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PGN - Resolución 270 de 2021

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 270 de 2021
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2021

PROCURADURIA

GENERAl DE 1A NACION

RESOLUCIÓN No. 2 7_ 0.. r 2 3 SEP 2021 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en los numerales 6,7, 8, 34 y 38 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y, CONSIDERANDO Que el numeral 6 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, establece como función del Procurador General de la Nación, "Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Proquraduría General de la Nación". Que el numeral 7 del artículo en mención, faculta al Procurador General de la Nación, para expedir los actos administrativos que sean necesarias para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por Ley. Que el numeral 8 del mismo artículo dispone; "Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterio de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera". Que el numeral 34 ibídem, consagra como función del Procurador General de la Nación, "Organizar las dependencias de la Procuraduría General de la Nación para su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos en este decreto de acuerdo con las necesidades del servicio, sin establecer a cargo del

Tesoro Público obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones". Que el artículo 63 del Decreto Ley 262 de 2000, señala las funciones de la División de Gestión Humana, las cuales son desarrolladas por los grupos de trabajo que han sido creados por el Procurador General de la Nación, a través de las Resoluciones No. 354 de 2000, 248 de 2003, 295 de 2008, 587 de 2013, 310 de 2013,313 de 2013 y 513 de 2019. Que mediante la Resolución No.184 de 2018, se creó el Grupo de Trabajo de Apoyo a la Gestión del Talento Humano, como dependencia encargada de la articulación de la organización del talento humano y del control sobre las situaciones administrativas en las que se pueden encontrar los servidores de la entidad, adscrita a la Secretaría General. Que una vez analizadas las competencias reglamentarias asignadas al mencionado Grupo de Trabajo, se determinó que las funciones que desempeña, hacen parte de las funciones asignadas por el legislador en el artículo 63 ibídem a la División de Gestión Humana, en específico al trámite de novedades y situaciones 1 •. 1 z: - " ►fifiri •\!1)· ) fiT. ( ✓.

PROCURADURIA

GENERAL DE lA NACION

RESOLUCIÓN No. 2 I u ( ) 2 3 SEP 2021 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" administrativas del personal, motivo por el cual sus competencias se redistribuirán

en los grupos de trabajo conformados en el presente acto administrativo. Que a su vez, el artículo segundo de la Resolución No. 354 de 2000, dispone que cada Grupo de la División de Gestión Humana, será dirigido por un Asesor, Código 1A S, Grado 19; sin embargo, es preciso indicar que los Grupos de Trabajo que se organizan en el presente acto administrativo podrán ser dirigidos por un coordinador perteneciente al nivel (asistencial, técnico, profesional, asesor o directivo), de acuerdo con las necesidades del servicio y con la distribución de personal de cada uno de éstos. Que mediante Resolución No. 248 de 2003, modificada por la Resolución No. 295 de 2008, se creó el Centro de Atención al ServidorCAS, como dependencia adscrita a la División de Gestión Humana, con la función principal de informar, orientar, recibir y tramitar a los funcionarios de la entidad peticiones acerca de la competencia de la Secretaria General y las Divisiones que la integran; así como, gestionar las posesiones de las personas nombradas en las sedes ubicadas en Bogotá y el nivel central de la entidad, la elaboración de los certificados de cumplimiento de requisitos, previo a su posesión, la notificación de los actos administrativos que sean proferidos por la Secretaria General y sus diferentes grupos, entre otras, competencias que son consideradas de los grupos creados por el presente acto administrativo, por lo que dichas competencias se trasladaran a éstos. Que una vez evaluadas las competencias actualmente asignadas a la División de Gestión Humana por el Decreto Ley 262 de 2000, se hace necesario la asignación de funciones en los grupos internos de trabajo que componen la componen, así

como su reorganización administrativa, con el fin de optimizar los procesos internos de administración del talento humano de la Entidad. Que en mérito de lo expuesto, este despacho RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. -Organización Interna. La División de Gestión Humana de la Secretaría General para el cumplimiento de sus funciones, tendrá la siguiente organización interna:

1. División de Gestión Humana. 1.1. Grupo de Gestión de Personal. 1.2. Grupo de Gestión de la Información Laboral. 1.3. Grupo de Gestión de Nómina, Afiliaciones y Pensiones. 1.4. Grupo de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo.

PARÁGRAFO. - Los grupos señalados anteriormente, serán coordinados por un servidor de la entidad perteneciente a cualquiera de los niveles de empleo de la 2 l

PROCURAD UR IA

GENERAi. DE LA NACION

RESOLUCIÓN No. 2 7 O )- - ( 2 3 SEP 2021 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" misma, de acuerdo con la designación que determine para tal efecto el Procurador General de la Nación. ARTÍCULO SEGUNDO. - El Grupo de Gestión de Personal tendrá las siguientes funciones:

1. Proyectar los actos administrativos de ingreso, movimientos de personal, retiro y situaciones administrativas de los servidores públicos de la

Procuraduría General de la Nación.

2. Iniciar, tramitar y llevar a cabo el procedimiento administrativo de declaratoria de abandono de cargo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167 del Decreto Ley 262 de 2000.

3. Proyectar el certificado de cumplimiento previo de los requisitos exigidos en el manual específico de funciones y requisitos por competencias laborales para las personas que serán nombradas en la Procuraduría General de la

Nación.

4. Presentar los informes sobre la gestión de la planta globalizada de la Entidad a solicitud del Procurador General de la Nación, el Viceprocurador General de la Nación o el Secretario General, en coordinación con el Grupo de Gestión de la Información Laboral.

5. Conformar el expediente de ingreso del aspirante y remitirlo con sus soportes al Grupo de Gestión de la Información Laboral.

6. Suministrar a las diferentes áreas de la entidad, los insumos e informes que éstas requieran para dar contestación a las peticiones que sean elevadas en el marco de sus competencias.

7. Recaudar los formularios de afiliación de los aspirantes, y una vez se efectué la posesión remitirlos al Grupo de Gestión de Nómina y Afiliaciones para el trámite de afiliación ante las Entidades Prestadoras de Salud, y los

Fondos de Pensiones y Cesantías.

8. Tramitar las posesiones las personas nombradas en el nivel central y brindar el apoyo de los coordinadores administrativos cuando haya lugar.

9. Proyectar el acto administrativo que concede o niega la prórroga de posesión.

1 O. Prestar el soporte humano y logístico que requiera la Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación para el cumplimiento de sus funciones.

11. Comunicar y/o notificar los actos administrativos expedidos por el Procurador General de la Nación, Secretario General y Jefe de División de Gestión Humana, relativos a movimientos de personal y situaciones

administrativas, de acuerdo con la naturaleza del acto administrativo y las normas señaladas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

12. Actualizar y registrar en el Sistema de Información Administrativo y Financiero SIAF, las novedades administrativas acerca del ingreso, retiro y demás movimientos de personal y situaciones administrativas de los

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PROCURAD U RIA

GENERAL DE L4 NACION J_ RESOLUCIÓN No .. 2 0 · 2 3 SEP 2021 1 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" funcionarios de la Procuraduría General de la Nación y el Instituto de Estudios del Ministerio Público.

13. Remitir las constancias de notificación y/o comunicación de los actos administrativos señalados en el numeral anterior, al Grupo de Gestión de la Información Laboral para su respectivo archivo.

14. Expedir la certificación de vacantes de empleos de actos administrativos de la entidad, de ingreso, movimientos de personal y situaciones administrativas, remitiéndolas por el medio más eficaz.

15. Expedir los carnés de los servidores, exservidores y colaboradores de la

Procuraduría General de la Nación.

16. Realizar el seguimiento y control a la actualización de los datos de los servidores de la Entidad en el Sistema de Información y Gestión del Empleo

Público.

17. Las demás que sean asignadas por el Procurador General de la Nación.

ARTÍCULO TERCERO. - Grupo de Gestión de la Información Laboral. El Grupo de Gestión de la Información Laboral, tendrá las siguientes funciones:

1. Recibir, trasladar y llevar el registro de la correspondencia que sea radicada

por usuarios internos y externos de acuerdo con la competencia funcional de los grupos conformados por el presente acto administrativo.

2. Conformar el expediente administrativo de las hojas de vida de los servidores y exservidores de la entidad, llevando un orden cronológico de los documentos incluidos en las hojas de vida, así como el cumplimiento de la normatividad vigente en materia archivística y del sistema de gestión documental.

3. Realizar la sistematización y actualización de las historias laborales de todos los servidores y exservidores de la Procuraduría General de la Nación en el Sistema de Información Administrativo y FinancieroSIAF.

4. Garantizar el adecuado acceso a los documentos que estén bajo su responsabilidad, dando cumplimiento a las normas de reserva legal.

5. Expedir las copias de los documentos que no cuenten con reserva legal que obran en las hojas de vida de servidores y exservidores de la entidad, con el visto bueno del Jefe de la División de Gestión Humana.

6. Proyectar las constancias de tiempo de servicio y las certificaciones que se requieran por los servidores, exservidores, así como por las dependencias de la entidad y entidades externas, previo cumplimiento de la normatividad legal vigente en cuanto a reserva de la información.

7. Brindar el soporte al Grupo de Gestión de Personal en cuanto a la documentación requerida para la proyección de los actos administrativos de competencia de dicho grupo.

8. Remitir al Archivo General de la entidad, las hojas de vida de los exfuncionarios, en los plazos establecidos en la Ley y en los reglamentos.

9. Remitir al Departamento Administrativo de la Función Pública el formato único de hoja de vida de los exservidores de la entidad.

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PROCURADURIA

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2_ -LO_ RESOLUCIÓN No. 2 3 SEP 2021 ) "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" 1 O. Suministrar a las diferentes áreas de la entidad, los insumos e informes que éstas requieran para dar contestación a las peticiones que sean elevadas en el marco de sus competencias.

11. Atender las inspecciones a las historias laborales de los servidores y exservidores de la entidad, ordenadas por las autoridades judiciales y administrativas.

12. Las demás que sean asignadas por el Procurador General de la Nación.

ARTÍCULO CUARTO. - Grupo de Gestión de Nómina, Afiliaciones y Pensiones. El Grupo de Gestión de Nómina y Afiliaciones tendrá las siguientes funciones:

1. Elaborar planes, proyectos y políticas para la adecuada liquidación de nómina en conjunto con la Oficina de Sistemas de la Entidad.

2. Incluir las novedades de pagos y descuentos relacionados con las nóminas periódicas y adicionales en el Sistema de Información Administrativo y

Financiero.

3. Realizar las anotaciones en el Sistema de Información Administrativo y Financiero, respecto a las novedades en la liquidación de nómina de los servidores de la Entidad.

4. Realizar la liquidación y trámite para el pago de los sueldos, factores salariales y demás, prestaciones sociales de los servidores de la

Procuraduría General de la Nación.

5. Apoyar a la División Financiera en las liquidaciones salariales y prestacionales producidas por este grupo.

6. Verificar la capacidad de endeudamiento de los servidores y tramitar las solicitudes de crédito y libranzas, teniendo en cuenta los límites de ley.

7. Diseñar planes, programas y procedimientos que optimicen la liquidación de las cesantías.

8. Preparar las estadísticas e informes requeridos por las entidades del Estado, que le competen conforme a la Ley, en razón a la naturaleza de sus funciones.

9. Realizar el recaudo de documentación de los servidores que ingresen al servicio de la Procuraduría General de la Nación y realizar las afiliaciones al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y Cesantías. 1 O. Asesorar a los servidores de la entidad a nivel nacional sobre las prestaciones que brinda el Sistema de Seguridad Sistema de Seguridad Social en salud, pensiones, riesgos laborales y cesantías.

11. Elaborar los proyectos de resoluciones relacionados con liquidación, reconocimiento y pago de salarios y prestaciones sociales de los servidores de la entidad para la firma del ordenador del gasto, previa revisión de la

Secretaría General.

12. Proyectar para firma del ordenador del gasto el reconocimiento de las vacaciones colectivas e individuales de los servidores de la Entidad.

13. Tramitar las incapacidades de origen común y laboral ante las diferentes entidades promotoras de salud y la aseguradora de riesgos laborales.

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RESOLUCIÓN No. 2 I 0 ) - 2 3 SEP 2021 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones"

14. Realizar las anotaciones en el Sistema de Información de Administrativo y

Financiero, respecto a las incapacidades de los servidores de la Entidad.

15. Orientar a los funcionarios del nivel central en el diligenciamiento de los formularios de afiliación y novedades al Sistema General de Seguridad Social e informar los requisitos y documentos necesarios para trasladarse de EPS y AFP. En el nivel territorial, esta función está a cargo del cargo del

Coordinador Administrativo o del Procurador Regional.

16. Realizar el trámite y seguimiento a las afiliaciones al sistema de Seguridad Social en salud, pensiones y riesgos laborales, así como la vinculación a la Caja de Compensación Familiar de los servidores del nivel central y remitir los mismos al Grupo de Gestión de la Información para el respectivo archivo en las hojas de vida de los servidores. En el nivel territorial, esta función está a cargo del Coordinador Administrativo o del Procurador Regional de conformidad con la normatividad legal vigente.

17. Registrar las afiliaciones y novedades del Sistema General de Seguridad Social en el Sistema de Información Administrativo y Financiera - SIAF.

18. Expedir certificados de aportes al Sistema General de Seguridad Social y solicitar certificados de afiliación a las respectivas administradoras, cuando los funcionarios lo soliciten.

19. Solicitar mensualmente a las entidades del Sistema General de Seguridad Social Integral un estado de las inconsistencias presentadas en aportes y reportar las novedades correspondientes.

20. Reportar las novedades de retiro que se presenten después del cierre de nómina de cada mes y que no alcanzaron a reportarse en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA

21. Incluir en SIAF los datos de los beneficiarios por UPC adicional de los

funcionarios que autorizan este descuento por nómina, con el fin de actualizar oportunamente la tarifa de acuerdo con la edad, sexo, y zona de residencia de cada afiliado.

22. Orientar a los funcionarios sobre el trámite de radicación de su solicitud de pensión, hacer seguimiento y solicitar a la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones, la respuesta oportuna a la solicitud de pensión de nuestros servidores.

23. Adelantar el trámite en el reconocimiento de pensiones de vejez, bonos pensionales, jubilación y aportes e indemnizaciones sustitutivas, dentro lo determinado por la normatividad vigente.

24. Proyectar para firma del Procurador General de la Nación, los actos administrativos de retiro del cargo por reconocimiento de pensión de vejez o invalidez.

25. Tramitar ante la respectiva Administradora de Pensiones la inclusión en nómina de pensionados de los funcionarios que se retiren del servicio.

26. Diseñar e implementar planes, programas y procedimientos que optimicen la liquidación de las cesantías.

27. Asesorar al Jefe de la División de Gestión Humana en la divulgación e implementación de las disposiciones de orden legal y administrativo, referentes al reconocimiento de cesantías.

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RESOLUCIÓN No. 2 7 O ( 2 3 SEP 2021 ) "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones"

28. Proyectar los actos administrativos relacionados con el reconocimiento,

aclaración, modificación y revocatoria de cesantías.

29. Dar cumplimiento a los embargos judiciales y obligaciones ante cooperativas y/ o entidades de crédito debidamente constituidas, dando inmediato aviso a la Tesorería, para que realice los pagos correspondientes.

30. Conservar, actualizar y responder por el archivo general del estado de cesantías de los servidores de la entidad.

31. Notificar, una vez suscritos por el competente, los actos administrativos relativos a cesantías.

32. Llevar los registros de control de las órdenes de pago, tanto definitivas como parciales, en el Sistema de Información Administrativo y Financiero SIAF, y mantenerlas organizadas con sus respectivos anexos.

33. Suministrar a las diferentes áreas de la entidad, los insumos e informes que éstas requieran para dar contestación a las peticiones que sean elevadas en el marco de sus competencias.

34. Las demás que sean asignadas por el Procurador General de la Nación.

ARTÍCULO QUINTO. - Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. El Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, tendrá las siguientes funciones:

1. Planificar, gestionar y ejecutar los programas y actividades de bienestar y seguridad y salud en el trabajo.

2. Diseñar y proponer actividades de recreación, deporte, sociales y culturales que promuevan e incrementen los niveles de satisfacción de los funcionarios de la Entidad.

3. Apoyar la promoción de los servicios ofrecidos por las entidades promotoras de salud y los operadores de libranza.

4. Coordinar la gestión y promoción de la cultura organizacional dentro de la

Entidad.

5. Gestionar e implementar programas de beneficios con entidades públicas y privadas.

6. Asesorar a los servidores o a sus beneficiarios, en lo referente a los servicios y beneficios a que tengan derecho en materia de bienestar.

7. Diseñar, programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y velar por la implementación y actualización de los programas y actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, de higiene y seguridad industrial que adopte la

Entidad.

8. Propender por la correcta prestación de los servicios de la entidad administradora de riesgos laborales.

9. Hacer seguimiento permanente y monitorear las situaciones que se presenten en materia de accidentes de trabajo y enfermedades de origen laboral y común.

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RESOLUCIÓN No. 2 7_ 0 2 3 Stfi ¿u¿ ) 1 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" 1 O. Asesorar a los servidores o a sus beneficiarios, en lo referente a las prestaciones asistenciales, de salud y económicas que reconoce la administradora de riesgos laborales.

11. Coordinar la realización de los exámenes médicos, clínicos y paraclínicos de ingreso, ocupaciones, periódicos, de reubicación, reingreso, retiro o cualquier otro que resulte necesario, de conformidad con la normatividad vigente y directrices internas.

12. Apoyar la promoción de los servicios ofrecidos por las entidades promotoras

de salud.

13. Desarrollar y dar cumplimiento a las disposiciones legales existentes sobre las materias propias de su competencia.

14. Mantener actualizado el Sistema de Información, Administrativo y Financiero SIAF en los trámites que adelante y coordinar con las dependencias competentes lo pertinente en cuanto a los registros de nómina, ausentismo y demás que sean necesarios.

15. Liderar los procesos de certificación en materia de seguridad industrial y salud en el trabajo en la entidad, de conformidad con la normatividad vigente.

16. Implementar la política de seguridad industrial en la entidad, dirigido a la prevención en accidentes de trabajo y control de riesgos.

17. Hacer seguimiento permanente y monitorear las situaciones que se presenten en materia de accidentes de trabajo y enfermedades ocasionadas por las condiciones laborales.

18. Realizar el recobro de las incapacidades de origen común y laboral ante las diferentes entidades promotoras de salud y la aseguradora de riesgos laborales, en caso de aplicarse.

19. Solicitar a las EPS la devolución de cotizaciones erróneas efectuadas por el empleador y coordinar con el Grupo de Nómina y Tesorería el envío de los aportes a la EPS que corresponden.

20. Solicitar a las Entidades Promotoras de Salud y a la Administradora de Riesgos Laborales, según corresponda, el reconocimiento económico de las licencias e incapacidades pagadas a los funcionarios y verificar que el valor liquidado al funcionario corresponda con el valor reconocido por la

EPS o ARL.

21. Registrar en el Sistema de Información Administrativo y Financiero - SIAF, las incapacidades de origen común o laboral que sean concedidas a los servidores de la entidad, de acuerdo con la normatividad vigente.

22. Suministrar a las diferentes áreas de la entidad, los insumos e informes que éstas requieran para dar contestación a las peticiones que sean elevadas en el marco de sus competencias.

23. Las demás que sean asignadas por el Procurador General de la Nación.

ARTÍCULO SEXTO. - Los servidores pertenecientes a los grupos adscritos a la División de Gestión Humana, que fueron creados a través de la Resolución No. 354 11 de 2000 y aquellas disposiciones que la modifican o adicionan, serán asignados a 8 >

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RESOLUCIÓN No. ) 2 3 SEP 2021 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones" los Grupos de Trabajo creados y/o modificados en el presente acto administrativo, de acuerdo con las necesidades del servicio. ARTÍCULO SÉPTIMO. - Las funciones asignadas en el Centro de Atención al ServidorCAS creado mediante Resolución No. 248 de 2013 modificado por la Resolución No. 295 de 2008, serán asumidas por los grupos de trabajo conformados en el presente acto administrativo, por lo que el mismo Grupo de Trabajo se elimina de la estructura de la División de Gestión Humana. PARÁGRAFO. - Los servidores adscritos al Centro de Atención al ServidorCAS, serán asignados en los grupos de trabajo que se organizan en el presente acto administrativo, de acuerdo con las necesidades del servicio. ARTÍCULO OCTAVO. - Los Grupos que se organizan para el funcionamiento de la

División de Gestión Humana, coordinarán y prestarán el apoyo a nivel nacional en el ámbito de sus competencias a las coordinaciones administrativas en el nivel territorial. ARTÍCULO NOVENO. - Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente las Resoluciones Nº 354 de 2000, 248 de 2013, 295 de 2008, 587 de 2013, 31 O de 2013,313 de 2013, 184 de 2018 y 513 de 2019.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARGARIT C;BEIfif;;z

__/ Procurador General de la Nación Elaboro Sergio Andrés Junco González -Secre1aria General fi Revrsó Diana Carolina Negreue Guzmán -Secrelaria General Andres Higuera Afncano -Secre1ana Privada')..../ Aprobo Carlos Wílham Rodríguez M1llán -Jefe D1v1s16fi di. Gest16n ana C/A­fi Carlos Alberto Castellanos Arau¡o -Secretario General (e fi lngrid Carva¡ahno García -Despacho Procuradora General la Nac,ónfifi Javier García Av,la -Secretario Privado del Despacho Procuradora Genera (_'!J 9

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