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PGN - Resolución 35 de 2022

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 35 de 2022
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2022

RESOLUCIÓN No. -0 -3 5. 4 FEB 2022(cid:9) } ((cid:9) 0 "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación" LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las facultades contenidas en el artículo 62 numerales 1 y 3 del Decreto Ley 262 de 2000, y la Resolución 302 del 27 de octubre de 2021; y CONSIDERANDO Que el Decreto 1072 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo" en su libro 2, parte 2, título 4, capítulo 6, señala las directrices de obligatorio cumplimiento para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), y en su artículo 2.2.4.6.1. dispone que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos. Que teniendo en cuenta que el Artículo 1494 del Código Civil señala que: "Las obligaciones nacen (...) ya por disposición de la Ley (...)" y el Decreto 1072 de 2015 del Ministerio de Trabajo indica tanto obligaciones como responsabilidades para diferentes actores del sistema como son los empleadores, los trabajadores y las ARL, se concluye que es necesario definir las responsabilidades de cada actor para el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo. Que dentro de las directrices mencionadas en el citado Decreto, el numeral 2° del artículo 2.2.4.6.8 ibidenn señala: "(...) 2. Asignación y Comunicación de

Responsabilidades: (cid:9) empleador] Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección. (...)".

Que el numeral 5° de la misma disposición se indica: "(..) 5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: [El empleador] Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012. (...)" Que mediante Resolución 312 de 2019 del Ministerio del Trabajo, "Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST", se estableció en el artículo 16 de la citada norma que, las empresas con más de cincuenta (50) trabajadores clasificadas con riesgo I, II, III, IV o V deben cumplir con los siguientes Estándares Mínimos, con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores: "(...) ÍTEM/ Asignación de responsabilidades en SST/ Criterios/ Asignar y documentar las responsabilidades específicas en el Sistema de Gestión SST a todos los niveles de la organización, para el desarrollo y mejora continua de dicho Sistema. (...)" 1 RESOLUCIÓN No. Q 35 04 FEB 2022 ((cid:9) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades especificas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la

Nación" Que a través de Resolución 302 del 27 de octubre de 2021, "Por medio de la cual se designa al Representante de la Alta Dirección para el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y se asignan otras funciones", en su artículo segundo se delegó en el Secretario General, en su calidad de representante de la Alta Dirección para estos efectos, entre otras, la siguiente función: "(...) 2. Asignar, comunicar y documentar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la entidad. (...)" Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario definir, asignar y documentar las responsabilidades específicas en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles de la Procuraduría General de la Nación, a través del presente acto administrativo. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Definir, asignar y documentar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles jerárquicos de la Entidad. ARTICULO SEGUNDO. El Jefe de la División de Gestión Humana, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrá las siguientes responsabilidades: Dar visto bueno al Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, previo a la aprobación y firma por parte del Secretario General. Hacer seguimiento al cumplimiento del Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través de los indicadores e informes de gestión, o los requeridos por la Entidad. Participar como integrante permanente en el Comité de Emergencias de la

Entidad. Participar en la auditoría anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Participar anualmente en la revisión por la alta dirección del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. 2 RESOLUCIÓN No. O3 5 • ((cid:9) 04 FEB 2322(cid:9) ) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación" ARTÍCULO TERCERO. El Jefe de la División Administrativa, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrá las siguientes responsabilidades: Garantizar en todas las sedes de la Entidad, el suministro permanente de agua potable y servicios sanitarios. Garantizar en todas las sedes de la Entidad, la eliminación de los residuos sólidos, líquidos o gaseosos que se producen, así como los residuos peligrosos de forma que no se ponga en riesgo a los trabajadores. Garantizar el mantenimiento preventivo periódico o correctivo de las instalaciones, equipos, máquinas y herramientas, de acuerdo con los informes de las visitas de inspección o reportes de condiciones inseguras y los manuales y/o las fichas técnicas de los mismos. Garantizar las condiciones de orden, aseo y limpieza en todas las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación.

Garantizar los controles en cuanto al uso, capacitación, señalización y almacenamiento de sustancias químicas, así como la disposición final de los residuos correspondientes. Identificar las necesidades específicas de compra de insumos para aseo y desinfección de las sedes y sus dependencias; gestionar los recursos que se requieran para su adquisición, y asegurar su distribución y seguimiento. Desarrollar acciones de prevención y promoción en servicios de higiene y manejo de residuos. Participar como integrante permanente en el Comité de Emergencias de la Entidad. Participar en la auditoría anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 10.Participar anualmente en la revisión por la Alta Dirección del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 11.Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. ARTICULO CUARTO. El Jefe de la División de Seguridad, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrá las siguientes responsabilidades: Participar en las investigaciones de accidentes de trabajo generadas por riesgo público en atención a la experticia técnica de los funcionarios que cumplan sus funciones en la División de Seguridad. Desarrollar acciones de prevención orientadas al control y mitigación del riesgo público. 3 RESOLUCIÓN No. fl '35 ( (cid:9) O 4 FEB 2022(cid:9) ) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la

Nación" Participar como integrante permanente en el Comité de Emergencias de la Entidad. Participar en la auditoría anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST. Participar anualmente en la revisión por la Alta Dirección del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST. Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. ARTICULO QUINTO. La Coordinación del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrá las siguientes responsabilidades: Diseñar, planear, organizar, dirigir y desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Entidad, identificando claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad y demás normas del Sistema General de Riesgos Laborales; y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación. Participar en la revisión por la Alta Dirección e informar al representante de la Alta Dirección sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST. Planificar la auditoría interna del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, con la participación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST. Diseñar y desarrollar las actividades previstas en el Plan de Capacitación de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigidas a los servidores de la Entidad.

Promover la participación de todos los miembros de la Entidad en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

SG-SST.

Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. ARTÍCULO SEXTO. Los Coordinadores Administrativos o quienes hagan sus veces, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, tendrán las siguientes responsabilidades:

1. Implementar y efectuar el seguimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST en el nivel territorial, y replicar la información, decisiones e instrucciones que se impartan desde el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo.

4 11"3-5 RESOLUCIÓN No. ((cid:9) 04 FEB 2022(cid:9) ) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación" Divulgar y socializar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los servidores de la Entidad que se encuentran ubicados en las sedes a su cargo. Garantizar en las sedes a su cargo, el suministro permanente de agua potable, servicios sanitarios y mecanismos para disponer excretas y basuras de acuerdo con los lineamientos institucionales. Garantizar en todas las sedes a su cargo, la eliminación de los residuos sólidos, líquidos o gaseosos que se producen, así como los residuos peligrosos de forma que no se ponga en riesgo a los servidores de acuerdo con los lineamientos

institucionales. Participar como integrante permanente del Comité de Emergencias en las respectivas sedes en las cuales tienen asignadas sus funciones. Propender por el mantenimiento periódico de las instalaciones, equipos, máquinas y herramientas, de acuerdo con los informes de las visitas de inspección o reportes de condiciones inseguras y los manuales y/o las fichas técnicas de los mismos. Reportar los accidentes e incidentes de trabajo de los servidores ubicados en las sedes a su cargo; adelantar las investigaciones respectivas, y, gestionar las acciones de control y realizar el seguimiento correspondiente. Establecer las necesidades de elementos de protección personal (EPP) para los servidores ubicados en las sedes a su cargo, e informar al Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. Realizar la entrega de elementos de protección personal (EPP) dejando los registros correspondientes, y archivar de acuerdo con lo establecido en la Tabla de Retención Documental y normatividad vigente aplicable. 10.Participar activamente en la identificación de peligros y valoración de riesgos, al igual que en el análisis de amenazas y vulnerabilidad y realizar seguimiento a las acciones de control que surjan de estas.

11. Participar en el diseño, socialización e implementación del Plan de Emergencias y Evacuación de las sedes a su cargo. 12.0rganizar, realizar y evaluar anualmente los simulacros de evacuación de las sedes a su cargo, según las directrices impartidas por el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. 13.Gestionar y asegurar la asistencia de los funcionarios adscritos a las sedes a su cargo, a las evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicas,

especiales, post incapacidad, reintegro y de retiro. 14.Promover la participación de todos los servidores ubicados en las sedes a su cargo en la implementación y actividades propuestas por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST. 15.Participar activamente en las inspecciones de seguridad y las mediciones ambientales, y realizar el seguimiento a las acciones de control propuestas como resultado de las primeras. 5

RESOLUCIÓN No. ti 35 .

I(cid:9) O 4 FEB 2022 "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación" Manejar, archivar y salvaguardar la documentación propia del SG — SST, con el fin de tenerla a disposición cuando así se requiera por parte de la Entidad o cualquier ente externo. Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. ARTICULO SÉPTIMO. La Oficina de Planeación, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrá la siguiente responsabilidad: Asignar los recursos necesarios para realizar la auditoría interna del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG - SST a través de la oficina de Planeación, en el marco de la integralidad de los Sistemas de Gestión. ARTICULO OCTAVO. La Brigada de Emergencias, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrán las siguientes responsabilidades:

Participar en las capacitaciones establecidas y convocadas por el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, y los simulacros realizados por la Entidad. Reportar las condiciones especiales identificadas que generen amenazas para la Entidad. Inspeccionar periódicamente los equipos de emergencia de la Entidad, dejando las respectivas evidencias de la inspección de acuerdo con los procedimientos establecidos. Conocer la ubicación de los equipos de emergencia de la Entidad y mantenerlos habilitados y despejados. Acudir al llamado de emergencia según su competencia. Prestar apoyo en la evacuación de las instalaciones, y ser facilitador en el proceso de evacuación de los servidores y visitantes que no lo puedan hacer por sus propios medios. Prestar según su competencia y capacitación, soporte básico vital de vida en casos de situaciones de emergencia que se presenten al interior de las sedes de la Entidad. Participar activamente en la evaluación de las emergencias atendidas de acuerdo con los procedimientos operativos normalizados dejando la trazabilidad respectiva. Participar en la evaluación de los simulacros, proponer mecanismos de respuesta y correctivos. 10.Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. 6 RESOLUCIÓN No. e 35 . ( D4 FEB 2022 "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación"

ARTÍCULO NOVENO. Los Jefes Inmediatos en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrán las siguientes responsabilidades: Participar en la actualización de la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos de acuerdo con los lineamientos del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. Promover el conocimiento de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en los servidores a su cargo. Informar a la Coordinación del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo las necesidades de capacitación y entrenamiento en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Facilitar y promover la asistencia de los servidores a las capacitaciones y actividades propias del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

SG — SST.

Participar en la investigación de los incidentes, accidentes y enfermedades laborales de los servidores de su dependencia, de acuerdo con los procedimientos institucionales establecidos, y la normatividad vigente aplicable. Participar en el proceso de seguimiento a recomendaciones médico-laborales de los funcionarios a su cargo. Establecer la necesidad de los elementos de protección personal (EPP) de los servidores a su cargo, que lo requieran de acuerdo con las actividades que desarrollan y los lineamientos de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Entidad. Solicitar y hacer seguimiento a la entrega de los elementos de protección personal (EPP) a los servidores, así como su reposición oportuna conforme al desgaste y condiciones de uso; así mismo, facilitar y promover que los servidores participen en la capacitación sobre la utilización y cuidado de los

elementos de protección personal (EPP). Facilitar los espacios de socialización y demás actividades propuestas en desarrollo del Plan de Emergencias, a todos los servidores a su cargo, y seguir las instrucciones dadas ante una contingencia por el Comité y la Brigada de Emergencias. 10.Reportar al Coordinador del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, las condiciones inseguras identificadas en su dependencia o sede. 11.Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. 7 6•10:1 PZ\ svIJ RESOLUCIÓN No. 0 35 ((cid:9) O 4 FEB 2022(cid:9) ) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación"

ARTÍCULO DÉCIMO.

Los servidores de la Procuraduría General de la Nación, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrán las siguientes responsabilidades: Procurar el cuidado integral de su salud. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST de la Entidad, y asistir periódicamente a las capacitaciones y actividades de promoción y prevención adelantados por el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo y/o la ARL.

Informar oportunamente al Grupo de Gestión de Bienestar y Salud en el Trabajo los actos y condiciones inseguras, así como los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Reportar al Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, en el nivel central, o a las Coordinaciones Administrativas o quienes hagan sus veces, en el nivel territorial, los incidentes, accidentes Reportar su condición de salud por medio del canal de comunicación indicado por Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. Adjuntar diligenciado el formato de consentimiento aprobado por el Sistema de Gestión de Calidad. Participar en la investigación de incidentes y/o accidentes de trabajo según lo establecido en el procedimiento de reporte e investigación de incidentes o accidentes de trabajo de la Entidad, o en el Formato Investigación de Accidentes de Trabajo establecido por la ARL para los accidentes graves o mortales. Participar y contribuir en el cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST. 10.Participar en la prevención de los riesgos laborales a través del Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST.

11. Mantener orden y aseo en sus puestos de trabajo, cuidando adecuadamente las instalaciones y elementos de trabajo a su cargo. 12.Hacer uso adecuado de los elementos de protección personal (EPP) suministrados por la Entidad, y participar en la capacitación sobre utilización y cuidado de los elementos de protección personal (EPP). 13.Cumplir con las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de

riesgos laborales adoptados por la Procuraduría General de la Nación, EPS y/o ARL. 14.Conocer el Plan de Emergencias de la sede de la Entidad donde cumple sus funciones, y seguir las instrucciones dadas por el jefe de emergencias, la Brigada de Emergencia, la Coordinación del Grupo de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, ante una eventualidad. 8 >Sr <Wl.y RESOLUCIÓN No. g 35 4 fE13 2022 ((cid:9) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación" 15.Cumplir con las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) definidas por la Entidad. 16.Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Los practicantes, auxiliares jurídicos ad honorem y contratistas de la Procuraduría General de la Nación, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrán las siguientes responsabilidades: Estar previamente afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y/o Sistema General de Riesgos laborales según corresponda. Procurar el cuidado integral de su salud. Dar cumplimiento a las recomendaciones en materia de prevención que le sean indicadas para el desarrollo de actividades dentro de su práctica o servicio prestado. Utilizar adecuadamente los elementos de protección personal (EPP) que les

sean entregados. Participar en las capacitaciones y actividades de prevención y promoción de la salud y la seguridad realizadas por el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. Informar la ocurrencia de incidentes, accidentes o de enfermedades causadas por la práctica o actividad laboral, a través del Grupo de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el nivel central; o a las Coordinaciones Administrativas o quienes hagan sus veces, en el nivel territorial. Las demás que por naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO. El Grupo de Contratación de la Secretaría General, en el marco de sus competencias y en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG — SST, tendrán las siguientes responsabilidades: Incluir una cláusula en todos los contratos que exija a los contratistas vinculados a la Entidad como proveedores, contratistas persona natural, contratistas persona jurídica y sus trabajadores o subcontratistas el cumplimiento de las exigencias normativas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Las demás que por naturaleza les correspondan en virtud de las disposiciones legales vigentes, y las que les sean asignadas por la Alta Dirección. 9 tr RESOLUCIÓN No. 3 5 4 FEB 2022(cid:9) ) ((cid:9) O "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación"

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Las responsabilidades del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, se encuentran establecidas en la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo, y, en las Resoluciones 343 de 2020 y 146 de 2021 de la Entidad, y/o en las normas que las regulen o las modifiquen. ARTICULO DÉCIMO CUARTO. Las responsabilidades del Comité de Convivencia Laboral, en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST, se encuentran señaladas en la Resolución 592 del 2017, por la cual se estableció la conformación y funcionamiento de los comités de convivencia laboral de la Procuraduría General de la Nación; y, en las normas que las regulen o las modifiquen. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Las responsabilidades del Comité de Seguridad Vial en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, se encuentran establecidas en la Resolución 815 del 12 de diciembre de 2018, "Por medio de la cual se crea el Comité de Seguridad Vial de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones"; y en las normas que en las normas que las regulen o las modifiquen. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Las responsabilidades del Comité de Emergencias en relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, se encuentran establecidas en la resolución por medio de la cual se crea; y en las normas

que las regulen o las modifiquen. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. En virtud de la responsabilidad aquí asignada, los anteriores niveles jerárquicos de la Entidad deben rendir cuentas internamente en relación con su desempeño frente al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) por lo menos una vez al año, en concordancia con el numeral 3° del artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015. PARÁGRAFO PRIMERO. La rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales, o los que sean considerados por el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, y la misma debe quedar documentada. PARÁGRAFO SEGUNDO. El Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo solicitará los informes de rendición de cuentas a todos los responsables y consolidará la información que será presentada anualmente en el Informe de Revisión por la Dirección. lo RESOLUCIÓN No. e 3 5 ((cid:9) O FEB 2022(cid:9) ) "Por medio de la cual se definen, asignan y documentan las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación" ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS ALBERTI'(cid:9) ELLANOS ARAÚJO Secr(cid:9) neral

Proyectó: Martha Cecilia Pinilla Wadnipar / Grupo de Gestión de Bienestar y SS Nelson Humberto Romero Jaramillo! Grupo de Gestión de Bienestar y TJ'' Revisó: Jehimy Marcela Ramos Ortiz / Grupo de Gestión de Bienes((cid:9) SS17044

Andrea Ortega Pena/ Grupo de Gestión de Bienestar y SST Alejandro de Jesús Escolar Vargas / - Secretaria General Aprobó: Mónica Maria Escobar Guerrero/ Coordinadora Grupo de Ges 1,01„B i enestar y SST Carlos Zfilliam Rodriguez Millán/ Jefe División Gestión Humana 11

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