 2 Por medio de la cual se adopta el Plan Decenal del Ministerio Público 2022 - 2031 ministerio público, por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley, y le corresponde guardar y promocionar los derechos humanos, proteger el interés público y vigilar la conducta oficial de los servidores del Estado. Que los artículos 277.2 y 281 a 283 de la Constitución Política señalan que: (a) el Defensor del Pueblo velará por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, ejerciendo sus funciones de manera autónoma, y (b) la Procuradora General de la Nación contará con el auxilio del Defensor del Pueblo para proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad. Que de conformidad con el artículo 178 de la Ley 136 de 1994, los personeros ejercerán en el respectivo municipio, bajo la dirección suprema de la Procuradora General de la Nación, las funciones del Ministerio Público, además de las que determine la Constitución, la ley y los acuerdos municipales. Que en virtud del principio de coordinación contemplado en el artículo 209 de la Constitución, los integrantes del Ministerio Público, sin perjuicio de su autonomía, deben actuar de manera ordenada y mancomunada para el adecuado cumplimiento de su
Que en virtud del principio de coordinación contemplado en el artículo 209 de la Constitución, los integrantes del Ministerio Público, sin perjuicio de su autonomía, deben actuar de manera ordenada y mancomunada para el adecuado cumplimiento de su misión, en especial, para la protección y promoción de los derechos humanos. Que el numeral 3° del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, faculta a la Procuradora Genera de la Nación, para expedir los actos administrativos, órdenes y directrices, necesarios para señalar las políticas generales. Que en el numeral 7 ibídem, establece que corresponde a la Procuradora General de la Nación, la expedición de los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley. A su vez, en el numeral 36 ibídem la faculta para expedir de directivas y circulares que resulten conducentes para el ejercicio de las funciones públicas. Que mediante la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad', en cuyo artículo 139 se estableció que, con el objeto de promover la coordinación, eficiencia, eficacia y modernización del Ministerio Público, la Procuraduría General de la Nación coordinaría con la Defensoría del Pueblo, las personerías distritales y municipales y la Vicepresidencia de la República, la elaboración del Plan Decenal del Ministerio Público, el cual debe formularse dentro de los dos (2) años siguientes a la promulgación de esta ley. Asimismo, se indicó que la secretaría técnica a cargo, del Instituto de Estudios del
el cual debe formularse dentro de los dos (2) años siguientes a la promulgación de esta ley. Asimismo, se indicó que la secretaría técnica a cargo, del Instituto de Estudios del Ministerio Público, elaboraría y hará el seguimiento del plan. La Procuraduría General de la Nación presentará sus avances anualmente al Congreso de la República. 21
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