🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

PGN - Resolución 35 de 2000

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
PGN - Resolución 35 de 2000
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2000

Procuraduría General de la Nación RESOLUCION NÚMERO 35 (23 MARZO 2000) El Procurador General de la Nación (E), en ejercicio de las funciones establecidas en los numerales 7 y 8 del artículo 7º del Decreto 262 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 0017 del 4 de marzo del 2000 se delegaron, distribuyeron y asignaron funciones y competencias, entre otras dependencias, a las Procuradurías Delegadas; A la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública, se le delegaron funciones y competencias disciplinarias para conocer de las conductas relacionadas con la Contratación Estatal, desde la realización de los correspondientes actos preparatorios, que incluye la observancia de los procedimientos presupuestales, la liquidación del contrato y el pago de los correspondientes valores; Ejercerá las funciones y competencias disciplinarias establecidas en los literales a), b), c), k), 1) y m) del numeral 1 del artículo 25 del Decreto 262 del año 2000; y en el literal i) exclusivamente a lo que se refiere al Director Nacional y los Directores Seccionales en la Administración de Justicia, del numeral 1 del artículo 25 del mismo decreto, así como las funciones y competencias establecidas en los numerales 4, 5, 6, 7, 10 y 11 del artículo 25 del Decreto 262 del 2000; Esta competencia disciplinaria, también se le transfirió mediante la delegación a la Procuraduría Primera y Segunda Delegadas para la Contratación Estatal, observándose que la Primera Delegada tiene actualmente a su cargo aproximadamente 2.000 actuaciones disciplinarias, volumen que impone establecer

excepcionales mecanismos de descongestión, que permita imprimirle celeridad a su trámite; Corresponde al Procurador General de la Nación expedir los actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la entidad; En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Primero. Desde el 27 de marzo de 2000, se suspende el reparto interno de actuaciones disciplinarias de primera y segunda instancia a las Procuradurías Primera y Segunda Delegadas para la Contratación Estatal, por el término de seis (6) meses. Segundo. Los asuntos de primera y segunda instancia que fueron objeto de reparto, continuarán de conocimiento de la respectiva Procuraduría Delegada a quien correspondió la actuación. Tercero. Las quejas y actuaciones disciplinarias de competencia de las Procuradurías Primera y Segunda Delegada, que se reciban desde el 28 de marzo del 2000, corresponden a la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública. Cuarto. Las actuaciones disciplinarias de las que actualmente conoce la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal, se repartirán equitativamente entre ésta y la Segunda Delegada, correspondiéndole a la Primera los procesos más antiguos, atendiendo el orden cronológico de recibo en la Delegada. Quinto. Comuníquese esta determinación al Jefe de la División Centro de Atención al Público y de la División de Registro y Control. Sexto. Esta resolución rige desde la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. El Procurador General de la Nación (E), Eduardo Montealegre Lynett. 2

Consultar sobre este documento ...