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PGN - Resolución 273 de 2021

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 273 de 2021
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2021

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

2 743' RESOLUCIÓN No. ((cid:9) 28 SEP 2021(cid:9) ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución N° 352 del 5 de octubre de 2000 y se crea el Grupo de Viáticos adscrito a la División Financiera" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial por las conferidas en los numerales 6,7, 8, 34 y 38 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

0 Que el numeral 6 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, establece como función del Procurador General de la Nación, "Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación". Que el numeral 7 del artículo en mención, le atribuye al Procurador General de la Nación, la función de expedición de actos administrativos, que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por Ley. Que el numeral 8 del mismo artículo le permite distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterios de especialidad y jerarquía, cada vez que por necesidades del servicio se requiera. Que los numerales 34 y 38 de la norma ibídem consagran la función del Procurador General de la Nación de crear grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones a cargo de la entidad y organizar las dependencias de la Procuraduría General de la

Nación para su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos en el Decreto Ley 262 de 2000, atendiendo las necesidades propias del servicio. Que mediante Resolución N° 354 del 5 de octubre de 2000, modificada por la Resolución 023 de 28 de enero de 2004, se organizó la División de Gestión Humana creando grupos internos de trabajo entre los cuales se creó el Grupo de Viáticos y se asignaron sus respectivas funciones. Que mediante Resolución 270 del 23 de septiembre de 2021, se organizaron los Grupos de Trabajo Interno de la División de Gestión Humana y se eliminó de su estructura el Grupo de Viáticos, en la medida que sus competencias funcionales se enmarcan principalmente dentro de actividades presupuestales que inciden sobre el manejo financiero y la ejecución presupuestal de la entidad. 1

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

RESOLUCIÓN No.2 7_3' ((cid:9) 28 SEP 2021(cid:9) ) "Por medio de/a cual se modifica la Resolución N° 352 del 5 de octubre de 2000 y se crea el Grupo de Viáticos adscrito a la División Financiera" Que evaluadas las competencias del mencionado grupo en concordancia con la regulación establecida sobre la materia, se evidencia que aquellas van encaminadas a: I). Liquidar el reconocimiento de viáticos y gastos de transporte de las comisiones de servicios autorizadas II). Orientar e informar a los servidores de la Entidad, sobre el trámite y legalización de las comisiones de servicios y sobre los estados de cuenta, III). Responder por el manejo de la caja menor de viáticos, cuando haya sido

constituida, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y IV). Proyectar las respuestas a los derechos de petición y solicitudes relacionadas con los viáticos y gastos de transporte de los funcionarios. Que teniendo en cuenta que las funciones del grupo de viáticos tienen una incidencia predominantemente presupuestal, se considera que estas se encuadran dentro de las funciones de la División Financiera de acuerdo con el artículo 65 del Decreto Ley 262 de 2000, situación por la cual se adscribirá dicho grupo de trabajo a la mencionada División. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la Resolución N° 352 del 5 de octubre de 2000, en el sentido de crear el Grupo de Viáticos, el cual estará adscrito a la División Financiera, y será el encargado de recibir y tramitar las solicitudes de viáticos y gastos de transporte generados por las comisiones de servicio concedidas a los servidores de la entidad en todo el territorio nacional, atendiendo la reglamentación vigente sobre la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO: El Grupo de Viáticos dependerá jerárquica y funcionalmente de la División Financiera y estará conformado por servidores de los distintos niveles y coordinado por un servidor de la entidad designado por el Procurador General de la

Nación.

ARTÍCULO TERCERO: Funciones. Las funciones del Grupo de Viáticos serán la

siguientes:

1. Recibir y tramitar las solicitudes de comisión de servicios de los funcionarios de la Entidad para la autorización del Secretario General, previa revisión del correcto diligenciamiento del formato adoptado para tal fin y de la existencia de los

documentos soporte tal como el auto comisorio u el oficio manifestando la 2 e l.

PROCURADURIA

GENERÁL DE 1.1,

RESOLUCIÓN No. 2 7.31 ((cid:9) 2 8 SEP 2021(cid:9) ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución N° 352 del 5 de octubre de 2000 y se crea el Grupo de Viáticos adscrito a la División Financiera" necesidad del desplazamiento, de conformidad con la reglamentación vigente establecida para tal fin. Radicar en el sistema de información correspondiente lo relativo a la entrada y salida de las solicitudes de comisión de servicios presentadas por los funcionarios. Tramitar previa autorización del ordenador del gasto, las comisiones de servicios ordenadas por el funcionario competente, proyectando el respectivo acto administrativo que autoriza y reconoce los viáticos y gastos de transporte de quienes hayan sido comisionados. Recibir para la autorización del Secretario General, los autos y comunicaciones que modifican o revocan las comisiones de servicios autorizadas. Proyectar para la firma del Secretario General, las resoluciones de modificación y revocatoria correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 226 del 3 de mayo de 2016. Recibir los formatos de cumplimiento de los servidores, con los respectivos soportes para la legalización de las comisiones de servicios autorizadas. Liquidar el reconocimiento de viáticos y gastos de transporte de las Comisiones de Servicios autorizadas, una vez sean legalizadas por los responsables. Requerir mediante oficio a los servidores que hayan desarrollado comisiones de

servicios y no hayan efectuado la correspondiente legalización en el término establecido. Proyectar para la firma del Secretario General las Resoluciones de Revocatoria de las comisiones de servicios autorizadas por el ordenador del gasto que no hayan sido legalizadas en el término establecido. Remitir al fin de la vigencia fiscal, a la Secretaría General y a la Veeduría, la relación de las comisiones de servicios que no hayan sido legalizadas a 20 de diciembre de cada año. Orientar e informar a los servidores de la Entidad, sobre las solicitudes, trámite y legalización de las comisiones de servicios y sobre los estados de cuenta. 3 nr.4

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACO

RESOLUCIÓN No. 2 7.3 8 SEP 2021(cid:9) ) ( (cid:9) 2 "Por medio de la cual se modifica la Resolución N° 352 del 5 de octubre de 2000 y se crea el Grupo de Viáticos adscrito a la División Financiera" Responder por el manejo de la Caja Menor de Viáticos, cuando haya sido constituida, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia. Proyectar para la firma del Jefe de la División Financiera las .respuestas a los derechos de petición y solicitudes relacionadas con los viáticos y gastos de transporte de los funcionarios. 14.0rganizar el archivo de la dependencia, garantizando la preservación de los documentos soporte de cada Acto Administrativo.

15. Mantener actualizado el inventario del archivo documental que repose en el Grupo. 16.Alimentar y mantener actualizado el archivo plano en Excel, o en el sistema que se establezca para el efecto, que contiene el inventario de estado de las solicitudes

de comisión.

17. Las demás que le asigne la Ley, el Procurador General y el Jefe inmediato.

ARTÍCULO CUARTO: Las funciones del Coordinador del Grupo de Viáticos serán las siguientes: Dirigir y coordinar el trabajo del Grupo de acuerdo con las funciones asignadas en la presente Resolución.

Responder por el correcto funcionamiento del Grupo a su cargo, garantizando que todas las funciones asignadas en la presente Resolución, y las demás propias de la actividad que allí se desarrolla, se cumplan con oportunidad y eficiencia. Responder por el manejo de la Caja Menor de Viáticos, cuando haya sido constituida, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia. Presentar informe bimestral al Jefe de la División Financiera sobre los saldos que existan en Caja Menor, el comportamiento de las solicitudes de comisión, la ejecución del contrato de tiquetes correspondientes, legalizaciones pendientes y demás asuntos que resulten importantes para el mejoramiento de la gestión administrativa. Presentar los informes que requieran sus superiores jerárquicos con oportunidad y eficiencia. 4 ----- .(cid:9) nr" La" re. n4e. PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No: 2 7.3 ((cid:9) 28 SEP 2021(cid:9) ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución N° 352 del 5 de octubre de 2000 y se crea el Grupo de Viáticos adscrito a la División Financiera" Ejercer la supervisión del contrato para el transporte aéreo que suscriba la Entidad. Las demás que le asigne la Ley, el Procurador General y el Jefe inmediato.

ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición y deroga todas aquellas normas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARGARITA CABELLO Procuradora General Elaboró(cid:9) Simón Jacobo Ilunoz Coco/ Sergio Andres Junco González -Secretaria General ReusO(cid:9) Diana Carolina Negrene Guzmán - Secretwarált‘„ Andrés Higuera Africano - Secretaria Privada Carlos PJberto Castellanos Arado - Secreuscio Géháral (e) Aprobó(cid:9) Ingrid Cavajalino Garcia - Despacho Procuradora General de la Nación b' Javier Andrés Careta - Secretario Privado Despacho Procuradora General 1-• n.L-1

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