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PGN - Resolución 33 de 2005

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Disponible

Detalles

Título
PGN - Resolución 33 de 2005
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2005

RESOLUCIÓN NUMERO 033 8 FEB. 2005

Por medio de la cual se crea el Grupo de Trabajo de Apoyo al desarrollo de la consultoría especializada para recomendar la arquitectura de sistemas de información para las áreas misionales de la Procuraduría General de la Nación. El Procurador General de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 119 del 23 de abril de 2004 se uni1ficó la normatividad relativa a la ejecución y administración del Programa de Apoyo al Fortalecimiento de la Procuraduría General de la Nación, Que en desarrollo del Programa de Apoyo al Fortalecimiento de la PGN y como resultado de la Licitación Pública Nacional No.18 de 2004 -BID, entre la Universidad de los Andes y la Procuraduría General de la Nación se celebró el Contrato de Consultoría Especializada No. 066 de 2004, cuyo objeto consiste en: "Recomendar la arquitectura de sistemas de información para las áreas misionales de la Procuraduría General de la Nación y elaborar los requerimientos técnicos de los términos de referencia para la contratación y/o mejora de los sistemas de información que le permitan a la Entidad avanzar, con una visión integrada de sus sistemas de información, en el proceso de modernización," Que se hace necesario implementar el Grupo de Trabajo de Apoyo de la Procuraduría General de la Nación que participará en el desarrollo del objeto de la Consultoría en cita, designado los funcionarios que deben atender este propósito y los roles que deben cumplir. Que para tal intervención la ley contempla la creación de grupos de trabajo, según el

numeral 34 del artículo 7Q del Decreto 262 de 2000, .

RESUELVE: PRIMERO: Crear el Grupo de Trabajo de Apoyo al desarrollo de la consultoría especializada con el fin de "Recomendar la arquitectura de sistemas de información para las áreas misionales de la Procuraduría General de la Nación y elaborar los requerimientos técnicos de los términos de referencia para la contratación y/o mejora de los sistemas de información que le permitan a la Entidad avanzar, con una visión integrada de sus sistemas de información, en el proceso de modernización", objeto del contrato perfeccionado entre la Universidad de los Andes y la Procuraduría General de la Nación.

SEGUNDO: Conformación. El Grupo de Trabajo de Apoyo desarrollará sus funciones bajo la directa coordinación del Viceprocurador General de la Nación, quien será el Líder del Proyecto, y estará conformado por un Comité Directivo, un Gerente del Proyecto, un Líder Técnico, un Líder de Usuarios, un Lider de Procesos y el Supervisor designado para el Proyecto. Participarán en calidad de invitados el Jefe de la Oficina de Control Interno y la Gerencia del Proyecto PGNBID.

TERCERO: Del Comité Directivo. El Comité Directivo es el máximo órgano de dirección y decisión del Proyecto y estará integrado por el Viceprocurador General de la Nación, el Gerente del Proyecto y el Supervisor del Proyecto. El Jefe de la Oficina de Control Interno y la Gerencia del Proyecto PGN-BID participarán en el Comité en calidad de invitados.

CUARTO: Funciones del Comité Directivo: Son funciones del Comité directivo:

a. Recibir los informes de avance y resultados del Proyecto que remitan el Gerente del Proyecto y el Supervisor del contrato. b. Evaluar periódicamente el avance del Proyecto. c. Asignar los recursos requeridos para el éxito del Proyecto. d. Pronunciarse en aquellos asuntos que comprometan el desarrollo del Proyecto y aquellos relacionados con el objeto del contrato, cuando estos le sean sometidos a su consideración.

QUINTO: Reuniones del Comité Directivo. El Comité Directivo se reunirá mensualmente en forma ordinaria y extraordinariamente cuando así lo disponga el

Viceprocurador General de la Nación. De las reuniones del Comité Directivo se levantarán actas que deberán ser suscritas por los asistentes. El Gerente del Proyecto se encargará de la Secretaría Técnica del Comité.

SEXTO: líder del Proyecto y funciones. El Viceprocurador General de la Nación será el Líder del Proyecto. Tendrá el nivel de superior jerárquico del Grupo de Trabajo creado por esta Resolución y tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a. Presidir las reuniones del Comité Directivo. b. Asegurar que los recursos y requerimientos necesarios para la adecuada ejecución del Proyecto sean oportunamente suministrados. c. Pronunciarse en aquellos asuntos que comprometan el desarrollo del Proyecto cuando quiera que éstos le sean consultados.

SÉPTIMO: Gerente del Proyecto por parte de la Procuraduría General de la Nación y Funciones, El Doctor JORGE ELIÉCER GAITÁN PEÑA será el Gerente del Proyecto por parte de la Procuraduría General de la Nación. En tal calidad tendrá

a su cargo las siguientes funciones:

a. Procurar el éxito del desarrollo del Proyecto al interior de la Procuraduría, en coordinación con el Gerente del Proyecto definido por la Universidad de los Andes. b. Asegurar el cumplimiento de las actividades, cronogramas y metas definidos al inicio del Proyecto. c. Rendir al Viceprocurador General los informes de avances y resultados obtenidos en el desarrollo del Proyecto de acuerdo a los cronogramas convenidos, y proyectar para la firma del Viceprocurador los informes requeridos por el Procurador General. d. Colaborar con el supervisor del Proyecto en todo aquello que pueda contribuir al buen desarrollo de sus funciones. e. Llevar el control de la documentación que se desprenda del desarrollo del contrato. e. Resolver o tramitar las consultas que le sean elevadas por la Universidad de los Andes en desarrollo del Proyecto. f. Convocar, de conformidad con el cronograma de trabajo, al Gerente del g. Proyecto de la Universidad de los Andes y al supervisor del Proyecto para presentar los informes de avance y resultados del Proyecto, de lo cual se levantarán las actas respectivas. h. Revisar, en coordinación con los usuarios funcionales y técnicos, los productos intermedios y finales del Proyecto.

Parágrafo: Para el cumplimiento de sus funciones, el Gerente del Proyecto queda facultado para adoptar las decisiones que faciliten el desarrollo del Proyecto. Sin embargo, deberá consultar al Viceprocurador aquellos asuntos que comprometan el desarrollo del Proyecto.

OCTAVO: Del Supervisor del Proyecto y sus funciones. Como Supervisor designado del Proyecto funge el Ingeniero MAURICIO LÓPEZ BOHÓRQUEZ, quien

cumplirá las funciones establecidas en el contrato, aquellas establecidas en el manual de organización y funciones de los supervisores de contratos del Programa PGN -810, Y las definidas en la Resolución No. 340 del 14 de noviembre de 2001.

NOVENO: Del Líder Técnico y sus funciones. El Ingeniero JAVIER SALAZAR CEDEÑO será el Líder Técnico del Proyecto y en tal calidad tendrá las siguientes

funciones: a. Asistir al Gerente del Proyecto para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas. b. Suministrar los recursos técnicos para el desarrollo del Proyecto. c. Coordinar el grupo de apoyo técnico (responsables de los sistemas de información en la Oficina de Sistemas), de tal manera que se garantice la entrega de la información requerida por el Contratista y se realicen las validaciones necesarias de los productos entregados por el mismo. c. Servir como principal interlocutor técnico de la PGN. e. Monitorear el desarrollo técnico de la solución.

DÉCIMO: Del Líder de Procesos y sus funciones. El Doctor OMAR VIVAS será el Líder de Procesos del Proyecto: y en tal calidad tendrá las siguientes funciones:

a. Asistir al Gerente del Proyecto para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas. b. Aportar los lineamientos procedimentales establecidos dentro de la PGN. c. Validar, en coordinación con los usuarios, las mejoras propuestas por el contratista en los procesos DÉCIMO PRIMERO: Del Líder de Usuarios y sus funciones. La Doctora PATRICIA GUTIÉRREZ será la Líder de Usuarios del Proyecto y en tal calidad

tendrá las siguientes funciones: a. Coordinar el grupo de usuarios de las diferentes áreas misionales, de tal manera que se garantice la entrega de la información requerida por el Contratista y se realicen las validaciones necesarias de los productos entregados por el mismo. b. Participar activamente durante las validaciones de los productos, principalmente de las etapas 1, 2 y 4 del Proyecto.

DECIMO SEGUNDO: De algunos Funcionarios de las Áreas Preventiva, Disciplinaria, Derechos Humanos e Intervención. Durante el desarrollo de las distintas fases del Proyecto, el Gerente y/o el Líder de Usuarios podrán requerir, cuando lo consideren conveniente, a distintos funcionarios de las áreas .misionales de la Procuraduría General de la Nación que cuenten con alto grado de conocimiento de las mismas para que cumplan las siguientes funciones:

a. Brindar la información solicitada por el grupo de trabajo de la Universidad de los Andes. b. Colaborar en la identificación de necesidades de información. c. Participar activamente durante las validaciones de los productos, principalmente de las etapas 1, 2 y 4 del Proyecto. d. Cumplir con las actividades y responsabilidades asignadas por el Líder del Proyecto y el Líder de Usuarios.

DÉCIMO TERCERO: Vigencia. La presente Resolución rige hasta la culminación del contrato No. 066 de 2004, a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., - a los - 8 días del mes FEB. de 2005,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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