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PGN - Resolución 38 de 2006

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 38 de 2006
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2006

RESOLUCIÓN NÚMERO 38 (7 FEB. 2006) Por la cual se suspenden términos en las actuaciones que adelantan la Procuraduría Regional del Cauca, Procuraduría Provincial de Popayán, Procuradurías Judiciales II Agraria, de Familia y 39 y 40 Judicial II Administrativas y Coordinación Administrativa. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION En cumplimiento de sus facultades constitucionales y en desarrollo del artículo 7°. Del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que en desarrollo del Programa de Fortalecimiento Institucional que adelanta la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional, se ha dispuesto la remo delación del inmueble, sede de la Procuraduría Regional del Cauca, Procuraduría Provincial de Popayán, Procuradurías Judiciales II Agraria, de Familia y 39 y 40 Judicial II Administrativas y Coordinación Administrativa; Que teniendo en cuenta lo anterior, es necesario efectuar el traslado físico de los bienes muebles con que cuentan las Procuraduría Regional del Cauca, Procuraduría Provincial de Popayán, Procuradurías Judiciales II Agraria, de Familia y 39 y 40 Judicial II Administrativas y Coordinación Administrativa a la sede temporal de la ciudad de Popayán, diligencia programada los días 9 y 10 de febrero de 2006; Que para no entorpecer las funciones que cumplen las dependencias mencionada, es indispensable suspende los términos de las actuaciones que allí se adelantan y así garantizar el debido proceso y la transparencia en las mismas;

Que en mérito de lo expuesto; RESUEVE: ARTÍCULO PRIMERO.- SUSPENDER los días 9 y 10 de febrero de 2006, los términos de las actuaciones disciplinarias, preventivas y de control de gestión, así como administrativas que cumplen las Procuraduría Regional del, Cauca, Procuraduría Provincial de Popayán, Procuradurías Judiciales II Agraria, de Familia y 39 y 40 Judicial II Administrativas y Coordinación Administrativa, por los motivos expuesto en la parte motiva de este acto. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., -7 FEB. 2006

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

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