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PGN - Resolución 402 de 2008

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Disponible

Detalles

Título
PGN - Resolución 402 de 2008
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2008

CONVOCATORIA No. 2008-001

RESOLUCION NÚMERO 402

(Septiembre 10/08) POR MEDIO DE LA CUAL SE CONVOCA PARA LA ELECCIÓN DE LOS

REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES INSCRITOS EN CARRERA ANTE

LA COMISIÓN DE CARRERA EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 245 del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, CONVOCA A partir de hoy 10 de septiembre de 2008 a todos los servidores inscritos en el Escalafón de Carrera de la Procuraduría General de la Nación, a participar en la elección de sus dos (2) representantes ante la COMISIÓN DE CARRERA ADMINISTRATIVA de la entidad y sus respectivos suplentes, establecida por el artículo 239 del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, para un periodo de dos (2) años, (2008-2010). CALIDADES DE LOS ASPIRANTES De conformidad con el artículo 246 del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, los aspirantes a representar a los empleados inscritos en carrera administrativa, deberán acreditar las siguientes calidades:

1. No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura.

2. Ser empleados inscritos en el escalafón de carrera de la Procuraduría.

La Oficina de Selección y Carrera verificará los requisitos y calidades pudiendo negar la inscripción. Oficina de Selección y Carrera Carrera 5 No. 15-80 Piso 27 PBX 5878750 Exts. 12702, 12794, 12712

seleccionycarrera@procuraduria.gov.co REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN De conformidad con el artículo 247 del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, los candidatos deberán inscribirse en planchas donde figuren el principal y su suplente, acreditando las CALIDADES EXIGIDAS, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la divulgación de la presente convocatoria, en la Oficina de Selección y Carrera de la Procuraduría General de la Nación ubicada en el piso 27 de la torre A. La inscripción debe ir respaldada con la firma de por lo menos treinta (30) servidores de la Procuraduría General de la Nación inscritos en Carrera. Si dentro de dicho término no se inscriben por lo menos dos (2) planchas o los inscritos no acreditaren los requisitos exigidos, la inscripción se prorrogará por diez (10) días hábiles más.

Nota: Se debe anexar con la inscripción una fotografía 3 x 4 del candidato principal.

DE LA FECHA Y HORA DE LA ELECCIÓN Se realizará el día viernes 24 de octubre de 2008 en jornada continua de 8:00 a.m a 4:00 p.m., en las diferentes sedes, así: ciudad de Bogotá (sede central ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 4, Auditorio Antonio Nariño y sede Edificio Manuel Mejía ubicado en la Carrera 10 No. 16-82 Piso 4 auditorio), y a nivel territorial en las Procuradurías Regionales, Provinciales y Distritales. La elección se efectuará en forma directa y secreta, en el tarjetón diseñado por la Oficina de

Selección y Carrera, en el cual aparecerá el candidato principal y suplente de cada lista inscrita.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE LA CARRERA

(Artículo 240 Decreto 262 de 2000) La Comisión de la Carrera tiene las siguientes funciones:

1. Adoptar su propio reglamento.

2. Vigilar el cumplimiento de las normas de carrera de la Procuraduría.

3. Asesorar al Procurador General en la definición de los instrumentos

necesarios para dar cumplimiento a las normas de carrera.

4. Recibir copias de las convocatorias a concurso y remitir a la Oficina de

Selección y Carrera las observaciones sobre ellas cuando sea procedente.

5. Solicitar al Procurador General de la Nación la modificación de la lista de elegibles, excluyendo o reubicando a las personas que hubieren sido

Oficina de Selección y Carrera Carrera 5 No. 15-80 Piso 27 PBX 5878750 Exts. 12702, 12794, 12712 seleccionycarrera@procuraduria.gov.co incluidas en ella, cuando se haya comprobado cualquiera de los siguientes hechos: a. La admisión al concurso sin reunir los requisitos exigidos en la respectiva convocatorio o el aporte de documentos falsos o adulterados para su inscripción; b. La inclusión en la lista de elegibles sin haber superado las pruebas del concurso; c. La suplantación para la presentación de las pruebas previstas en el concurso; d. El conocimiento anticipado de las pruebas que se aplicarán en el concurso.

6. Adelantar, de oficio o petición de parte, las investigaciones necesarias para establecer la existencia de posibles irregularidades en los procesos de selección, y adoptar las decisiones correspondientes.

7. Conocer las reclamaciones que formulen los servidores inscritos en

carrera que hayan optado por el derecho preferencial de ser reincorporados cuando se supriman los empleos que desempeñen.

8. Conocer en segunda instancia las decisiones adoptadas por la Oficina

de Selección y Carrera sobre las reclamaciones que formulen los aspirantes no admitidos a un concurso.

9. Conocer en segunda instancia las decisiones adoptadas por el jurado sobre las reclamaciones por inconformidad con la estructura y el contenido de las pruebas de pregunta abierta. 10.Conocer en segunda instancia los recursos interpuestos contra las calificaciones de servicios. 11.Adoptar los instrumentos y factores de valoración y puntuación para la

calificación de servicios de los empleados de carrera de la entidad. 12.Resolver los impedimentos manifestados por los servidores que deben realizar la calificación de servicios, así como las recusaciones que contra ellos se formulen. 13.Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en el Decreto 262 del 22 de febrero de 2000 y porque las listas de elegibles sean utilizadas conforme a los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa. 14.Absolver las consultas que se formulen en relación con la interpretación de las normas reguladores de la carrera de la Procuraduría. 15.Formular propuestas para la elaboración de los programas de capacitación. Oficina de Selección y Carrera Carrera 5 No. 15-80 Piso 27 PBX 5878750 Exts. 12702, 12794, 12712 seleccionycarrera@procuraduria.gov.co 16.Las demás que la ley le asigne.

LOS JURADOS DE VOTACION EN LA CIUDAD DE BOGOTA

La elección será vigilada por los jurados de votación para que cada una de las mesas, que designe la Oficina de Selección y Carrera, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la divulgación de la lista de candidatos inscritos, a razón de tres Principales y tres (3) suplentes por cada mesa, quienes actuarán respectivamente, como presidente, vicepresidente y vocal. La notificación a los jurados se efectuará mediante la publicación de la lista respectiva a partir del día hábil siguiente al vencimiento del término previsto en el artículo para integrarla. La publicación de que trata el artículo 248 del Decreto Ley 262 de 2000 deberá contener la siguiente información: 1) Nombres y apellidos completos del jurado con indicación del cargo asignado a cada uno y del número y la ubicación de la mesa de votación en la que ejercerán sus funciones. 2) Documento de identidad. 3) Funciones. 4) Citación a los jurados Los jurados principales podrán ser reemplazados por los suplentes antes o durante las votaciones. LOS JURADOS DE VOTACIÓN A NIVEL TERRITORIAL Estará integrado por: 1) Un representante del Procurador Territorial de la respectiva dependencia donde se lleve a cabo la votación, quien actuará como presidente. 2) Un representante de los funcionarios de la Procuraduría Territorial donde se efectúe el proceso electoral designado por ellos mismos, con antelación a la votación, quien actuará como vicepresidente. 3) El Coordinador Administrativo o suplente quien actuará como vocal.

En las Procuradurías donde no haya Coordinador Administrativo, la función la ejercerá el Secretario de la Procuraduría Provincial. Oficina de Selección y Carrera Carrera 5 No. 15-80 Piso 27 PBX 5878750 Exts. 12702, 12794, 12712 seleccionycarrera@procuraduria.gov.co

LISTA DE SUFRAGANTES

La Oficina de Selección y Carrera publicará, durante los cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de elección, en la página Web de la entidad y a nivel central, la lista general de empleados inscritos en carrera que tienen la calidad de votantes, con indicación del documento de identidad y del número y ubicación de la mesa de votación en la que les corresponderá votar y que sirve a los jurados para verificar la identidad de los votantes. ESCRUTINIO Los jurados procederán una vez concluya la votación a hacer el escrutinio de la mesa y concluido éste, leerán el resultado en voz alta. Los jurados deberán suscribir un acta del escrutinio, que deberá ser enviada en sobre cerrado, junto con los votos y demás documentos utilizados durante la votación, separando en paquete especial los votos que no fueron computados al Procurador Regional respectivo, o al Jefe de la Oficina de Selección y Carrera, el mismo día de las elecciones. Agotado el procedimiento anterior el respectivo Procurador Regional enviará a la Oficina de Selección y Carrera el sobre de que trata el presente inciso, el día siguiente hábil de su recibo, para la realización del escrutinio general. De todo lo anterior se dejará constancia inscrita. No obstante, el día de las elecciones las

Procuradurías Provinciales deberán reportar telefónicamente o vía fax a la Oficina de Selección y Carrera los resultados parciales de las elecciones. ESCRUTINIO GENERAL Se llevará a cabo en audiencia pública en el Auditorio Antonio Nariño, ubicado en las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación, carrera 5 No. 15 80, piso 4 de la ciudad de Bogotá, una vez hayan llegado los resultados del escrutinio parcial llevado a cabo en cada una de las Procuradurías Provinciales, ocho (8) días hábiles después de los escrutinios parciales, con la participación del Jefe de la Oficina de Selección y Carrera quien hará el conteo de los votos y dos (2) testigos seleccionados por los representantes de los empleados de carrera de la entidad. Del escrutinio, se dejará constancia escrita con la anotación de las planchas ganadoras.

PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS

La Oficina de Selección y Carrera, el día del escrutinio general, declarará y comunicará los resultados y los ganadores; publicará a nivel central y enviará a todas las Procuradurías Regionales los resultados finales de las elecciones. Oficina de Selección y Carrera Carrera 5 No. 15-80 Piso 27 PBX 5878750 Exts. 12702, 12794, 12712 seleccionycarrera@procuraduria.gov.co Para mayor información o absolver cualquier inquietud, favor dirigirse a la Oficina de Selección y Carrera ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 27, teléfono 587 87 50 extensiones 12702, 1271212794. Dada en Bogotá, a los 10 SET. 2008

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN Procurador General de la Nación EJMV/ rbg-lmgr-cmgc Oficina de Selección y Carrera Carrera 5 No. 15-80 Piso 27 PBX 5878750 Exts. 12702, 12794, 12712 seleccionycarrera@procuraduria.gov.co

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