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PGN - Resolución 318 de 2006

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 318 de 2006
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2006

DEROGADA por la

RESOLUCIÓN NÚMERO 318

Resolución 82 de 2009 (16 NOVIEMBRE 2006) Por la cual se crea un Grupo de Trabajo adscrito al Despacho del Procurador General de la Nación a efectos de asesorarlo en materias relacionadas con las investigaciones disciplinarias que se sigan contra Congresistas o excongresistas por conductas disciplinariamente relevantes relacionadas con grupos al margen de la ley EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 21 del artículo 7 del Decreto 262 otorga competencia al Procurador General de la Nación para "conocer en única instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los congresistas, por faltas cometidas con anterioridad a la adquisición de dicha calidad o durante su ejercicio, en este último caso aunque hayan dejado de ser congresistas"; Que el numeral 7 del artículo anterior faculta al Procurador General de la Nación para expedir los actos administrativos que sean necesarios para desarrollar las funciones atribuidas por la ley; Que el numeral 34 del mismo artículo dispone que el Procurador General de la Nación podrá crear "grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previstos en la ley; y Que se hace necesario establecer mecanismos jurídicos eficaces que faciliten el procesamiento y consulta de documentación extensa y compleja relacionada con la participación o intervención de servidores públicos aforados en delitos vinculados con grupos al margen de la ley, por lo cual RESUELVE: Artículo 1.- Créase un Grupo de Trabajo, el cual se identificará como "Grupo

Especial Investigaciones Aforados", integrado por tres Procuradores Judiciales en lo Penal con el objeto de procesar y consultar documentación en general y la existente tanto en procesos disciplinarios como penales y proyectar las decisiones pertinentes que deba tomar el Procurador General de la Nación en los procesos disciplinarios contra congresistas o excongresistas que incurran en infracciones disciplinarias relacionadas con delitos vinculados con grupos al margen de la ley. Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 1250212527 emaya@procuraduria.gov.co Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011 – 3520066 www.procuraduria.gov.co Artículo 2.- El Grupo de Trabajo actuará coordinadamente con las demás dependencias de la Procuraduría General de la Nación, especialmente con la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público, Procuradores Delegados para la Investigación y Juzgamiento Penal y Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, demandando y recibiendo información útil, pertinente y conducente para la tarea encomendada. Artículo 3.- El Grupo de Trabajo tendrá un coordinador principal y otro suplente. Artículo 4.- El Coordinador principal se encargará de coordinar las tareas del grupo, asegurarse del análisis más completo de la documentación existente sobre la materia y revisar los proyectos de decisiones para firma del Procurador General de la Nación. Muy especialmente dirigirá y coordinará con los demás miembros del grupo la tarea asignada en el artículo 2 de esta resolución. Artículo 5.- El coordinador suplente reemplazará al principal cuando éste no pueda

llevar a cabo su función. Artículo 6.- Las pruebas que se deriven de las investigaciones de que da cuenta esta resolución serán practicadas por la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales o por los Procuradores Judiciales II destacados en el artículo 1 de la misma, según se disponga. Artículo 7.- El Grupo de Trabajo tendrá el personal de apoyo necesario para su adecuado funcionamiento. Artículo 8.- Las labores de secretariales serán llevadas a cabo por la Secretaría de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales. Artículo 9.- Por Secretaría General se le asignará al Grupo de Trabajo los elementos materiales y logísticos necesarios para su labor. Artículo 10.- Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE y CÚMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN Procurador General de la Nación Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 1250212527 emaya@procuraduria.gov.co Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011 – 3520066 www.procuraduria.gov.co

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