PGN - Resolución 27 de 2007
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 27 de 2007
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2007
RESOLUCION NÚMERO 27 (30 ENERO 2007) Por medio de la cual se reglamenta la elección del representante de los procuradores delegados ante el Consejo Académico del Instituto de Estudios del Ministerio Público EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, En ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el numeral 7° del artículo 7° del Decreto -Ley 262 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que el numeral 4° del Artículo 52 del Decreto - Ley 262 de 2000, determina que los procuradores delegados tendrán un representante elegido por ellos, ante el Consejo Académico del Instituto de Estudios del Ministerio Público; Que el doctor Juan Carlos Galindo Vacha, quien era el representante de los procuradores delegados desde el año 2001, renunció al cargo de Procurador Séptimo Delegado ante el Consejo de Estado, a fin de asumir el cargo de Registrador Nacional del Estado Civil en provisionalidad, nombrado mediante el Acuerdo No. 001 del 11 de diciembre de 2006, expedido por los presidentes de las Altas Cortes; Que se hace necesaria la elección del representante de los procuradores delegados ante el Consejo Académico.
RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Invitar a los procuradores delegados para que postulen a su representante ante el Consejo Académico del Instituto de Estudios del Ministerio
Público.
ARTÍCULO SEGUNDO: las postulaciones serán enviadas a la Dirección del Instituto de Estudios del Ministerio Público dentro de los cinco días siguientes a la expedición del acto administrativo que las solicita.
ARTÍCULO TERCERO: los aspirantes deberán acreditar las siguientes calidades:
1. No haber sido sancionados disciplinaria mente durante el año anterior a la fecha de inscripción; 2. Encontrarse ejerciendo el cargo de Procurador Delegado y haberlo desempeñado por un lapso superior a un año.
PARÁGRAFO: la Dirección del Instituto de Estudios verificará los requisitos y calidades de los postulantes.
ARTÍCULO CUARTO: el Procurador General de la Nación designará un funcionario que realice el escrutinio, el cual contará con el apoyo del Instituto de Estudios del Ministerio público.
ARTÍCULO QUINTO: el Procurador Delegado que obtenga el mayor número de postulaciones será quien asuma como representante de los procuradores delegados ante el Consejo Académico del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
ARTÍCULO SEXTO: se levantará un acta en la que conste: nombres, apellidos, cargo, número de postulaciones obtenidas, cumplimiento de los requisitos exigidos y, en consecuencia, el nombre del representante elegido ante el Consejo Académico del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
PARÁGRAFO: en el evento de que el Procurador Delegado no pueda asumir esta representación, se designará a quien le siga en número de postulaciones y, así, se indicará en un informe que se anexará al acta correspondiente.
ARTICULO SÉPTIMO: la presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 ENE. 2007
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación EBdR/lemb