🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

PGN - Resolución 401 de 2022

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
PGN - Resolución 401 de 2022
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2022

4 Q 1 RESOLUCIÓN No. ( ) 2 9 NOV 2022 "Por medio de la cual se deja parcialmente sin efecto la Resolución No. 054 de 16 de enero de 2019" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 275 y 277 de la Constitución Política y el artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO Que el numeral 6 del artículo 277 de la Constitución Política de Colombia faculta a la Procuradora General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, para "[e]jercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley". Que el numeral 7 del artículo 7 del mencionado Decreto, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, faculta a la Procuradora General de la Nación para "expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley". Que el numeral 8 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del decreto Ley 1851 de 2021, faculta a la Procuradora General de la Nación para "[d]istribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad,

atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera". Que en el numeral 18 del artículo 7 del decreto en cita, modificado por el artículo 2 del decreto Ley 1851 de 2021, autoriza a la Procuradora General de la Nación como titular de la acción disciplinaria a "[c]rear comisiones disciplinarias especiales de servidores de la Procuraduría General de la Nación o designar funcionarios especiales de la misma para adelantar la instrucción o el juzgamiento, cuando sea necesario por razones de orden público, trascendencia social y/o económica del asunto, imparcialidad o independencia de la función disciplinaria, así como para asegurar las garantías procesales o la seguridad o integridad de los sujetos procesales". Que conforme lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 262 de 2000, "Los procuradores judiciales ejercerán funciones preventivas y de control de gestión, disciplinarias, de protección y defensa de los derechos humanos y de intervención ante las autoridades administrativas y judiciales, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, las leyes y en este capítulo cuando lo determine el Procurador General en virtud de las facultades contenidas en el artículo 7 de este decreto". p 1A

GENERAL DE LA NACION

4 1 RESOLUCIÓN No. Q ( 2 9 NO\/ 2022 "Por medio de la cual se deja parcialmente sin efecto la Resolución No. 054 de 16 de enero de 2019" Que el artículo 39 del precitado decreto, dispone: "[c]uando por necesidades del servicio, el Procurador General delegue funciones disciplinarias en los Procuradores Judiciales,

los Procuradores Judiciales I tienen las mismas competencias de los Procuradores Provinciales y los Procuradores Judiciales 11 las mismas competencias de los Procuradores Regionales y Distritales. Estas competencias se ejercerán temporal o permanentemente". Que la Procuraduría Provincial de Zipaquirá, mediante radicado IUS E-2017-540837 / IUC D-2017-962975, inició actuación preliminar en contra del alcalde del municipio de Tocancipá por presuntas irregularidades cometidas en la suscripción de 3 contratos el 30 de diciembre de 2016. Que en tal sentido y con el propósito de atender las necesidades del servIcI0 el Procurador General de la Nación, mediante Resolución No. 054 del 16 de enero de 2019, asignó como funcionario especial al Procurador 373 Judicial I Penal de Bogotá, la competencia para adelantar la actuación disciplinaria con radicado IUS E-2017540837 / IUC 0-2017962975 de la cual es titular la Procuraduría provincial de Zipaquirá, hasta proferir decisión de fondo. Que la Procuradora General de la Nación, mediante Decreto 0857 de 2022, encargó a la titular de la Procuraduría 373 Judicial I Penal como Procuradora Judicial 11, Código 3PJ, Grado EC (ID. 0959) de la Procuraduría 56 Judicial 11 para la Conciliación Administrativa de Bogotá. Que mediante Decreto 0904 de 2022, emitido por la Procuradora General de la Nación, la Procuradora 373 Judicial I Penal fue trasladada del empleo de Procuradora Judicial 11,

Código 3PJ, Grado EC (ID. 0959) de la Procuraduría 56 Judicial 11 para la Conciliación Administrativa de Bogotá, al de Procuradora Judicial 11, Código 3PJ, Grado EC, (ID. 0958) de la Procuraduría 55 Judicial 11 para el Ministerio Público en Asuntos Penales. Que el encargo otorgado a la Procuradora 373 Judicial I Penal, lo fue con separación de las funciones del cargo de origen, incluido el proceso disciplinario que adelantaba. Que actualmente, la Procuraduría 373 Judicial I Penal de Bogotá se encuentra sin titular, pues quien aparece nombrado se encuentra en encargo en otro empleo. Que el proceso disciplinario con radicado IUS E-2017-540837 / IUC D-2017-962975, de acuerdo con la información reportada en el Sistema de Información Misional-SIM, se encuentra en etapa de evaluación de investigación disciplinaria, esto es, que a la fecha no se ha proferido pliego de cargos. Que, en mérito de lo expuesto se hace necesario dejar sin efecto la Resolución No. 054 del 16 de enero de 2019, mediante la cual se asignó a la Procuradora 373 Judicial I Penal, la competencia para adelantar, entre otras, la actuación disciplinaria radicada con el IUS E-2017-540837 / IUC D-2017-962975 y reasignar la investigación. 2

PROCU URIA

GENERAL DE LA NACION 4 Q 1

RESOLUCIÓN No. ( 2 9 NOV 2022 ) "Por medio de la cual se deja parcialmente sin efecto la Resolución No. 054 de 16 de enero de

2019"

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTO la Resolución No. 054 del 16 de enero de 2019, únicamente en relación con la designación de funcionario especial a la Procuradora 373 Judicial I Penal, para adelantar la actuación disciplinaria radicada con el IUS E-2017-540837 / IUC D-2017-962975.

PARÁGRAFO. La investigación disciplinaria IUS E-2017-540837 / IUC D-2017-962975, deberá volver, en el estado que se encuentra, a la dependencia que por competencia natural le corresponde el conocimiento del asunto.

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente decisión la Procuraduría 55 Judicial 11 para el Ministerio Público en Asuntos Penales, la Procuraduría 373 Judicial I Penal de Bogotá y a los sujetos procesales a través de la secretaría del despacho que por competencia le corresponda continuar con la investigación, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y desplaza la competencia de cualquier otro funcionario o dependencia de la entidad que haya conocido de las actuaciones disciplinarias arriba citada.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Proyectó: Yaqueline Barón Gaitán/ Profesional Universitario/ Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 5. Para el

Ministerio Público en Asuntos Penales

Revisó: Andrés Higuera Africano/ Asesor Secretaria Priv d_ Patricia Cantor Malina/ PJII Despacho Procuradora e Aprobó: Maria Eugenia Cárdenas Giralda/ Procuradora Deleg da para el Ministerio Pr--0úblico en Asuntos Penales

Vanessa Varón Garrido -Secretaria Privado Despacho Procuradora General 3

Consultar sobre este documento ...