PGN - Resolución 332 de 2008
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 332 de 2008
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2008
RESOLUCIÓN NÚMERO 332 (10 JULIO 2008) Mediante la cual se reasignan unos expedientes provenientes de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y recibidos para emitir concepto dentro del trámite del recurso extraordinario de casación. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los numerales 6° y 7°, así como el parágrafo único, inciso segundo del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO Que es facultad del Procurador General de la Nación, fijar las políticas necesarias que tiendan a la agilización de los procedimientos y trámites que debe realizar la Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de sus funciones. Que desde los primeros meses del año en curso la Procuraduría Cuarta Delegada para la Casación Penal cuenta únicamente con dos Procuradores Judiciales 1, en razón del retiro de la Entidad de los dos restantes. Que por esa circunstancia la Procuraduría Cuarta Delegada para la Casación Penal presenta un número superior de procesos pendientes para rendir concepto, con relación a las Procuradurías Primera, Segunda y Tercera Delegadas. RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Reasignar a la Procuraduría Primera Delegada seis (6) procesos, específicamente los identificados bajo los Nos. 21691, 22047, 23521, 23565, 24437 y 24469. ARTICULO SEGUNDO.- Reasignar a la Procuraduría Segunda Delegada seis (6)
procesos, específicamente los identificados bajo los Nos. 21515, 21703, 23410, 24113, 24184 y 24707. ARTICULO TERCERO.- Reasignar a la Procuraduría Tercera Delegada seis (6) procesos, específicamente los identificados bajo los Nos. 22152, 22881, 23236, 24190, 24212 y 24754.
ARTICULO CUARTO: Informar lo correspondiente a la Secretaría de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 10 JUL. 2008
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación