PGN - Resolución 340 de 2021
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 340 de 2021
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCURADURIA
GfNfRAI. Df lA NACION
3 4 RESOLUCIÓN No. Q 1 O DIC 2021 • ). "Por la cual se crean los grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Sala Disciplinaria de Instrucción y de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En uso de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO Que los artículos 275 y 277 de la Constitución Política establecen que la Procuradora General de la Nación es la suprema directora del Ministerio Público y ejerce sus funciones por sí o por medio de sus delegados o agentes. Que mediante el Decreto Ley 262 de 2000, se modificó la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; se definió el régimen de competencias interno de la Procuraduría General de la Nación; se dictaron normas para su funcionamiento; se regularon las diversas situaciones administrativas, entre otros. Que el numeral 2° del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000 faculta a la Procuradora General de la Nación para formular políticas generales en materia de control disciplinario. Que el numeral 7° Ibídem, dispone que la Procuradora General de la Nación es competente para expedir los actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la entidad. Que el numeral 34 de la misma norma le asigna la competencia para crear grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad. Que mediante Resolución 207 del 7 de julio de 2021, la Procuradora General de la
Nación delegó y distribuyó transitoriamente funciones misionales de la entidad, para "garantizar la separación de la instrucción y el juzgamiento, la doble instancia y la doble conformidad en las actuaciones disciplinarias." Que el artículo 6° de la mencionada resolución establece que: "La Sala Disciplinaria de Instrucción asumirá el conocimiento de las actuaciones disciplinarias hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo de los procesos disciplinarios contra los servidores públicos, inclusive contra los de elección popular, relacionados en el artículo 7 numerales 21 a 24 del Decreto Ley 262 de 2000 y las normas que los modifiquen". Que el artículo 8° de la aludida resolución, modificado por el artículo 2° de la Resolución 219 de 2021, señala: ,.-l. z . ,fi-?i;_-,,.¡· r' :\. - ,)
PROCURADURIA GENERAL DE lA NAfiON 3 4 0
RESOLUCIÓN No. ( - ) '1 O DIC 2021 "Por la cual se crean los grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Sala Disciplinaria de Instrucción y de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular" "La Sala Disciplinaria de Juzgamiento de la Procuraduría General de la Nación asumirá el conocimiento de la etapa de juzgamiento y fallará en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores públicos de elección popular cuya instrucción esté a cargo de la Sala Disciplinaria de Instrucción. Igualmente asumirá el conocimiento de los recursos de apelación y queja,
interpuestos contra las decisiones proferidas por los procuradores provinciales, regionales, distritales, judiciales o delegados, respecto de servidores públicos de elección popular". Que a través de la Resolución 217 del 14 de julio de 2021, la Procuradora General de la Nación asignó funciones a las procuradurías delegadas y a las salas disciplinarias de instrucción y juzgamiento disciplinario. Que el artículo 5° de la citada resolución dispuso: "Asignar funciones a las Procuradurías Primera y Segunda Delegadas para la Contratación Estatal para que, actuando en forma de Sala, ejerzan transitoriamente las funciones de la Sala Disciplinaria de Instrucción - creada por la Ley 2094 de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo sexto de la Resolución No. 207 de 2021" (. .. )"los expedientes a cargo de esta Sala se distribuirán por partes iguales entre las Procuradurías Delegadas en mención." Que el artículo 6° Ibídem señaló: "Asignar funciones a la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos y a la Tercera Delegada ante el Consejo de Estado para que, actuando en forma de Sala, ejerzan transitoriamente las funciones de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popularcreada por la Ley 2094 de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Resolución No. 207 de 2021, modificado por el artículo segundo de la Resolución 219 de 2021" (. . .) "los expedientes a cargo de esta Sala se distribuirán por partes iguales entre las Procuradurías Delegadas en mención."
Que se hace necesario crear dos grupos internos de trabajo para el ejercicio de las competencias asignadas así: (i) La Sala Disciplinaria de Instrucción con el fin de tramitar las quejas y actuaciones disciplinarias que se encuentran en fase de instrucción; (ii) La Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular, con el fin de tramitar la etapa de juzgamiento y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores públicos de elección popular, cuya instrucción esté a cargo de la Sala Disciplinaria de Instrucción, e igualmente asumir el conocimiento de los recursos de apelación y de los recursos de queja, interpuestos contra las decisiones proferidas por los procuradores provinciales, regionales, distritales, judiciales o delegados, respecto de servidores públicos de elección popular. En mérito de lo expuesto, 2 ' z; -fi .JfiL. >1· fi-,, fi-./.
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3 4 RESOLUCIÓN No. Q 1 O DIC 2021 - ) ( "Por la cual se crean los grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Sala Disciplinaria de Instrucción y de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular" RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: CREAR los siguientes grupos internos de trabajo:
1. Grupo de Apoyo Sala Disciplinaria de Instrucción: El cual se adscribirá de forma conjunta a las Procuradurías Primera y Segunda Delegadas para la Contratación Estatal, y apoyará transitoriamente las funciones y
competencias que dichas dependencias adelanten como SALA DISCIPLINARIA DE INSTRUCCIÓN, de acuerdo con lo previsto en los artículos 6° de la Resolución 207 de 2021 y 5° de la Resolución 217 de 2021.
2. Grupo de Apoyo Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular: El cual se adscribirá de forma conjunta a las Procuradurías Delegada para Asuntos Étnicos y Tercera Delegada ante el Consejo de Estado, y apoyará transitoriamente las funciones y competencias que dichas dependencias adelanten como SALA DISCIPLINARIA DE JUZGAMIENTO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ELECCIÓN POPULAR, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8° de la Resolución 207 de 2021, 6° de la Resolución 217 de 2021 y 2° de la Resolución 219 de 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: Conformación: Los grupos de apoyo de cada una de las Salas estarán integrados por un equipo jurídico y un equipo secretaria!, conformado por funcionarios de la planta globalizada del nivel asesor, profesional, técnico, administrativo y operativo de acuerdo con las necesidades del servicio.
ARTÍCULO TERCERO: Coordinación: La coordinación será ejercida por el (a) presidente (a) de cada una de las Salas Disciplinarias de acuerdo con el reglamento interno que se expida, quienes tendrán a su cargo las siguientes funciones:
1. Fijar metas y objetivos para la optimización y eficiencia de la función disciplinaria asignada.
2. Hacer seguimiento y evaluar desde el punto de vista de la producción, la cantidad y calidad jurídica de las providencias emitidas, al igual que el trámite
secretaria! impartido a las mismas.
3. Establecer de común acuerdo entre los (as) Procuradores (as) Delegados
11 (as) que integren la respectiva Sala y el equipo jurídico, indicadores de gestión y eficiencia en las actividades disciplinarias a cargo.
4. Asignar de común acuerdo entre los (as) Procuradores (as) Delegados (as) de la respectiva Sala, el talento humano que integrará los equipos jurídico y secretaria! que apoyarán cada una de las delegadas e informar la novedad
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3 4 RESOLUCIÓN No. Ü • ) 1 O Q.I.C 2021 "Por la cual se crean los grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Sala Disciplinaria de Instrucción y de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular" para realizar los respectivos registros en los sistemas de información de la entidad SIM, SIGDEA, INSAP, SEGUIMIENTO AL DESEMPEÑO, HOMINIS, entre otros.
5. Rendir informes sobre la gestión y producción disciplinaria y aquellos otros que le sean solicitados, formulando las recomendaciones necesarias para el mejoramiento y fortalecimiento de la función del grupo a su cargo.
6. Supervisar y coordinar la labor del talento humano que integrará el equipo secretaria l.
7. Administrar y/o gestionar los recursos y apoyos logísticos necesarios para el cumplimiento de las labores propias de los grupos y de las Salas.
8. Hacer el reparto equitativo de los asuntos asignados a cada grupo, dentro de cada una de las Salas Disciplinarias.
Parágrafo primero: Cada Procurador (a) Delegado (a) realizará la distribución interna de las quejas y expedientes recibidos por reparto, según corresponda, entre los funcionarios del equipo jurídico asignado a su dependencia.
Parágrafo segundo: Cada Procurador (a) Delegado (a) dará visto bueno a los formatos de desplazamiento y comisiones que se registren ante el Grupo de Viáticos y aprobará los permisos del talento humano a cargo y efectuará el reporte de novedades administrativas; en ausencia de uno de ellos, dicha función quedará a cargo del (a) Procurador (a) Delegado (a) restante.
Parágrafo tercero: Cada Procurador (a) Delegado (a) supervisará que los funcionarios a cargo mantengan actualizado los sistemas de información de la
Entidad.
Parágrafo cuarto: Cada Procurador (a) Delegado (a) realizará la evaluación del desempeño de los funcionarios adscritos al Grupo de Apoyo a su cargo,
comunicando lo pertinente a la Oficina de Selección y Carrera.
ARTÍCULO CUARTO: Funciones. Los servidores de los Grupos de Apoyo creados a partir del artículo 1° del presente acto administrativo, tendrán a su cargo las
siguientes funciones:
1. Colaborar en el estudio, evaluación y proyección de conceptos y asuntos de su competencia.
2. Proyectar con rigor y calidad los autos que correspondan en los procesos que le han sido asignados. 4 i fiJfiL. >1fi \TJ·•,< fi-.-- . ..l.
PROCURADURIA
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310 RESOLUCIÓN No. ( -) 1 O DIC 2021 "Por la cual se crean los grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Sala Discipfinaria de Instrucción y de la Sala Disciplinaria de 1; 11 Juzgamiento de Servidores de Elección Popular" 11
3. Practicar las pruebas para las cuales sean comisionados por el Procurador
(a) Delegado (a) correspondiente. 11 1,
4. Realizar todas las actuaciones pertinentes conforme a las designaciones 11 otorgadas.
5. Mantener actualizados los sistemas de información a su cargo.
6. Velar por el cuidado del inventario de bienes asignado.
7. Las demás que correspondan de acuerdo con el nivel del empleo, cargo y grado acorde con lo establecido en el Manual de Funciones y Competencias de la Procuraduría General de la Nación.
Parágrafo: Los Procuradores Delegados de las Salas Disciplinarias podrán también comisionar para la práctica de las pruebas correspondientes en los procesos a cargo, a funcionarios de sus correspondientes Delegadas, en caso de ser necesario.
ARTÍCULO QUINTO: Secretaría. Cada Grupo de Apoyo de las Salas Disciplinarias tendrá una secretaría propia que prestará las funciones de soporte establecidas en la ley y los reglamentos, dedicada exclusivamente para las labores requeridas por las Salas. Dicha Secretaría estarán a cargo del coordinador del respectivo grupo.
Parágrafo primero: La asignación de funciones se realizará de acuerdo con las actividades secretariales que correspondan efectuar, acorde con el nivel del empleo, cargo y grado de los servidores asignados, según lo establecido en el Manual de
Funciones y Competencias de la Procuraduría General de la Nación.
ARTÍCULO SEXTO: Reparto: Acorde con lo establecido en el inciso 2º del artículo 5º e inciso 2º del artículo 6° .de la Resolución 217 de 2021, el reparto se hará a través del sistema de información misionalSIM, módulo Sala Disciplinaria de Instrucción y Módulo Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular, según corresponda.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Actualización de los sistemas de información. La Oficina de Sistemas de la entidad procederá a registrar en los sistemas de información institucionales, la creación de los Grupos de Apoyo a las respectivas Salas Disciplinarias de Instrucción y de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.
Parágrafo primero: El coordinador de cada uno de los mencionados Grupos de Apoyo informará a la oficina de sistemas los nombres de los funcionarios que administrarán los sistemas de información SIM, SIGDEA así como los demás que se requieran para la operación de los grupos, con el propósito que dispongan los respectivos permisos para el acceso a los aplicativos. 5 fiROCURADURIA
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3 4_0 RESOLUCIÓN No. -=r o ore ( 1 2021 "Por la cual se crean los grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Sala Disciplinaria de Instrucción y de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular" Parágrafo segundo: Se creará un buzón de correo el cual se utilizará para efectos de comunicaciones, notificaciones procesales, correspondencia y comunicaciones
recibidas asociadas a las funciones de cada una de las dos Salas Disciplinarias. Igualmente, otro buzón electrónico para la recepción de pruebas decretadas en los procesos disciplinarios.
Parágrafo tercero: Se incluirá el grupo de apoyo a cada una de las dos Salas Disciplinarias en el buzón de "Notificaciones por aviso, de estados y edictos" de la página web de la Procuraduría General de la Nación.
ARTÍCULO OCTAVO: COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación el contenido del presente acto administrativo a
las Procuradurías Delegadas, Regionales, Distritales, Provinciales, Oficina de Sistemas, Oficina de Planeación, Oficina de Selección y Carrera, División de Registro, Control y Correspondencia, Grupos de Trabajo SIM y SIGDEA.
ARTÍCULO NOVENO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga aquellas que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE fi
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Procurad ra General de fiación Revisó Miguel Ricardo Medina / Asesor Gabinete Despacho Procuradora General Andrés Higuera Africano/ Asesor Despacho Procurad()(a General .ú' Aprobó Javier García Av,la / Secre1ano Pnvado Despacho Procurad()(a General (Trazab1ltcJad virtual) élJ 6