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PGN - Resolución 291 de 2020

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 291 de 2020
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

RESOLUCIÓN No. 0 2 9 1 DE 1 4 J U L 2020 “Por medio de la cual se traslada la Procuraduría 287 Judicial I para Asuntos Penales” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7, 38 y 39 del artículo 7º del Decreto-Ley 262 de 2000 y el artículo 2º del Decreto Ley 265 de 2000, y CONSIDERANDO: Que es función del Procurador General de la Nación, según lo previsto en el artículo 7, numerales 38 y 39 del Decreto Ley 262 de 2000, en concordancia con el artículo 2º del Decreto Ley 265 del mismo año, distribuir y reubicar los empleos de la planta de personal globalizada, entre las distintas dependencias de la entidad, de acuerdo con la estructura interna y las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Procuraduría General de la Nación, en armonía con lo establecido en el inciso segundo del artículo 87 de Decreto Ley 262 de 2000, según el cual: “(...) El traslado podrá tener origen en las necesidades del servicio o en la solicitud del interesado y será procedente siempre y cuando no implique condiciones menos favorables para el trasladado o perjuicios para la buena marcha del servicio(...).” Que mediante Oficios E-2019-60135, E-2020-223595 y E-2020-281416, la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, doctora Carmen Maritza González Manrique, solicitó estudiar la posibilidad de trasladar físicamente la

Procuraduría 287 Judicial I para Asuntos Penales de Puerto Leguízamo (Putumayo), al municipio de Puerto Asís (Putumayo), debido a la necesidad del servicio de robustecer la intervención judicial en dicho municipio y contando con la anuencia del funcionario titular de esa Procuraduría Judicial. Que la anterior solicitud fue puesta en conocimiento de la División Administrativa, dependencia que luego del estudio pertinente avaló el traslado de la sede territorial de la Procuraduría 287 Judicial I para Asuntos Penales de Puerto Leguízamo (Putumayo), al municipio de Puerto Asís (Putumayo). Que es competencia de este despacho, según el numeral 7º del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, la expedición de los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la Ley. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: TRASLADAR la Procuraduría 287 Judicial I para Asuntos Penales de Puerto Leguízamo, Código 3PJ, grado EG, junto con su titular, doctor EDWARD Página 1 de 2 RESOLUCIÓN No. 0 2 9 1 DE 1 4 J UL 2020 “Por medio de la cual se traslada la Procuraduría 287 Judicial I para Asuntos Penales” SINIBALDO ERAZO PAZ, identificado con la cédula de ciudadanía 12.752.876, al municipio de Puerto Asís, Departamento de Putumayo, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR esta decisión al doctor EDWARD SINIBALDO ERAZO PAZ, titular de la Procuraduría 287 Judicial I para Asuntos Penales.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR la presente resolución a la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, para los fines pertinentes, en especial lo relativo a la distribución de la carga laboral correspondiente.

PARÁGRAFO. COMUNICAR este acto administrativo a la División Administrativa, para lo de su competencia y fines pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

Proyectó: Simón Jacobo Muñoz – 3PU

Revisó: Luisa Fernanda Martínez – 1AS

Aprobó: José Alirio Salinas Bustos – Secretario General Diego Alonso Bernal Acosta – División Administrativa Página 2 de 2

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