PGN - Resolución 271 de 2021
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 271 de 2021
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION
7 RESOLUCIÓN No. / ¡021 ) r fi - "Por medio de la cual se define el ejercicio de las funciones de la Procuraduría General de la Nación frente al Sistema General de Regalías" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en los artículos 118, 275 y los numerales 1, 5, 7, 9 y 1 O del artículo 277 de la Constitución Política y en los numerales 2, 6, 7, 8, 34, 58 y parágrafo del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 277 de la Constitución Política, corresponde a la Procuradora General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, las funciones de:
1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos [ ... ] 5. Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas [. .. ] 7. Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales[ ... ] 9. Exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria[. .. ] Que los artículos 360 y 361 de la Constitución Política establecen que la explotación de recursos naturales no renovables causa a favor del Estado una contraprestación económica a título de regalía, así como la distribución de esos ingresos por medio
del Sistema General de Regalías. Que el artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 estableció las funciones de la Procuradora General de la Nación, entre ellas: [. .. ] 2. Formular las políticas generales y criterios de intervención del Ministerio Público en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines preventivos, actuación ante las autoridades administrativas y judiciales y centros de conciliación, y promoción, protección y defensa de los derechos humanos[. .. ] 6. Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación.
7. Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley. 8. Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterio de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera[ ... ]
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PROCURADURIA
GENERAL DE lA NACION
7 1. RESOLUCIÓN No. / L LÜ2 ) "Por medio de la cual se define el ejercicio de las funciones de la Procuraduría General de la Nación frente al Sistema General de Regalías" Que la Ley 2056 de 2020 "[p]or la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías" derogó la Ley 1530 de 2012, a excepción de algunas disposiciones. Que el artículo 164 de la Ley 2056 de 2020 creó el Sistema de Seguimiento,
Evaluación y Control (SSEC), consistente en "el conjunto de actores, normas, procedimientos y actividades que tienen como finalidad velar por el uso eficiente y eficaz de los recursos del Sistema General de Regalías". Asimismo, estableció que "[e]I control administrativo del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control, el control disciplinario de la Procuraduría General de la Nación y el control fiscal de la Contraloría General de la República, actuarán de manera coordinada dentro del ámbito de sus competencias". Que el artículo 183 de la Ley 2056 de 2020 dispone que, en desarrollo de sus funciones constitucionales y legales, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación ejercerán el control fiscal y disciplinario, respectivamente, sobre los recursos del Sistema General de Regalías. Que el artículo 167 de la Ley 2056 de 2020, respecto a la financiación del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control, asigna un (1) punto porcentual de los recursos del Sistema General de Regalías para el ejercicio de las funciones de seguimiento, evaluación y control y, específicamente, confiere "hasta un 0.1 O puntos porcentuales" a la Procuraduría General de la Nación, para el ejercicio de sus funciones. Con fundamento en lo anterior, la Procuraduría General de la Nación tiene el deber de ejercer el control preventivo y disciplinario sobre los servidores públicos y los particulares que ejerzan funciones públicas o administren recursos o bienes del Sistema General de Regalías, de tal forma que se ciñan a los principios constitucionales y legales de transparencia, moralidad, imparcialidad y eficacia.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Objeto. La presente resolución tiene como propósito definir el ejercicio de las funciones de la Procuraduría General de la Nación en el marco del Sistema General de Regalías (SGR).
ARTÍCULO SEGUNDO: Ejercicio de funciones en el Sistema General de Regalías. La Procuraduría General de la Nación dirigirá las acciones para el cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales en relación con el Sistema General de Regalías y las ejercerá por medio de los funcionarios de la entidad, de acuerdo con su delegación, competencia y jurisdicción.
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PROCURADURIA
GENERAL DE lA NACION
RESOLUCIÓN No. 2 21 ' J u "Por medio de la cual se define el ejercicio de las funciones de la Procuraduría General de la Nación frente al Sistema General de Regalías" ARTÍCULO TERCERO: Coordinación administrativa para el cumplimiento de las funciones misionales en el Sistema General de Regalías. La Oficina de Planeación coordinará al interior de la entidad y con los demás órganos y actores del SGR, las actividades de apoyo administrativas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones de la Procuraduría General de la Nación ante el Sistema General de Regalías, para lo cual desarrollará las siguientes funciones:
1. Brindar el acompañamiento técnico que se requiera para el cumplimiento de las funciones misionales al interior de la entidad respecto al Sistema General de Regalías.
2. Apoyar técnicamente la vigilancia de la ejecución de los recursos del SGR, teniendo en cuenta los sistemas de información y demás fuentes relacionadas con el ciclo de las regalías.
3. Remitir a las diferentes dependencias de la entidad, para su revisión y trámite
correspondiente, el análisis de los casos e informes sobre presuntas irregularidades reportadas por distintas fuentes.
4. Realizar seguimiento y monitoreo a las actuaciones realizadas por las diferentes dependencias de la entidad, frente a los casos e informes de presuntas irregularidades remitidas.
5. Realizar seguimiento a las metas definidas por la Procuraduría General de la Nación en relación con Sistema General de Regalías.
6. Articular las acciones necesarias con las demás entidades que intervienen en el Sistema General de Regalías para dar cumplimiento a las normas que lo regulan, entre otras, las relativas al Sistema de Seguimiento, Evaluación y
Control (SSEC).
7. Elaborar los informes que se requieran para ser presentados al interior de la entidad, a la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías y a las demás entidades que los soliciten.
8. Coordinar la incorporación y desagregación de los recursos del Sistema General de Regalías asignados a la entidad y coordinar los trámites necesarios en el Sistema de Presupuesto y Gir0s de Regalías (SPGR).
9. Articular con los órganos y actores del Sistema General de Regalías la capacitación a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación que ejercen, entre otras funciones, el control preventivo y disciplinario de la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías, así como al personal contratado para apoyar esa labor. 1 O. Adelantar las acciones necesarias para la vinculación de personal y logística encaminados al cumplimiento de las funciones de la Entidad ante el Sistema
General de Regalías.
11. Atender y gestionar los derechos de petición y demás requerimientos relacionados con las labores de la Procuraduría General de la Nación en el
Sistema General de Regalías, conforme a los lineamientos definidos por la entidad. 3
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GENERAL DE lA NACION
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RESOLUé'lÓN No.
LuLl ( 2 ,) , "Por medio de la cual se define el ejercicio de las funciones de la Procuraduría General de la Nación frente al Sistema General de Regalías"
12. Proyectar y asesorar a la entidad en la expedición de circulares, resoluciones y directivas que se requieran para el cumplimiento de sus funciones en relación con Sistema General de Regalías.
13. Brindar apoyo técnico para responder las consultas realizadas a la Procuraduría General de la Nación relacionadas con el Sistema General de
Regalías.
14. Elaborar y actualizar los procesos, procedimientos y documentación relacionada con el SGR en el Sistema de Gestión de Calidad.
15. Realizar las visitas e informes de carácter técnico que se requieran, relativos a la ejecución de proyectos del Sistema General de Regalías, para dar cumplimiento a las funciones del presente articulo.
16. Solicitar a los órganos y actores del Sistema General de Regalías (SGR) la información necesaria para el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente artículo.
17. Las demás que determine la Procuradora General de la Nación para apoyar las funciones que desarrolla la entidad en el Sistema General de Regalías.
PARÁGRAFO: Las diferentes procuradurías delegadas, regionales, provinciales, distritales y demás dependencias de la entidad, de acuerdo con sus competencias, brindarán apoyo y acompañamiento a la Oficina de Planeación para el cumplimiento de las funciones de la Procuraduría General de la Nación frente al Sistema General
de Regalías.
ARTÍCULO CUARTO: Carácter y finalidad de los insumos remitidos. El insumo técnico remitido por la Coordinación Administrativa a los operadores misionales debe ser incorporado como un informe de servidor público para evaluar el inicio de una acción disciplinaria o preventiva. En su defecto, si la acción se encuentra en curso, el informe debe considerarse como elemento indispensable para asegurar una investigación integral, en los términos de la ley.
ARTÍCULO QUINTO: Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 376 de 19 de marzo de 2019 y las demás que le sean contrarias.
Y CÚMPLASE, Proyectó Lucy Margarita Osono Mastrodomenico -Jefe Oficina de Planeac16n \Áv . Revisó Manahc1a López Iglesias -Asesora Gabinete Despacho Procuradora Geyfial . IJl.! Andrés Higuera Africano -Profesional Despacho Procuradora General fi Aprobó Javier García Av1la -Secretario Privado Despacho Procuradora Gener fiy 4