🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

PGN - Resolución 297 de 2008

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
PGN - Resolución 297 de 2008
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2008

Ésta le da alcance a la A ésta la Deroga la Resolución Resolución 227 de 2005 458 de 2008 RESOLUCION NÚMERO 297 (17 JUNIO 2008) Por medio de la cual se crea el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional para la Procuraduría General de la Nación y se adoptan otras disposiciones EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 7 y 41 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de salud ocupacional de acuerdo con la Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Que dentro de las obligaciones del empleador en materia de Riesgos Profesionales establecidas en el literal c) Art. 21 del Decreto 1295 de 1994, se establece que el empleador será responsable de procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo. Que la Procuraduría General de la Nación mediante Resolución No. 227 del 24 de junio de 2005 aprobó el Programa de Salud Ocupacional y adoptó otras disposiciones, en concordancia con las Políticas Institucionales, en lo relacionado con los ambientes de trabajo sano y seguro, como garantía del compromiso y responsabilidad del empleador en esta materia. Que la norma OHSAS 18001 se creó en respuesta a la necesidad de instaurar un modelo de aplicación internacional en materia de Salud Ocupacional para lograr la

mejora continua de este tema en las organizaciones a nivel mundial. Que en Colombia, esta norma fue adoptada el 22 de noviembre de 2000, por el Consejo Directivo de ICONTEC como Norma Técnica de Calidad OHSAS 18001. La misma fue revisada y actualizada en el año 2007, publicándose una nueva versión de la norma la cual corresponde a la NTC OHSAS 18001: 2007. Que la norma OHSAS 18001 se adopta en el país a partir de la necesidad de establecer un Sistema en Seguridad y Salud Ocupacional reconocido, que permita evaluar la gestión en esta materia. Que el Sistema en Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001 es compatible con los estándares de los sistemas de gestión ISO 9001:2000 (Calidad), ISO 14000:1996 (Ambiental) NTC-GP 1000:2004 (Norma Técnica de Calidad en la gestión pública). Que de esta manera, el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional es un modelo de gestión que pretende apoyar el control de los riesgos ocupacionales en los ambientes de trabajo. Que dentro del Plan Estratégico 2004-2008 de la Procuraduría General de la Nación, se estableció como una oportunidad de mejoramiento fortalecer el desarrollo organizacional en la gestión humana, encontrando en el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional un modelo para lograr el mejoramiento del nivel de vida laboral de los servidores. Que para el logro de sus objetivos estratégicos, la Procuraduría General de la Nación requiere contar con un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional, que haga posible la estandarización de los procedimientos de Salud Ocupacional, lo que

le permitirá a la organización la identificación, administración y control de los riesgos ocupacionales. Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE ARTÍCULO 1°. Crear el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional. Créase el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional en la Procuraduría General de la Nación, en adelante SG en S&SO NTC-OHSAS 18001:2007, como un modelo de gestión en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, el cual permitirá que la Entidad genere ambientes de trabajo sanos y seguros, controle sus riesgos ocupacionales y prevenga posibles accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, como parte del proceso de Fortalecimiento del Talento Humano y mejora continua propuesto por la Procuraduría General de la Nación, en su Plan Estratégico año 2004-2008. ARTÍCULO 2°. Obligatoriedad. El Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional a que se refiere la presente resolución se desarrollará y pondrá en funcionamiento en todas las dependencias del nivel central, regional, distrital y provincial de la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con el plan de trabajo que para tal efecto se establezca, y será de obligatoria aplicación y cumplimiento por parte de todos los servidores de la Entidad. ARTÍCULO 3°. Coordinación de la Alta Gerencia para el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional (SG en S&SO). Se establece como máxima instancia del SG en S&SO al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, conformado mediante Resolución 228 de 2006, el cual está integrado por:  El Viceprocurador General, quien lo presidirá

 El Secretario General  Dos Procuradores Delegados designados por el Procurador General de la Nación, que podrán ser renovados cuando lo considere pertinente  El Jefe de la Oficina de Planeación y,  El Jefe de Control Interno (Secretario Técnico del Comité) ARTÍCULO 4°. Funciones. Asignar las siguientes funciones al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, en lo referente al Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional:

1. Aprobar la Política y los Objetivos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional y revisarlos periódicamente, con el fin de garantizar su continua adecuación.

2. Revisar de acuerdo con las necesidades el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional para asegurar su adecuación, implementación y efectividad.

3. Gestionar el suministro de los recursos y mecanismos de comunicación necesarios para que se cumpla con las actividades de implementación, mantenimiento y mejoramiento del SG en S&SO.

4. Las demás que le asigne el Señor Viceprocurador General de la Nación y que correspondan al desarrollo del SG en S&SO, en su calidad de Presidente del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

ARTICULO 5°. Representante del Procurador General de la Nación. Designar como Representante del Procurador General de la Nación para el SG en S&SO, a la persona Responsable del Programa de Salud Ocupacional, quien tendrá como funciones las siguientes:

1. Propiciar la implementación, desarrollo y mejora continua del SG en S&SO en la Procuraduría General de la Nación e informar al Comité de Coordinación del Sistema

de Control Interno sobre el desempeño.

2. Diseñar mecanismos que permitan asegurar que los servidores comprenden la importancia de cumplir con sus responsabilidades dentro del SG en S&SO.

3. Asistir ante organismos externos en calidad de responsable del Programa de Salud Ocupacional, en asuntos relacionados con el SG en S&SO e informar al

Comité de Coordinación.

4. Las demás que le asigne el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y que correspondan al desarrollo del SG en S&SO.

Parágrafo Primero. Cuando se traten en el Comité de Coordinación del Sistema de Control, temas relacionados con el SG en S&SO, asistirá el representante del Procurador General de la Nación, para tal fin. Parágrafo Segundo. La persona Responsable del Programa de Salud Ocupacional enviará anualmente al Instituto de Estudios del Ministerio Público, las necesidades de capacitación relacionadas con el Sistema de Gestión en S&SO, para que sean incluidas dentro del Plan Anual de Capacitación. ARTICULO 6°. Implementación del SG en S&SO. El Sistema de Gestión en S&SO en la Procuraduría General de la Nación se implementará en el lapso de dos años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución. El plan detallado de trabajo para cada año deberá ser presentado por la persona Responsable del Programa de Salud Ocupacional, para aprobación del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

Parágrafo: Todos los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación están obligados a prestar su apoyo al Representante de la Dirección para la implementación del SG en 8&SO, en todo lo que éste demande de ellos y que tenga

relación directa con la documentación, implementación, mantenimiento y mejora del SG en S&SO en la Entidad. ARTICULO 7° Divulgación y capacitación. Las tareas de divulgación y capacitación relacionadas con el Sistema de Gestión en S&SO estarán a cargo de la persona responsable del Programa de Salud Ocupacional. El Instituto de Estudios del Ministerio Público, apoyará los procesos de formación, entrenamiento, capacitación y demás actividades a que haya lugar en torno al tema de la Gestión de la S&SO de la Procuraduría General de la Nación, asignando los recursos necesarios para tal fin. ARTICULO 9° Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C. a los 17 JUN. 2008

PUBLIQUESE COMUNIQUSE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

Proyectó: Dra. CLAUDIA LlSBETH CARREÑO FLAUTERO

Responsable Programa Salud Ocupacional

Revisó: Dr. CARLOS ALBERTO ORLANDO JAIQUEL

Jefe Oficina Jurídica

Dr. VICTOR LEMUS

Secretaria General

Dr. CARLOS WILLIAM RODRIGUEZ MILLÁN

Jefe División Gestión Humana

Dra. DIANA DURÁN MEJIA

Coordinadora Grupo Desarrollo y Bienestar de Personal

Consultar sobre este documento ...