PGN - Resolución 303 de 2025
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 303 de 2025
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2025
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 3 0 3 28 OCT 2025 "Por medio de la cual se modifica la Resolución 086 del 03 de marzo de 2021 "Por medio de la cual se crea al interior de la Procuraduría General de la Nación el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la situación de desastre departamental en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina declarado por el Gobierno nacional mediante Decreto 1472 de 2021" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las funciones y atribuciones constitucionales y legales, especialmente, las previstas en el artículo 277 de la Constitución Política y los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO: Que el artículo 277 de la Constitución Política establece como funciones de la Procuraduría General de la Nación vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; proteger los derechos humanos; defender los intereses de la sociedad; y velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas. Que el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 faculta al Procurador General de la Nación para "expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley". Que, según lo dispuesto en el numeral 2 del mismo artículo, corresponde al Procurador General de la Nación formular las políticas generales y definir los criterios de intervención del Ministerio Público en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines
Que, según lo dispuesto en el numeral 2 del mismo artículo, corresponde al Procurador General de la Nación formular las políticas generales y definir los criterios de intervención del Ministerio Público en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines preventivos, intervención ante autoridades administrativas y judiciales, y participación en centros de conciliación, promoción, protección y defensa de los derechos humanos. Que, a raíz de las afectaciones provocadas por el Huracán Iota, el Presidente de la República declaró mediante el Decreto 1472 de 2020 la existencia de una situación de desastre departamental en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por un término de doce (12) meses; y que, conforme a lo establecido en el parágrafo primero del artículo 4 del citado decreto, se definieron directrices y líneas de acción para atender a la población afectada y avanzar en la superación de la emergencia. Que, mediante Resolución No. 0459 de 20 de noviembre de 2020 se asignó al Procurador Delegado para la Restitución de Tierras la función de seguimiento a la situación de desastre departamental en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Proceso: Documental !Código: D0-F-29 1 Versión: 2 1 Fecha: 24/11/2022PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 3 0
B OCT 2025 "Por medio de la cual se modifica la Resolución 086 del 03 de marzo de 2021 "Por medio de la cual se crea al interior de la Procuraduría General de la Nación el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la
B OCT 2025 "Por medio de la cual se modifica la Resolución 086 del 03 de marzo de 2021 "Por medio de la cual se crea al interior de la Procuraduría General de la Nación el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la situación de desastre departamental en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina declarado por el Gobierno nacional mediante Decreto 1472 de 2021" Que, mediante Resolución No. 086 del 03 de marzo de 2021, se creó al interior de la Procuraduría General el grupo de trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la situación de desastre departamental en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, estableciendo que la Coordinación Técnica estará a cargo de la Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras y la Secretaría técnica será ejercida por la Procuraduría Delegada para la Gobernanza y Gestión Territorial. Que, mediante oficio del 30 de agosto de 2023 el Procurador Auxiliar para Asuntos Constitucionales asigna al Grupo de Seguimiento la vigilancia al cumplimiento de la Sentencia T-333 de 2022. A pesar de los avances logrados, es necesario fortalecer, articular y ampliar el impacto de las acciones institucionales, especialmente en los ejes misionales preventivo y disciplinario, con el fin de hacer seguimiento efectivo a los compromisos asumidos por las entidades de los niveles nacional, departamental y municipal en el marco de la emergencia provocada por los huracanes Eta e Iota, así como al cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-333 de 2022 de la Corte Constitucional.
las entidades de los niveles nacional, departamental y municipal en el marco de la emergencia provocada por los huracanes Eta e Iota, así como al cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-333 de 2022 de la Corte Constitucional. Que, conforme al numeral 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, el Procurador General de la Nación está facultado para crear comités asesores y grupos de trabajo orientados al cumplimiento de las funciones de la entidad y a lo previsto en la ley. Que la Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de sus ejes misionales preventivo y disciplinario, debe orientar sus actuaciones al fortalecimiento de la institucionalidad, la transparencia en la gestión pública y la protección integral de los derechos de las comunidades afectadas por situaciones de desastre, particularmente aquellas en condición de vulnerabilidad. Que resulta fundamental articular las capacidades técnicas, jurídicas y operativas de las distintas dependencias de la Procuraduría General de la Nación, con el fin de garantizar un seguimiento riguroso, sistemático y oportuno de las acciones implementadas por las autoridades competentes en el proceso de recuperación del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Que, en mérito de lo expuesto Proceso: Documental I Código: DO-F-29 1 Versión: 2 1 Fecha 24/11/2022PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
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RESOLUCIÓN No. 3 0 .1 28 OC r 2025 "Por medio de la cual se modifica la Resolución 086 del 03 de marzo de 2021 "Por medio de la cual se crea al interior de la Procuraduría General de la Nación el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la
"Por medio de la cual se modifica la Resolución 086 del 03 de marzo de 2021 "Por medio de la cual se crea al interior de la Procuraduría General de la Nación el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la situación de desastre departamental en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina declarado por el Gobierno nacional mediante Decreto 1472 de 2021" RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo 1 de la Resolución 086 de 2021 el cual quedará así: ARTICULO PRIMERO: Crear al interior de la Procuraduría General de la Nación el "Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la situación de desastre departamental en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, declarado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 1472 de 2021", adscrito al Despacho del Procurador General de la Nación, el cual quedará conformado por el titular de las dependencias que a continuación se mencionan: Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 3: Para Asuntos Ambientales Minero Energéticos y Agrarios Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestion 4: Para Asuntos Étnicos Procuraduría Delegada Con Funciones Mixtas 2: Para la Restitución de Tierras Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestion 3: Para la Gestion y la Gobemanza Territorial Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7: Para Asuntos del Trabajo y Seguridad Social Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestion 1: Primera Para la Vigilancia Preventiva de la Función Publica
Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7: Para Asuntos del Trabajo y Seguridad Social Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestion 1: Primera Para la Vigilancia Preventiva de la Función Publica Procuraduría Delegada Funciones Mixtas 8: Para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer Procuraduría Regional de Instrucción San Andrés Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 1: Primera Para Vigilancia Administrativa Parágrafo 1. La Dirección Nacional de Investigaciones Especiales prestará asesoría, apoyo técnico y científico que demande el Grupo de Trabajo conformado. Parágrafo 2. La Dirección de Apoyo Estratégico, Análisis de Datos e Información prestará la asesoría y apoyo técnico en el análisis y procesamiento de la información que demande el Grupo de Trabajo conformado. Parágrafo 3: La Coordinación Técnica, podrá vincular al Grupo a otras dependencias de la Procuraduría General de la Nación que por su misionalidad sean necesarias en el proceso de vigilancia y seguimiento a la situación de desastre de carácter departamental. ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo 3 de la Resolución 086 de 2021 el cual quedará así: ARTÍCULO TERCERO. Coordinación Técnica. El Grupo de Trabajo para el Seguimiento y Vigilancia de atención a la situación de desastre departamental en el Archipiélago de San Proceso: Documental 1 Código: DO-F-291Versión: 2 ¡Fecha: 24/11/2022PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
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RESOLUCIÓN No. 3 03
Proceso: Documental 1 Código: DO-F-291Versión: 2 ¡Fecha: 24/11/2022PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 3 03 28 OCT 2025 "Por medio de la cual se modifica la Resolución 086 del 03 de marzo de 2021 "Por medio de la cual se crea al interior de la Procuraduría General de la Nación el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y la Vigilancia a la situación de desastre departamental en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina declarado por el Gobierno nacional mediante Decreto 1472 de 2021" Andrés, Providencia y Santa Catalina contará con una coordinación, la cual estará a cargo de la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestion 3: Para la Gestion y la Gobernanza Territorial ARTÍCULO TERCERO. Modificar el artículo 4 de la Resolución 086 de 2021 el cual quedará así: ARTÍCULO CUARTO. Secretaría Técnica. El Grupo de Trabajo para el Seguimiento y Vigilancia de atención a la situación de desastre departamental en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina tendrá una Secretaría Técnica, la cual será ejercida por la Procuraduría Regional de Instrucción San Andrés. Parágrafo. Los integrantes del Grupo de Trabajo acordarán internamente la forma, tipo de reuniones y su periodicidad con las que se continuará el cumplimiento a las funciones asignadas mediante la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
reuniones y su periodicidad con las que se continuará el cumplimiento a las funciones asignadas mediante la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, el contenido del presente acto administrativo a las procuradurías delegadas y direcciones asignadas.
COMUNÍQUESE CÚ ILASE
GREGORIOELJAH P O
Procuradpr Genial de N on
Elaboró: Sergio A Patiño Sanabria (PDGGT)
Revisó: Lisandro Penagos Chavarrio / Karen D. Rosero N. (PDGGT)
Aprobó: Alexander López Maya / (PDGGT)
Proceso Documental 1 Código: DO-F-291 Versión: 21 Fecha: 24/11/2022