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PGN - Resolución 284 de 2009

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 284 de 2009
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2009

SURADURIA

GENEDERLA ANALCI O RESOLUCIÓN No. 12843 = 8 SEP 2009 | | POR MEDIO DE LA CUAL SE INTEGRA UN GRUPO ESPECIAL DE

TRABAJO PARA EJERCER CONTROL PREVENTIVO EN EL

MUNICIPIO DE MEDELLIN A SUS DEPENDENCIAS

RESPONSABLES DEL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO CLÍNICA DE LA MUJER El Procurador General de la Nación, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 275 y 277 de la Constitución Política y el articulo 7% numerales 6, 7 y 34 del Decreto 262 de 2000 y de conformidad con los artículos 11, 14 y siguientes la Resolución 490 de diciembre 10 de 2008, qn CONSIDERANDO: b Que la Procuraduría General de la Nación ha tenido conocimiento por informes de ciudadanos y de algunos medios de comunicación sobre la creación y la puesta en funcionamiento de la Clínica de la Mujer por parte de la Alcaldía de Medellín. Que en las diferentes comunicaciones se hace referencia a que la Clínica será destinada para la práctica de abortos y que el proyecto carece de las garantías de salud y bienestar para las mujeres. Así mismo, los ciudadanos cuestionan la utilización que se dará a los recursos presupuestales que se han autorizado para la creación de la Clínica de la Mujer. Que la Procuradora 17 Judicial Il de Familia, doctora Martha Lucía Bustamante Sierra, en oficio del 10 de agosto de 2009, dirigido al Alcalde de Medellín, Alonso Salazar Jaramillo, solicitó información sobre la finalidad de la Clínica de la Mujer,

sus funciones, la Secretaría de Despacho a la que estaría adscrita, su director, su ubicación y el proceso de su acreditación. Que, en respuesta del 5 de agosto de 2009, el Alcalde de Medellín informó que la Clínica de la Mujer es un proyecto que hace parte integrante del Plan de Desarrollo Municipal Medellín es solidaria y competitiva 2008-2011, el cual se inscribe en el componente de Salud de la Línea 2, Desarrollo y Bienestar para toda la población y ha sido aprobado en el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan de . Salud Municipal por el Concejo de Medellín y remitido al Banco de Proyectos del Municipio. Agregó que la mencionada Clínica brindará cuidado integral con enfoque de género a las mujeres de la ciudad de Medellín y desarrollará acciones en promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación. Adicionalmente, informó que el sector donde se construirá la Clínica será el de Sevilla y que el proyecto t PROCUÑADURA 52 84 2 GENERAL DELANACIÓN= 8. SEP 2009 será gerenciado y coordinado por la Empresa de Desarrollo Urbano —-EDU—, mediante contrato interadministrativo con la Secretaría de la Salud, que tendrá un costo de diez y siete mil millones de pesos ($17.000.000.000) y que estará adscrita a una de las dos Empresas Sociales del Estado del orden municipal, existentes en la ciudad, vale decir la ESE Metrosalud o a la ESE Hospital General de Medellín, quienes deberán declarar ante la Dirección Seccional de Salud de Antioquia la nueva unidad de servicios para efectos de su habilitación.

Que el Alcalde de la ciudad de Medellín, Alonso Salazar Jaramillo, en reunión sostenida con la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, y la Familia, doctora llva Myriam Hoyos Castañeda, en la ciudad de Medellín el 21 de agosto de 2009 y en la que participaron algunas funcionarias de su Despacho, precisó que la Clínica de la Mujer tiene, entre sus objetivos, (i) Fortalecer acciones que reconozcan e integren la diversidad cultural, sexual, social, económica, de edad, religiosa y étnica de las mujeres, al igual que la situación de discapacidad cuando existiere; (ii) Contribuir a la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas sobre Mujeres y Salud; (iii) Implementar un trabajo en red entre las instituciones de salud, las organizaciortes sociales y las entidades académicas de la ciudad y la región y (iv) Desarrollar y promover investigaciones que garanticen la cualificación permanente de los servicios y del modelo de atención. - ' Que el Alcalde de la ciudad de Medellín, en la mencionada reunión del -21 de agosto de 2009, se comprometió a remitir a la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia los documentos que sustentan el proyecto de la Clínica de la Mujer, así como todos aquellos que en desarrollo de ese proyecto se produzcan. Que la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la -Adolescencia y la Familia mediante Oficio No. 00343143 de 24 de agosto de 2009,

recibió de la Secretaria de Salud del Municipio de Medellín y en respuesta a la solicitud verbal que hiciera en la reunión del pasado 21 de agosto de 2009, un CD que contiene los siguientes documentos: (i) Bases del Iv Concurso Público Nacional de Arquitectura, Clínica de la Mujer Medellín; (ii) Presentación de la Clínica de la Mujer, Un espacio amoroso para el cuidado integral de la salud de las mujeresde Medellín; (iii) Ficha de. Estadísticas Básicas de Inversión (EBI) del Banco de Proyectos de Inversión del Municipio de Medellín; (iv) Formatos BPIN del Proyecto Construcción de la Clínica de las Mujeresen Medellín; (v) Relación a 24 de agosto de 2009 de los correos electrónicas recibidos por la Alcaldía de Medellín (5358 en contra y 420 a favor) y de los correos respondidos (5778), así como de dos (2) derechos de petición y (vi) Respuesta a la Procuradora 17 Judicial II, Oficio PJF17-430. Que, con base en la información suministrada por diferentes medios periodísticosy por la misma administración municipal, la Clínica de la Mujer es un proyecto . piloto en América Latina en el que se llevará a cabo un modelo de cuidado integral de la salud de las mujeres con enfoque de género y en el que se tendrán en cuenta las diferencias y las desigualdades existentes en las relaciones entre hombres y mujeres y sus roles en la sociedad.

PROCURADURIA Y 2 84 3.

GENERAL DELAMACIÓN . y. SEP 2009

Que los servicios de la mencionada Clínica se priorizarán en tres líneas de trabajo:

(i) Salud sexual y reproductiva (infecciones de transmisión sexual, VIH SIDA, prevención del embarazo no deseado y atención ginecológica en menopausia, patología de mama y útero, entre otras); (ii) Atención psicosocial en trastornos asociados a la condición de género (estrés postraumático, trastornos emocionales, desórdenes alimenticios como la anorexia y la bulimia, entre otros) y (iii) La atención de todo tipo de violencias basadas en la condición de género (violencia domestica, violencia de pareja, violencia sexual, violencia social y política, entre otras). Que el proyecto de la Clínica de la Mujer está previsto dentro del Plan de Desarrollo del Municipio de Medellín y en la política de salud pública como un proyecto estratégico de la Alcaldía de Medellín, encaminado a fortalecer las áreas de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, el tratamiento y la rehabilitación. Que la Clínica de la Mujer no prestará servicios de obstetricia, en razón de que-ta ciudad de Medellín con las diversas instituciones de salud tiene una cobertura universal, que supera las cifras del 99.9%, aunque si se ha previsto que la mencionada Clínica preste los servicios dé interrupción voluntaria del embarazo en los tres casos de aborto excepcionalmente despenalizados por la Corte Constitucional mediante Sentencia 355 de 10 de mayo de 2006. , Ñ Que la Procuraduría General de la Nación, en ejercicio de la función preventiva, debe privilegiar la vigilancia del diseño, la'aprobación y la ejecución efectiva de las políticas públicas a cargo de las distintas dependencias o entidades públicas del

orden nacional, departamental, distrital y municipal. Que teniendo en cuenta la trascendencia y el impacto que ha tenido el proyecto de construcción y puesta en funcionamiento de la Clínica de la Mujer y las inconformidades manifestadas por un sector de la ciudadanía de Medellín y algunos medios de comunicación, la Procuraduría General de la Nación, en ejercicio. de sus funciones constitucionales, en especial la de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, así como la protección de los derechos humanos y la defensa de los intereses de la sociedad y en orden a que el desarrollo de la función administrativa se desarrolle con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad y publicidad, así como en la protección de los derechos fundamentales, estima necesario conformar un Grupo Especial de trabajo con el objeto de realizar el control preventivo en la fase precontractual, contractual, postcontractual y presupuestal del proyecto Clínica de la Mujer. Que la Procuraduría General de la Nación en ejercicio de la función preventiva realizará a través del Grupo Especial de Trabajo que se conforma mediante esta Resolución un seguimiento y acompañamiento permanente en las diferentes fases o etapas del proyecto Clínica de la Mujer'de la ciudad de Medellín. " po 3

ROCURADURIA 2.84 y GENDEELAR NAACIÓLN "> 8 SEP 2009

Que el Grupo Especial de Trabajo de la Procuraduría General de la Nación vigilará la fase de construcción y puesta en funcionamiento de la Clínica de la Mujer con base en las directrices que se establecen mediante esta Resolución.

Con bases en las anteriores consideraciones, el Procurador General de la Nación, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 275 y 277 de la Constitución Política y el articulo 7% numerales 6”, 7% y 34 del Decreto 262 de 2000 y de conformidad con los artículos 141, 14 y siguientes la Resolución 490 de diciembre 10 de 2008, RESUELVE: d PRIMERO. Crear e integrar el Grupo Especial de Trabajo para ejercer control preventivo a las autoridades municipales de Medellín, en especial a la Empresa de Desarrollo Urbano, la Secretaría de Salud, y a la Empresa Social del Estado (ESE). a la que se adscriba el proyecto, ESE Metrosalud o Ese Hospital General de Medellín y demás dependencias responsables en atención a su competencia respecto a la ejecución y puesta en funcionamiento del proyecto Clínica de la Mujer. SEGUNDO. El Grupo Especial de Trabajo estará integrado por los funcionarios que a continuación se relacionan: e Doctor Elías Hoyos, Procurador Regional de Antioquia, quien lo presidirá. e Doctora Martha Lucía Bustamante Sierra Procuradora 17 Judicial Il para la Familia de la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia con sede en la ciudad de Medellín. e Doctora Blanca Nubia Carvajal Mejía, Profesional Universitaria grado 18 de la Procuraduría Regional de Antioquia. e Doctor Carlos Mario Diosa, Profesional Universitario grado 17 de la Procuraduría Provincial Del Valle de Aburrá. e Doctor Argiro de Jesús Berrío Castaño, Asesor grado 19 de la Dirección

Seccional de Investigaciones Especiales de La Procuraduría Regional de Antioquia. Dirección Nacional de Investigaciones Especiales. + Señor Carlos Palacios Badillo, Sustanciador Procuraduría 17 Judicial de Familia de la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia y la Familia, con sede en Medellín. TERCERO. Asumirá la coordinación del Grupo Especial de Trabajo, la doctora Martha Lucía Bustamante Sierra, Procuradora 17 Judicial Il de Familia. CUARTO. .El Grupo Especial de Trabajo tendrá las siguientes funciones: (i) Verificar que el proyecto Clínica de la Mujer se ejecute dentro de los lineamientos previstos en la Constitución, las leyes y la jurisprudencia existente sobre la materia; (ii) Verificar que el proyecto esté incluido en el Plan de Desarrollo del Municipio de Medellín, el Plan Municipal! de Salud, el Plan de inversiones y el Plan PROCURADURIA Y < GC 8 SEP 2009 Plurianual; (ii) Verificar que, previa a su construcción, se obtengan todos los permisos y las licencias requeridos para la ejecución de la obra y su funcionamiento por parte de las autoridades competentes y (iv) Verificar que cada una de las dependencias responsables de este proyecto asuma la responsabilidad que le corresponde de acuerdo con sus competencias, en su construcción como en su funcionamiento. Para el cumplimiento de estas funciones, el Grupo Especial de Trabajo podrá desarrollar todas las actividades que se requieran en desarrollo del proyecto y en ejercicio de la función preventiva. QUINTO. El término para cumplir el objetivo de conformación del Grupo Especial de Trabajo es de un año, contado a partir de la expedición de la presente

Resolución, con posibilidad de prorrogarse de acuerdo a lo previsto en la Resolución 490 de diciembre 10 de 2008. SEXTO. Los integrantes del Grupo Especial de Trabajo tendrán en cuenta para el. desarrollo de sus actividades las directrices establecidas en la Resolución No. 490 de diciembre 10 de 2008 del Procurador General de la Nación. SÉPTIMO. El Grupo Especial de Trabajo se podrá apoyar con los estudiantes— practicantes de las universidades con Jas que tiene convenio la Procuraduría General de la Nación, en caso de ser necesario. OCTAVO. El Grupo Especial de Trabajo deberá realizar el plan de trabajo, así como el cronograma de sus actividades, los que remitirá a la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia en el término de un mes contado a. partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Igualmente rendirá informes parciales de sus actividades cada cuatro (4) meses; una vez finalizada su gestión presentará un informe definitivo que contendrá las conclusiones y las recomendaciones a que hubiere lugar. NOVENO. Comunicar a todos los integrantes del Grupo Especial de Trabajo esta Resolución, así como al Alcalde del Municipio de Medellín. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

mm cm:

ALEJÁNDRO ORDOÑEZ MALDONADO

PROQURADOR GENERAL DE LA NACIÓN PDIAF/ : 1

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