PGN - Resolucion 271 de 2025

Procuraduria General de la Nacion

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Detalles

Título
PGN - Resolucion 271 de 2025
Autor
Procuraduria General de la Nacion
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2025

Le da ALCANCE a las Resoluciones 377 de 2022; 84 de 2025

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

RESOLUCIÓN No. 2.7 1 ( 0 7 OCT 2025 1 "Por la cual se designa a los representantes ante el Comité Técnico Operativo del Contrato Interadministrativo 158-2025 celebrado entre la Procuraduría General de la Nación y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las contenidas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Política, y el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO: Que, el artículo 275 de la Constitución Política determina que el Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público, y, de conformidad con ello, le corresponde cumplir las funciones que le asigna la Carta Política y la ley en todo el territorio nacional. Que, en virtud del artículo 277 del texto constitucional, le corresponde al Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus Delegados y Agentes, vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, decisiones judiciales y actos administrativos; velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas; intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario y en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías

fundamentales, así como también exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria. Que, de conformidad con los numerales, 5, 42, 44 y 47 del artículo 7º del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2° del Decreto 1851 de 2021, el Procurador General de la Nación se encuentra facultado para ejercer directamente las funciones señaladas en el artículo 278 de la Constitución Política, expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares necesarias para el funcionamiento de la entidad, ejercer la ordenación del gasto de la Procuraduría General de la Nación, administrar los bienes y recursos destinados al funcionamiento institucional, y suscribir los actos y contratos requeridos para el cumplimiento de sus fines misionales. Estas atribuciones consolidan su rol como supremo director del Ministerio Público y garantizan la operatividad, autonomía y eficacia de la Procuraduría en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales. Que, así mismo el Procurador General de la Nación está facultado para expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarias para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley, dePROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

RESOLUCIÓN No. 2 7 1 ( 07 OCT 2025 ) "Por la cual se designa a los representantes ante el Comité Técnico Operativo del Contrato Interadministrativo 158-2025 celebrado entre la Procuraduría General de la Nación y la

Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter" conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 7º del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto 1851 de 2021. Que la Ley 2056 de 2020 "Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías", en su artículo 183 dispone: "Vigilancia y Control Fiscal y Disciplinario. En desarrollo de sus funciones constitucionales y legales, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación ejercerán el control fiscal y disciplinario, respectivamente, sobre los recursos del Sistema General de Regalías. Con el fin de alcanzar una mayor eficacia de estas funciones, el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementará mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna a dichos organismos de control." A su vez, en su artículo 167 ibidem, establece que, de los recursos del Sistema, un punto porcentual se destinará a la "Operatividad del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control", de los cuales, 0.10 puntos porcentuales se asignan a la Procuraduría General de la Nación. Que mediante Resolución 1442 de 2025 expedida por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías se distribuye y asigna parcialmente la apropiación destinada al funcionamiento, operatividad y administración del Sistema, asignando recursos a la Procuraduría General de la Nación.

Mediante la Resolución 377 de 2022 modificada por la Resolución 084 de 2025, se distribuyen las competencias y funciones de las Procuradurías Delegadas, a la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para el Seguimiento a los Recursos del Sistema General de Regalías, se atribuyeron funciones disciplinarias de instrucción, preventiva y de control de gestión, así como el ejercicio de la coordinación y seguimiento de las actuaciones disciplinarias y preventivas relacionadas con el Sistema General de Regalías que sean competencia de las procuradurías regionales, provinciales y distritales de instrucción y juzgamiento. En el ámbito del control preventivo y disciplinario, una de las facultades con las que cuentan las procuradurías delegadas conforme a lo previsto en el numeral 2 del artículo 24 del Decreto Ley 262 de 2000, es la de realizar solicitudes de información, que se consideren necesarias, a los servidores públicos y a los particulares que ejerzan funciones públicas, en este caso, ya sea de manera centralizada a través de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para el Seguimiento a los Recursos del Sistema General de Regalías o por parte de las Procuradurías Regionales y Provinciales.PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. . 2 7 1 0 7 OCT 20251 1 "Por la cual se designa a los representantes ante el Comité Técnico Operativo del Contrato Interadministrativo 158-2025 celebrado entre la Procuraduría General de la Nación y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter"

Con el fin de optimizar el ejercicio de sus funciones de control preventivo respecto de los recursos del Sistema General de Regalías asignados a la entidad, la Procuraduría General de la Nación suscribió el contrato Interadministrativo 158-2025 con la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter, cuyo objeto es: "PRESTAR EL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN - PGN PARA EL

FORTALECIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO EN EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE

LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS - SGR".

Que la Cláusula Decima del Contrato 158-2025 establece: "COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO: Para el adecuado cumplimiento del objeto del contrato se creará un comité operativo integrado por un representante de FINDETER, dos representantes de la Procuraduría General de la Nación designados por el Procurador General de la Nación. Las funciones de este comité serán las siguientes: i) Actuar como instancia de coordinación y ejecución del contrato, concretando las acciones y metodologías de trabajo que sean necesarias para el cabal cumplimiento del mismo. En virtud de ello, el comité discutirá y aprobará las generalidades de las actividades y bienes a adquirir o proveer (en grandes componentes, sin detallar lo que comprende cada uno de ellos). En igual sentido, el comité definirá los mecanismos y herramientas que operativizarán la especificidad de cada uno de ellos, en este igualmente se definirán las formas

de aprobación, concertación y solución de diferencias que surjan con ocasión de ejecución del contrato; ii) Conocer y verificar los informes avance del contrato, para ello FINDETER presentará informe detallado con cada una de las actividades realizadas, productos y servicios adquiridos, sus montos, el soporte de ellos y de sus pagos o erogaciones, así como de los recursos disponibles o faltantes. iii) Priorizar las acciones necesarias para desarrollar los objetivos, obligaciones y compromisos del presente contrato y su adecuada administración, definiendo un cronograma estimado de provisión de bienes y servicio; iv). Servir como instancia de discusión y aclaración de las situaciones propias de la ejecución del contrato, así como servir de instancia inicial de la solución para el normal desarrollo del contrato; y v) Para efecto de los desembolsos a los que se refiere el literal B) de la cláusula quinta, emitir concepto favorable del cronograma de actividades y productos a ejecutar durante la vigencia del contrato. PÁRAGRAFO: La secretaría técnica del Comité Operativo estará en cabeza del Supervisor del contrato o su delegado. El Comité Operativo deberá reunirse ordinariamente, de manera presencial (preferente) o virtual, una vez al mes, y podrá hacerlo de manera extraordinaria por solicitud de alguno de sus miembros. En ningún caso, el comité operativo podrá introducir modificaciones al Contrato." Así mismo, dentro de las obligaciones de la entidad, conforme a la cláusula novena del Contrato 158-2025, se encuentra la de: "2. Designar a los miembros del comité técnico operativo.".

Que, en cumplimiento de lo establecido en el Contrato Interadministrativo en mención, resulta necesario designar los miembros del Comité Técnico Operativo, para que enPROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No.27.1 )( 0 7 OCT 2025 "Por la cual se designa a los representantes ante el Comité Técnico Operativo del Contrato Interadministrativo 158-2025 celebrado entre la Procuraduría General de la Nación y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter" nombre y representación de la Procuraduría General de la Nación, realicen las diferentes actividades y funciones asignadas, tendientes a garantizar el adecuado cumplimiento del objeto del contrato. Que, en mérito de lo expuesto: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Designar como miembros del Comité Técnico Operativo del Contrato Interadministrativo 158-2025, al Jefe de la Oficina de Planeación y al Secretario General de la Procuraduría General de la Nación. ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar el presente acto administrativo a los funcionarios designados por medio de la Secretaría General. ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GREGORIO ELJACH PACHECO

Procurador General de la Nación

Proyecto: Jaime Andrés Becerra Maya - Asesor Secretaría General

Revisó: Osman Delgado Rueda - Asesor Secretaría General 00

Aprobó: Aura Yineth Correa Niño - Jefe Oficina Jurídica Aprobó: Julián Fernández - Secretario General (E) Anexo: Contrato Interadministrativo 158-2025 celebrado entre la Procuraduría General de la Nación y la Financiera de Desarrollo

Territorial S.A. - Findeter

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