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PGN - Resolución 344 de 2002

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 344 de 2002
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2002

RESOLUCION NUMERO 344

(Octubre 2 de 2002) EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política en sus arts. 277 y 278, en concordancia con las facultades conferidas en los numerales 6, 7, 19, 34, 36 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, así como la señalada en el parágrafo del citado artículo y

CONSIDERANDO:

1. Que dentro de las políticas generales planteadas por la actual administración de la Procuraduría General de la Nación, es de vital importancia el fortalecimiento de la labor de prevención en el ejercicio de la función pública;

2. Que recientemente se ha tenido noticia de la existencia de posibles irregularidades en lo que atañe al recaudo de los dineros que ingresan al Tesoro Nacional por concepto de los impuestos de registro y anotación;

3. Que por virtud de lo dispuesto en el nuevo CDU, los Notarios son sujetos disciplinables, y sus conductas disciplinables pueden ser investigadas y sancionadas por la Procuraduría General de la Nación, en uso del poder preferente disciplinario.

4. Que de conformidad con los artículos 277 y 278 de la Constitución Política, en concordancia con las facultades conferidas en los numerales 6, 7, 19,. 34, 36 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000 así como la señalada en el parágrafo del citado artículo, el Procurador General de la Nación puede conformar Comisiones Especiales con el fin de adelantar las tareas que le son asignadas a la Procuraduría.

RESUELVE:

PRIMERO: Ordenar tareas de supervigilancia especial y minuciosa a la actividad que desempeñan los órganos encargados de velar por la adecuada prestación del servicio público de notariado y registro. Para al efecto, realizar visita especial a la Superintendencia de Notariado y Registro y Superintendencias Delegadas de Notariado y Registro, entes que tienen a su cargo la vigilancia de la prestación de los anotados Servicios.

SEGUNDO: Conformar una Comisión Especial que se desplazará a la Superintendencia de Notariado y Registro-Superintendencias Delegadas de Notariado y de Registro, con el fin de revisar selectivamente su actuación administrativa., La revisión podrá lo extenderse aún a Investigaciones y tramites inactivos.

TERCERO. Se designa al procurador Delegado para la Moralidad Pública, Doctor JOSE FERNANDO REYES CUARTAS, como Coordinador de la Comisión Especial a quien, conforme a las instrucciones impartidas por este Despacho, se faculta para precisar las actividades que la precitada comisión debe efectuar.

CUARTO: La Comisión estará integrada por los Profesionales MARÍA BETTY

PINEDA DE MELO, CLAUDIA PATRICIA TABARES FORERO, ELENA SUAREZ

DIAZ, LUIS FELIPE CANOSA FORERO, LIZETH YAMILE RIAÑO, MARTA MIREYA ALDANA SANDOVAL, LILIANA ACEVEDO MEJIA Y SANDRA YOLANDA PEREIRA JAUREGUI, servidores que prestan sus servicios en la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública. En Bogotá, a los dos (2) días del mes de octubre de dos mil dos (2002).

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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