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PGN - Resolución 350 de 2007

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 350 de 2007
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2007

RESOLUCIÓN NÚMERO 350 (- 4 DICIEMBRE 2007) Por la cual se aprueba la Resolución No 674 del 24 de septiembre de 2007, por la cual se reglamenta el trámite interno del Derecho de Petición, Consultas, Quejas, Reclamos y Recursos en el Departamento Administrativo de la Función Pública-. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, en uso de sus atribuciones legales, y en especial la conferida en el numeral 2 del artículo 8 del Decreto-Ley 262 de 2000, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 01 de 1984 los reglamentos internos del derecho de petición, quejas y reclamos, expedidos por los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, gobernaciones y alcaldías de los distritos especiales, deben someterse previamente a la revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación; Que el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, remitió a la Procuraduría General de la Nación, por medio de oficio 2007EE7474 del 10 de octubre de 42007, la resolución No. 674 del 24 de septiembre de 2007, "Por la cual se modifica el reglamento para la tramitación interna de las peticiones, consultas, quejas, reclamos y recursos sobre las materias de competencia del Departamento Administrativo de la Función Pública". Que revisada la Resolución antes citada, se observa que! su texto se ajusta a los principios establecidos en el Decreto 01 de 1984, y en las demás disposiciones que

desarrollan el derecho de petición; RESUELVE PRIMERO. APROBAR la Resolución No. 674 de 2007 que reglamenta el trámite interno del Derecho de Petición, Consultas, Quejas, Reclamos y Recursos en el Departamento Administrativo de la Función Pública. SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno. TERCERO. El presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Dada en Bogotá, D.C., EL -4 DIC 2007

EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación RI-12-2007

CID/CRG

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