PGN - Resolucion 321 de 2025
Detalles
- Título
- PGN - Resolucion 321 de 2025
- Autor
- Procuraduria General de la Nacion
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2025
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PROCURADURIA
GENERA1 DEIA NAfiON DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 3 2 ¡ · D_fi 2015 o fi 1rn 2015
Por medio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 7, numerales 6, 7, 8 y 41, del Decreto Ley 262 de 2000 y el artículo 22 del Decreto Ley 263 del mismo año, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 253 del 09 de agosto de 2012 se adoptó el Manual Especifico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y el Instituto de Estudios del Ministerio Público. Que en atención a las facultades asignadas a la Oficina de Planeación en el numeral 7° del artículo 11 de del Decreto Ley 262 de 2000, y a las asignadas a la Oficina de Selección y Carrera en el numeral 17 del artículo 12 del citado Decreto, se ha revisado el manual actual con las correspondientes dependencias de la entidad, atendiendo igualmente solicitudes efectuadas por algunas de ellas, y se ha determinado la necesidad de actualizar y modificar algunos aspectos relativos a la identificación, ubicación, contenido funcional, requisitos, competencias comportamentales, entre otros aspectos, que tienen por objeto determinar funciones y roles de los empleos, adicionar los títulos de las disciplinas académicas en razón
algunos aspectos relativos a la identificación, ubicación, contenido funcional, requisitos, competencias comportamentales, entre otros aspectos, que tienen por objeto determinar funciones y roles de los empleos, adicionar los títulos de las disciplinas académicas en razón a la amplia denominación de estudios que se ha autorizado por el Ministerio de Educación y determinar el perfil de los empleos según los requisitos y contenido funcional de los mismos. Que las modificaciones correspondientes entrarán a formar parte integral de esta Resolución y del Manual de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de la Entidad. Que esta modificación no tiene efectos respecto de los empleos de Procurador Judicial (1 3PJ EG y 11 3PJ EC), ofertados mediante concurso público de méritos, los cuales se encuentran regulados por las disposiciones adoptadas mediante Resolución 413 de 2015, que continúa vigente. Que de acuerdo con las facultades atribuidas al Procurador General de la Nación en el artículo 7º del Decreto ley 262 de 2000, le corresponde asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Entidad, expedir los actos administrativos necesarios para el funcionamiento y desarrollo de las competencias institucionales y expedir los manuales de funciones y requisitos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Decreto ley 263 de 2000. De conformidad con lo anterior,Resolución Ne.- PROCURADURIA GENW1 DE LI NAfiON ·fi·;?I' jhfi !l n ·r ,, 2íl15 be 2015 Página No. Pagin2. 2 de 5 Co11tinuac:on de ía Hesolucion ''por rnedio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Requisitos por C::mpetencias
be 2015 Página No. Pagin2. 2 de 5 Co11tinuac:on de ía Hesolucion ''por rnedio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Requisitos por C::mpetencias Labora!es de los empleos de !a planta de persona! de la Procuraduna General de la Nación y del !nsfauto de Estudios dei Ministerio Público,.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público, adoptado con la Resolución 253 de 2012, salvo lo pertinente a los empleos de Procurador Judicial (1 3PJ EG y 11 3PJ EC), cuya identificación, requisitos, propósito principal, funciones y demás aspectos relativos a éstos corresponden a lo adoptado mediante Resolución 413 de 2014.
ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo segundo de la Resolución 253 de 2012, el cual quedará así: "ARTÍCULO SEGUNDO. Sin perjuicio de las definiciones contenidas en los artículos 3 y siguientes del Decreto Ley 263 de 2000, para efecto de esta Resolución, se tendrán en cuenta las contenidas en el Diccionario de Competencias, así como las siguientes: a) Competencias laborales: Se definen como la capacidad de una persona para desempeñar, en diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y
resultados esperados en el sector público, las funciones inherentes a un empleo; capacidad que está determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado público. b) Competencias comportamentales: Aluden a las características de la conducta que se requieren como estándares básicos para el desempeño del empleo, como la motivación, las aptitudes, las actitudes y las habilidades. c) Competencias funcionales: Comprende la razón de existencia de un empleo o cargo con el fin satisfacer la atención o prestación de servicios, de acuerdo con las funciones generales, las necesidades, los planes y programas de la organización y las funciones asignadas para su ejecución, así: - Propósito principal. Explica lo que el empleo o cargo debe lograr como resultado de la atención de un servicio, o la razón de ser del empleo dentro de la estructura de procesos y misión institucional asignados al área a la cual pertenece. - Funciones Esenciales. Corresponde a la descripción de las funciones específicas del empleo o cargo con las cuales se efectúa el cumplimiento del propósito principal o razón de ser del mismo. d) Perfil del cargo o empleo: Se entiende por perfil del cargo o empleo el conjunto de características o elementos que le proveen de un propósito principal, funciones esenciales y las competencias laborales y demás exigencias de estudio y experiencia necesarias para su desempeño". ARTÍCULO TERCERO. Modificar el artículo Tercero de la Resolución 253 de 2012, el cual quedará así:PROCURADURIA GfHERA1 DElA NlfiON de 2015 Página No. Pagina 3 de 5 Continuación de ia Hesoluc1ón '°¡.Jor medio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Hequisttos por Competencias
GfHERA1 DElA NlfiON de 2015 Página No. Pagina 3 de 5 Continuación de ia Hesoluc1ón '°¡.Jor medio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Hequisttos por Competencias Laborales de los en,p1eos de la planta de personal de la Procuraduría General de ia Nación y del Instituto Je Estudios del Ministerio Público" "ARTÍCULO TERCERO. Componentes de los perfiles de los cargos en la Procuraduría General de la Nación. Para todos los efectos, los perfiles de los cargos o empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público se integra por la identificación y ubicación del empleo en la Entidad, el propósito principal, las funciones esenciales, los conocimientos esenciales, las competencias laborales y comportamentales y los requisitos de estudio y de experiencia, como las equivalencias previstas para su desempeño". ARTÍCULO CUARTO. Modificar el artículo Sexto de la Resolución 253 de 2012, el cual quedará así: "ARTÍCULO SEXTO. Disciplinas académicas. Cuando para el ejerc1c10 de un cargo o empleo en la Procuraduría General de la Nación se exija como requisito el título o la terminación y aprobación de estudios en educación superior en las modalidades de formación técnica profesional, tecnológica, universitaria, o la acreditación de título de formación de posgrado, o la certificación de curso específico no determinados en la ley o en el presente acto, el Procurador General podrá definirlo en la convocatoria a concurso de méritos para la provisión del empleo de carrera, de acuerdo con las necesidades del servicio, las funciones del empleo, la
específico no determinados en la ley o en el presente acto, el Procurador General podrá definirlo en la convocatoria a concurso de méritos para la provisión del empleo de carrera, de acuerdo con las necesidades del servicio, las funciones del empleo, la dependencia o área de desempeño, de conformidad con lo establecido en los parágrafos de los artículos 8 y 10 del Decreto Ley 263 de 2000". ARTÍCULO QUINTO. Modificar el artículo Octavo de la Resolución 253 de 2012, el cual quedará así: "ARTÍCULO OCTAVO. Contenido Funcional del Empleo. El contenido funcional del empleo comprende el propósito principal y las funciones esenciales de estos, los cuales se describen y definen en los términos de este manual, considerando la ubicación en la estructura de la entidad, la naturaleza de las funciones según la clasificación jerárquica del empleo y los conocimientos esenciales requeridos para su desempeño". ARTÍCULO SEXTO. Modificar el artículo décimo primero de la Resolución 253 de 2012, el cual quedará así: "ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Funciones especiales de algunos empleos. Los servidores que ocupen empleos de los niveles Directivo, Asesor y Profesional, que ostenten la calidad de abogado, tendrán la función general de representar judicialmente a la Procuraduría General de la Nación en los casos en que actúe como parte demandante o demandada, o como tercero interviniente, previo el otorgamiento de los respectivos poderes, de acuerdo con la normativa vigente. Los servidores que ocupen empleos de los niveles Directivo, Ejecutivo, Asesor, Profesional y Técnico cumplirán la función de ejercer la supervisión de los contratos,
PROOJRADURIA
Los servidores que ocupen empleos de los niveles Directivo, Ejecutivo, Asesor, Profesional y Técnico cumplirán la función de ejercer la supervisión de los contratos, PROOJRADURIA GEIIERA1 DE lA NlfiDN Resoiución No.•• de 2015 Página No. Págína 4 de 5 ' '):"1fi Co11t1nuacion de la Resolución "por rnedio de !a cual se n1cdifica el Manual Específico de Funciones y r"\equis!tos por Competencias Laborales de los ernpleos de ia planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y dE.'I Instituto de Estudios del rv1inistefio Público" que le sean asignados de acuerdo, con la Ley, la normatividad interna y procedimientos vigentes. Los Coordinadores Administrativos deben ejercer además de las funciones específicas determinadas en el manual que se adopta, las que le sean delegadas como pagador y almacenista en cada una de sus jurisdicciones, así como las de apoyo a los Procuradores Regionales cuando estos ejerzan la ordenación del gasto en el nivel territorial, de acuerdo con las normas vigentes y bajo la supervisión de aquellos. Los servidores con personal a cargo deben coordinar y evaluar su desempeño, de acuerdo con los procedimientos e instrumentos establecidos, y ejercer las atribuciones disciplinarias, cuando haya lugar, según lo dispuesto en la normativa vigente". ARTÍCULO SÉPTIMO. Adicionar al artículo décimo segundo de la Resolución 253 de 2012, que establece las funciones esenciales comunes a los empleos de la Procuraduría General de la Nación, las siguientes funciones:
7. Aplicar los métodos y procedimientos del sistema integrado de gestión y adelantar
que establece las funciones esenciales comunes a los empleos de la Procuraduría General de la Nación, las siguientes funciones:
7. Aplicar los métodos y procedimientos del sistema integrado de gestión y adelantar las acciones necesarias para el mantenimiento y fortalecimiento del mismo.
8. Recomendar las acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos, en el marco de los planes establecidos.
9. Participar en la organización, logística y realización de eventos, capacitaciones, jornadas, foros, seminarios, mesas de trabajo y las demás que se les asignen. 10.Realizar y participar en la ejecución de proyectos especiales asignados, que correspondan a las funciones de la dependencia en la cual está ubicado el empleo. 11.Asistir a los comités, juntas o consejos a los cuales sea designado por el jefe inmediato, rendir los informes respectivos y hacer seguimiento, de conformidad con las directrices impartidas. 12.Recopilar y tener actualizada la información, legislación y estudios sobre los temas que se analizan en la dependencia, para dar desarrollo oportuno y veraz a los procedimientos asignados.
ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución modifica la Resolución 253 de 2012 y las demás que la modifican o adicionan, con excepción de la Resolución 413 de 2014 que modificó el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales en lo relativo a empleos de Procurador Judicial (1 3PJ EG y 11 3PJ EC) cuyas disposiciones se mantienen vigentes. Respecto de las personas que se encuentren en las listas de elegibles del proceso de selección de empleados de carrera "Procurando Mérito y Rectitud 2012-2013" que seanResolución No.-
PROCURWIA GENW1 DE 1A NICION
Respecto de las personas que se encuentren en las listas de elegibles del proceso de selección de empleados de carrera "Procurando Mérito y Rectitud 2012-2013" que seanResolución No.- PROCURWIA GENW1 DE 1A NICION \ ,-:n ?n15 de 2015 Página No. Pag111a 5 de 5 Continuacion c!e !a Resolución '·por medio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Hequis!tos por Cornpetencias Laborales de !os empleos de la planta de personal d2 la Procuraduría General de la Nación y ck0I lnst:tuto de Estud:os del Ministerio Público .. nombradas con posterioridad a la expedición de esta Resolución en los empleos para los cuales concursaron, según la convocatoria seleccionada, el proceso de selección y el periodo de prueba se surtirá teniendo en cuenta el contenido normativo y funcional del cargo, previsto en la Resolución 253 de 2012. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá, D.G., a los
ALE ANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
fi Proyectó: Fernando Berrio Berrio (Jefe Oficina Selección y Carrera) fi Revisó y aprobó: Néstor Valdivieso (Jefe Oficina de Planeación), Ana Maria Silva (Jefe Oficina Juridica)PROCESO DE MEJORA CONTINUA Fecha de Revisión 04-08-2015
SUB PROCESO DE GESTIÓN DE CALIDAD Fecha de
Aprobación 04-08-2015
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE REQUISITOS
POR COMPETENCIAS LABORALES Versión 4
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FECHA VERSION DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE REQUISITOS
POR COMPETENCIAS LABORALES Versión 4
MF-MC-00-001 Página 1 de 716
FECHA VERSION DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO 09-08-2012 1 Versión original se adopta por resolución No. 253 de 2012 23-05-2013 2 Cambio realizado por la Resolución 203 de 2013 11/12/2014 3 Cambio realizado por la Resolución 413 de 2014 04/08/2015 4 Cambio realizado por la Resolución 321 de 2015
Elaboró: SILVIA MARTÍNEZ
DORA FORERO
Revisó: NESTOR E VALDIVIESO A.
JOSÉ FERNANDO BERRIO B. Aprobó: ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Cargo: Funcionarias Oficina de
Selección y Carrera Cargo. Jefes Oficina de Planeación y Oficina de Selección y Carrera Cargo. Procurador General de la Nación Fecha: 4 de agosto de 2015 Fecha: 4 de agosto de 2015 Fecha: 4 de agosto de 2015
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE REQUISITOS POR COMPETENCIAS
LABORALES
BOGOTÁ, D. C., AGOSTO 4 DE 2015
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MISIÓN
“Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos
BOGOTÁ, D. C., AGOSTO 4 DE 2015
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MISIÓN
“Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; promover y proteger los derechos humanos; defender el interés público y vigilar la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas; objetivos estos que se logran a través de actuaciones preventivas, de intervención judicial y administrativa y procesos disciplinarios; siendo referentes de eficiencia, eficacia y valoración ética en el ejercicio de la función pública.”
VISIÓN
“Una Procuraduría cercana al ciudadano, que protege sus derechos, combate la corrupción y la impunidad, vigila y controla la función de los servidores públicos; en aras de eliminar las causas que dan origen a las actuaciones administrativas improcedentes”.
OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES
La Procuraduría General de la Nación, es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo, la Personería.
La Procuraduría tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal en los términos definidos por el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional. Es su obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la ley a servidores públicos y lo hace a través de sus tres funciones misionales principales:
La función preventiva
Considerada la principal responsabilidad de la Procuraduría que está empeñada en “prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir
La función preventiva
Considerada la principal responsabilidad de la Procuraduría que está empeñada en “prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.
La función de intervención
En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones contencioso-administrativa, constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.
La función disciplinaria
La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del Estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario o Ley 734 de 2002.
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COPIA NO CONTROLADA
Estructura orgánica de la Procuraduría General de la Nación Despacho Procurador General Unidad Administrativa Especial IMP Sala Originaria Despacho Delegata Comsejaacadémica Oficina dePlaneación
- .
Procuradarias Judiciales Clicina deDocpinares Provinciales Regorule Selección y CarreraOficina de PrensaOficina de Selena División deRegistro Control» Corespondencia División deSeguridad División deDocumentación Gestión Humana Firunicera Administrativa Marición al Público Nivel territorial Nivel central ConvencionesLinea de autoridad:Lisea de avesoria: Linea de adscripción:Fuente: Decreto 262 de 2000CONTROLADADirecciónNacional de Secretaria Procurakarta Procuraduría Página 3 de 716 COPIANPágina 4 de 716
ÍNDICE DE CONTENIDO
PROCURADOR DELEGADO (0PD-EA) - PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES DE INTERVENCIÓN .............................................................................. 18
PROCURADOR DELEGADO (0PD-EA) - PROCURADURÍA DELEGADA CON
FUNCIONES DE COORDINACIÓN DE INTERVENCIÓN Y PREVENCIÓN ................ 21
PROCURADOR DELEGADO (0PD-EA) - PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES DE PREVENCIÓN .................................................................................. 24 PROCURADOR DELEGADO (0PD-EA) - PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES DISCIPLINARIAS ................................................................................... 27 PROCURADOR AUXILIAR (0PX-EB) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA ASUNTOS CONSTITUCIONALES .............................................................................. 30
PROCURADOR AUXILIAR (0PX-EB) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA
PROCURADOR AUXILIAR (0PX-EB) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA ASUNTOS CONSTITUCIONALES .............................................................................. 30 PROCURADOR AUXILIAR (0PX-EB) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA ASUNTOS DISCIPLINARIOS ...................................................................................... 33 DIRECTOR (0DI-EB) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES .............................................................................................................. 35
DIRECTOR (0DI-EB) - INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO ...... 38
SECRETARIO GENERAL (0SG-EB) ........................................................................... 40
VEEDOR (0VE-EB) ...................................................................................................... 42
PROCURADOR REGIONAL (0PR-ED) ....................................................................... 44
PROCURADOR DISTRITAL (0PI-EE) ......................................................................... 47
PROCURADOR PROVINCIAL (0PP-EF) ..................................................................... 49
SECRETARIO PRIVADO (1SP-25) ............................................................................. 51
JEFE DE OFICINA (1JO-25) - OFICINA DE CONTROL INTERNO ............................. 54
JEFE DE OFICINA (1JO-25) - OFICINA DE PLANEACIÓN ........................................ 57
JEFE DE OFICINA (1JO-25) - OFICINA DE PRENSA ................................................ 60
JEFE DE OFICINA (1JO-25) - OFICINA DE SELECCIÓN Y CARRERA .................... 62
JEFE DE OFICINA (1JO-25) - OFICINA DE SISTEMAS ............................................. 65
JEFE DE OFICINA (1JO-25) - OFICINA JURÍDICA .................................................... 68
ASESOR (1AS-25) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL........................... 71
ASESOR (1AS-25) - DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL .................. 80
ASESOR (1AS-24) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL........................... 84
ASESOR (1AS-25) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL........................... 71
ASESOR (1AS-25) - DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL .................. 80
ASESOR (1AS-24) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL........................... 84
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ASESOR (1AS-24) - DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL ................ 101
ASESOR (1AS-24) – PROCURADURIAS DELEGADAS ANTE EL CONSEJO DE ESTADO .................................................................................................................... 106
ASESOR (1AS-22) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL......................... 109
ASESOR (1AS-22) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA ASUNTOS CONSTITUCIONALES ................................................................ .............................. 115 ASESOR (1AS-22) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA ASUNTOS DISCIPLINARIOS ...................................................................................................... 117 ASESOR (1AS-22) - PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES DE INTERVENCIÓN ........................................................................................................ 119 ASESOR (1AS-22) - PROCURADURÍA DELEGADA O REGIONALES O DISTRITALES O PROVINCIALES Y/O OFICINAS CON FUNCIONES DE PREVENCIÓN ........................................................................................................... 121 ASESOR (1AS-22) - PROCURADURÍA DELEGADA O REGIONALES O DISTRITALES O PROVINCIALES Y/O OFICINAS CON FUNCIONES DISCIPLINARIAS ...................................................................................................... 123
ASESOR (1AS-22) - OFICINA DE SISTEMAS .......................................................... 125
ASESOR (1AS-21) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL......................... 127
ASESOR (1AS-21) - DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL ................ 132
ASESOR (1AS-22) - OFICINA DE SISTEMAS .......................................................... 125
ASESOR (1AS-21) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL......................... 127
ASESOR (1AS-21) - DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL ................ 132
ASESOR (1AS-21) – SECRETARÍA GENERAL (GESTIÓN HUMANA) .................... 136
ASESOR (1AS-21) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 138 ASESOR (1AS-21) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 140 ASESOR (1AS-21) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 142
ASESOR (1AS-21) - OFICINA DE CONTROL INTERNO .......................................... 144
ASESOR (1AS-21) - OFICINA JURÍDICA ................................................................ . 146
ASESOR (1AS-21) - PROCURADURÍA AUXILIAR PARA ASUNTOS DISCIPLINARIOS ...................................................................................................... 149 ASESOR (1AS-21) - PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES DE INTERVENCIÓN ........................................................................................................ 151 ASESOR (1AS-21) - PROCURADURÍA DELEGADA Y OFICINAS O GRUPOS CON FUNCIONES DE PREVENCIÓN ................................................................................ 153 ASESOR (1AS-21) - PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES DISCIPLINARIAS ...................................................................................................... 156
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ASESOR (1AS-21) - VEEDURÍA ............................................................................... 159
ASESOR (1AS-21) – PROCURADURÍA REGIONAL, PROVINCIAL O DISTRITAL . 161
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ASESOR (1AS-21) - VEEDURÍA ............................................................................... 159
ASESOR (1AS-21) – PROCURADURÍA REGIONAL, PROVINCIAL O DISTRITAL . 161
ASESOR (1AS-21) – INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO ....... 163
ASESOR (1AS-21) – INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO ....... 165
ASESOR (1AS-21) – INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO ....... 167
ASESOR (1AS-19) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL......................... 169
ASESOR (1AS-19) - DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL......................... 171
ASESOR (1AS-19) – DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL ........................ 173
ASESOR (1AS-19) - PROCURADURÍA DELEGADA O GRUPOS CON FUNCIONES DE PREVENCIÓN...................................................................................................... 177 ASESOR (1AS-19) - PROCURADURÍA DELEGADA O DESPACHOS CON FUNCIONES DE INTERVENCIÓN ............................................................................ 180 ASESOR (1AS-19) - PROCURADURÍA DELEGADA O GRUPOS CON FUNCIONES DISCIPLINARIAS ...................................................................................................... 182
ASESOR (1AS-19) – DESPACHO DE LA VICEPROCURADOR .............................. 185
ASESOR (1AS-19) – DESPACHO DE LA VICEPROCURADOR .............................. 187
ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 189 ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 191
ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 189 ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 191 ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 193 ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 195 ASESOR (1AS-19) - DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ESPECIALES ................................................................................................................................... 197
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN ADMINISTRATIVA ................................................... 199
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN ADMINISTRATIVA ................................................... 201
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN ADMINISTRATIVA ................................................... 203
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN ADMINISTRATIVA ................................................... 205
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN ADMINISTRATIVA ................................................... 207
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN CENTRO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO .................. 209
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN ........................................... 211
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ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN ........................................... 213
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN ........................................... 215
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE GESTIÓN HUMANA ........................................... 217
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE GESTIÓN HUMANA ........................................... 219
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE GESTIÓN HUMANA ........................................... 221
ASESOR (1AS-19) - DIVISIÓN DE GESTIÓN HUMANA ..........................................
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