PGN - Resolución 248 de 2009
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 248 de 2009
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2009
(ea) PROCURADURIA La Resolución 22 de 2018 GENERAL DE LA NACION deja sin efectos la presente RESOLUCIÓN NÚMERO fr 2 ú g ¿DK Resolución a partir del 1 de ( ) marzo de 2018 1 1 AGO. 2009 Por medio de la cual se crea el Centro de Notificaciones de la Procuraduría General de la Nación, como un grupo de trabajo adscrito al Centro de Atención al Público, y se adopta su manual de procedimientos. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 7, 34, 38 y 39 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con la Constitución y la ley, la Procuraduría General de la Nación ejerce el poder preferente para investigar la conducta de quienes ejercen funciones públicas, convirtiéndose en garante de la Sociedad y el Estado. Que es principio fundamental de la acción disciplinaria, el respeto al debido proceso con observancia plena de los derechos del destinatario de la misma, especialmente la publicidad de las actuaciones y el derecho a la contradicción, materializados a través de diferentes mecanismos procesales, especialmente la diligencia de notificación. Que es necesario implementar cambios sustanciales en lo relacionado con los métodos y procedimientos de trabajo adelantados en la diligencia de notificación, coadyuvando así al fortalecimiento de la cultura del buen servicio público y a la eficiencia en la gestión de la Procuraduría General de la Nación. Que en atención a esta necesidad y con el fin de garantizar la oportuna, efectiva segura y
controlada notificación de las providencias expedidas en el proceso disciplinario, se hace necesario contar con un grupo que ejerza exclusivamente dicha función, en lo atinente a la recolección y preparación de los documentos objeto de notificación, la diligencia de notificación y la recepción de recursos y consolidación de datos, con respeto a los términos y procedimientos legales. Que para el funcionamiento de dicho grupo se deberá designar el personal idóneo que cumpla con las funciones antes mencionadas, de forma eficiente y oportuna, con el fin de lograr la celeridad y economía procesal necesarias para llevar a buen término las actuaciones iniciales. Que corresponde a este despacho, organizar las dependencias al interior de la Procuraduría General de la Nación para su adecuado funcionamiento. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Crear el Grupo de Notificaciones y Recursos de la Procuraduría General de la Nación como equipo de trabajo adscrito a la División Centro de Atención al Público, que prestará sus servicios para el nivel central de la Entidad y funcionará con la siguiente estructura: a. Equipo de preparación, notificación y recepción de recursos.
GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN NÚMERO Y 2 4 8 +Dá (11 A60. 2009 ?
b. Equipo de recolección y apoyo. Cc. Una Coordinación.
ARTICULO SEGUNDO: FUNCIONES GENERALES. El Grupo de Notificaciones y Recursos tendrá las siguientes funciones generales:
a. Recoger en las dependencias los documentos relacionados con la diligencia de notificación y prepararlos para su realización. b. Completar el contenido de la hoja de ruta de notificación diligenciada por la dependencia
de la Procuraduría que solicita la notificación y verificar la disponibilidad de los documentos pertinentes. c. Remitir las citaciones al disciplinado para que se presente a notificarse. d. Efectuar los trámites necesarios para localizar al disciplinado cuando no sea posible ubicarlo para la citación. e. Practicar la notificación respectiva al interesado, de acuerdo a los parámetros de ley. f. Recibir los recursos que procesan luego de la diligencia de notificación. g. Lleva un control de términos legales respecto al trámite de los recursos y elaborar la respectiva constancia secretarial. h. Preparar el acta de notificación, la Hoja de Ruta y demás documentos de la diligencia de notificación para entregarlos a las dependencias respectivas y anexarlos al archivo del Grupo.
- Las demás que le sean asignadas por el Procurador General.
ARTICULO TERCERO: FUNCIONES DE LA COORDINACION DEL GRUPO DE NOTIFICACIONES Y RECURSOS. La coordinación del Grupo de Notificaciones y Recursos
tendrá las siguientes funciones: a. Coordinar, controlar y supervisar las labores de los diferentes equipos de trabajo del Grupo de Notificaciones y Recursos. b. Elaborar y presentar informes mensuales de gestión al Jefe de la División Centro de Atención al Público — CAP, o a la dependencia interna que lo solicite. Cc. Nombrar y posesionar a los estudiantes de consultorio jurídico que actúan como apoderados de oficio. d. Firmar las actas de notificación, constancias secretariales, edictos y citaciones. e. Calificar el desempeño de los servidores adscritos al Grupo de Notificaciones y
Recursos.
Parágrafo primero: La Coordinación del Grupo de Notificaciones y Recursos estará a cargo de un Asesor, Código 1AS, Grado 19.
Divisr n: Cento de encon al + le co, GAP: Cra. 5 No. 15:60,Pi 2
PAX 5878 do; E 1x 131 97; Bogotá, D.C. ponte enel cane orocuradula gov.co
GENEDE RLA ANALCIÓ N RESOLUCIÓN NÚMERO" 2 Z g DE” 11 AGO 2009 ?
ARTICULO CUARTO: FUNCIONES DEL EQUIPO DE PREPARACION, NOTIFICACION Y
RECEPCION DE RECURSOS.
a. Recibir y revisar los documentos de notificación remitidos por las diferentes dependencias de la Entidad. b. Imprimir y enviar los formatos de citación. Cc. Imprimir y enviar el oficio remisorio cuando la notificación deba efectuarse fuera de Bogotá. d. Realizar las diligencias pertinentes para ubicar al disciplinado cuando no sea posible localizarlo para la entrega de citación. e. Imprimir los formatos de acta de notificación, en original y copia. f. Realizar la notificación personal. g. Completar la hoja de ruta con el informe de la diligencia. h. Registrar en la base de datos el resultado de cada notificación. ¡. Elaborar, fijar y desfijar el edicto cuando a ello haya lugar. j. Proyecto, si es el caso, el auto de nombramiento de apoderado de oficio. k. Recibir los recursos presentados por el disciplinado o su apoderado. |. Elaborar los informes respectivos. m. Revisar el informe diario que contendrá el total de citaciones enviadas, las notificaciones
realizadas, los recursos recibidos, los términos vencidos. n. Las demás que le asigne el Procurador General o el Coordinador del Grupo de Notificaciones y Recursos.
ARTICULO QUINTO: FUNCIONES DEL EQUIPO DE RECOLECCION Y APOYO. Son
funciones del equipo de recolección y apoyo: a. Imprimir las hojas de ruta autorizadas y enviadas por las dependencias. b. Recoger, recibir, revisar los documentos en las dependencias que efectúen las solicitudes y completar la hoja de ruta respectiva. c. Elaborar los paquetes respectivos, con los documentos necesarios para la notificación. d. Efectuar la notificación en los casos en que sea necesario desplazarse fuera de la Entidad. e. Entregar a la dependencia el acta de notificación, edicto y el original de la hoja de ruta. f. Diligenciar y firmar la hoja de ruta. División Centra de Atencion al Publico, CAP: Cra 5 Mo. 15-60, Piso 1 3
GENEDE RLA ANALCIO N RESOLUCIÓN NÚMERO P2 48 pes (11 A60, 2009 )
g. Administrar el archivo del Grupo de Notificaciones y Recursos. h. Elaborar los informes respectivos.
- Las demás que le asigne el Procurador General de la Nación o el Coordinador del
Grupo de Notificaciones y Recursos. ARTICULO SEXTO. PLANTA DE PERSONAL. El Centro de Notificaciones, prestará sus servicios a las dependencias de la entidad en el nivel central con la siguiente planta de cargos: 1 Asesor Código 1AS Grado 19 1 Secretario Procuraduría Código 4SP Grado 13
1 Sustanciador Código 4SU Grado 10 3 Oficinistas Código 50F Grado 06 3 Citador Código 6Cl Grado 04
Parágrafo: De acuerdo con las evaluaciones periódicas que se realicen, se asignarán los cargos que sean necesarios para el cabal funcionamiento del Grupo de Notificaciones y
Recursos. ARTICULO SÉPTIMO. El Centro de Notificaciones funcionará en el primer piso de la Torre B del Edificio ubicado en la carrera 5 No. 15-60 de la ciudad de Bogotá. ARTICULO OCTAVO. El Manual de Operaciones, Procesos y Procedimientos que deberá aplicar el desarrollo de las responsabilidades asignados al Grupo de Notificaciones, será el adoptado por la Procuraduría General de la Nación para el trámite del proceso disciplinario, subproceso de Indagación Preliminar, en concordancia con sus ajustes y modificaciones efectuados al mismo por la ley, el cual será de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios de la Entidad. ARTICULO NOVENO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá, D., C., a los 11 AGD. 2009
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
A AR a E
ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO ocurador General de la Nación
Froyectó: Dr, Mario Enrique Castro González Revisó Dr. José Pablo Santamaría Patiño División Centro de Atención al Publico. CAP; Cra 5 No. 15-60. Piso 1 4.
PRX: 587 87 50, Extensión 131 04, Fax 131 97 Bogotá D.C. yuww.procuraguria.gov.co; e-mail: pdrcaon cu€ raduria.gov.co