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PGN - Resolución 413 de 2022

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Disponible

Detalles

Título
PGN - Resolución 413 de 2022
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2022

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. z4, ( Li7DIC2fl.4 ) "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en particular las conferidas por los numerales 7, 8 y 33 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO Que el numeral 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, faculta a la Procuradora General de la Nación a distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la entidad, entre sus distintas dependencias y servidores. Que el numeral 7 del artículo 7 ibídem, señaló que es función de la Procuradora General de la Nación "[e]xpedir los actos administrativos, órdenes; directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para el desarrollo de las funciones atribuidas por la Ley". Que el numeral 33 Ibídem, dispone que la Procuradora General de la Nación podrá organizar las dependencias de la entidad para su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos en el Decreto de acuerdo con las necesidades del servicio, sin establecer a cargo del Tesoro Público obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones. Que el parágrafo del precitado artículo, establece que la Procuradora General de la Nación podrá

ejercer por si, o delegar en cualquier servidor público o dependencia de la entidad aquellas funciones atribuidas por el legislador y aquellas que están señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política, dentro de las cuales se encuentra la de intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales. Que, dado el número de cargos de procuradores judiciales asignados en la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 4. Para Asuntos Civiles, se genera limitación en cuanto a la cobertura de la función de la Procuraduría en el nivel territorial. Que, por lo anterior, resulta necesario organizar la intervención judicial civil que realiza la Procuraduría General de la Nación, en seis (6) regiones dentro del territorio nacional, lo que implica destinar procuradores judiciales dentro de dichas regiones con el fin aumentar la cobertura en todo el territorio nacional y garantizar la continuidad de la prestación de las funciones constitucionales y legales. 1

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. ( (cid:9) 1 Die 2022 ) "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación" Que es necesario implementar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones en las actuaciones judiciales para agilizar la función de intervención y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de la Procuraduría General de la Nación. Que, en mérito de lo expuesto, la Procuradora General de la Nación, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORGANIZAR la intervención judicial en materia civil de la Procuraduría

General de la Nación en seis (6) regiones que comprenden las zonas, Distritos y Circuitos Judiciales que se relacionan a continuación:

1. Región Norte:

REGIÓN NORTE

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Barranquilla 6 A Soledad 6 Sabanalarga 11 Bucaramanga 20 Barrancabermeja 4 B Málaga 12 San Vicente Chucuri 2 Cartagena 8 Carmen de Bolivar 6 Magangué 6 C Mompox 10 Simití 8 Turbaco 7 Cúcuta 13 D Los Patios 3 Ocaña 11 Montería 6 Ayapel 1 Cereté 5 Chinú 3 E Lorica 6 Montelíbano 3 Planetarica 3 Sahagún 1 Riohacha 3 Maicao 3 F Villanueva 4 San Juan del Cesar 5 G San Andrés 2 2

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. ( 0(cid:9) Dic 2022 )(cid:9) j "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación"

REGIÓN NORTE

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

San Gil 14 Cimitarra 2 Charalá 4 H Puente Nacional 6 Socorro 15 Velez 10 Santa Marta 1 Ciénaga 5 El Banco 7 I Fundación 4 Pivijay 5 Plato 8

Sincelejo 9 Corozal 8 J San Marcos 3 Since 3 Sucre 3 Valledupar 9 K Aguachica 7 Chiriguaná 7

2. Región Noroccidental:

REGIÓN NOROCCIDENTAL

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Abejorral 1 Amagá 1 Amalfi 2 Andes 4 Apartadó 6 Bolivar 2 Caucasia 4 Cisneros 6 Concordia 2 A Dabeiba 3 El Bagre 2 Santuario 6 Fredonia 2 Frontino 3 Ituango 2 Jericó 3 La Ceja 3 Marinilla 5 3

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN N o. ( O? Die 2022 ) -Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación"

REGIÓN NOROCCIDENTAL

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Puerto Berrio 5 Rionegro 6 San Pedro de los Milagros 3 Santa Barbara 3 Santa fe de Antioquía 7 Santa Rosa de Osos 4 Segovia 2 Sonsón 3 Sopetrán 4 Támesis 3 Titiribí 1 Turbo 5 Urrao 1 Yarumal 5 Yolombó 3 Medellín 1 Bello 1 Caldas 2 B Envigado 2 Girardota 3 ltagüí 4 Quibdó 9 Bahía Solano 2 C

ltsmina 14 Riosucio 5

3. Región Suroccidental:

REGIÓN SUROCCIDENTAL

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Buga 6 Buenaventura 1 Cartago 10 A Roldanillo 7 Sevilla 2 Tuluá 6 Palmira 5 B Cali 6 Florencia 4 C Belén de los Andaquies 7 Puerto Rico 5 Mocoa 4 D Puerto Asís 6 4 < \ tdt,

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

3 RESOLUCIÓN No4 1 ( O(cid:9) DIC 2022 ) "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación"

REGIÓN SUROCCIDENTAL

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Sibundoy 4 Neiva 15 Garzón 8 E La Plata 5 Pitalito 9 Pasto 17 Barbacoas 3 De la Cruz 6 Ipiales 13 F La Unión 4 Samaniego 6 Tumaco 7 Túquerres 8 Popayán 10 Bolivar 5 Caloto 4 Guapi 3 G Patía el Bordo 6 Puerto Tejada 3 Santander de Quilichao 5 Silvia 5

4. Región Nororiental:

REGIÓN NORORIENTAL

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Arauca 3 A Saravena 5 Tunja 21 Chiquinquirá 18 Garagoa 7

B Guateque 8 Miraflores 6 Moniquirá 6 Ramiriquí 7 Santa Rosa de Viterbo 7 Duitama 4 El Cocuy 7 C Paz de Rio 5 Soata 6 Socha 4 Sogamoso 14 D Yopal 7 5 , , '.....

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION i

A(cid:9) RESOLUCIÓN No. ((cid:9) 07 DIC 2022 ) "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación"

REGIÓN NORORIENTAL

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Monterrey 4 Orocué 3 Paz de Ariporo 6 5.(cid:9) Región Cafetera:

REGIÓN CAFETERA

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

Armenia 7 A Calarcá 5 lbagué 7 Chaparral 5 Espinal 4 Fresno 3 Guamo 6 B Honda 4 Lérida 7 Líbano 3 Melgar 5 Purificación 4 Manizales 4 Aguadas 2 Anserma 5 Chinchiná 2 La Dorada 5 C Manzanares 2 Pensilvania 1 Puerto Boyacá 1 Riosucio 3 Salamina 4 Pereira 2 Apia 3 Belén de Umbría 2 D Dosquebradas 1 La Virginia 3 Quinchía 2

Santa Rosa de Cabal 1 6

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION 4 .1 3

R,ESOLUCIÓN No. ((cid:9) DIC 2022 ) "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación"

6. Región Central y Sur:

REGIÓN CENTRAL Y SUR

ZONA DISTRITO / CIRCUITO No. DE MUNICIPIOS

A Bogotá 2 Cáqueza 9 Chocontá 9 Facatativa 12 Funza 7 Fusagasugá 9 Gachetá 5 Girardot 9 Guaduas 2 B La Mesa 4 La Palma 3 Leticia 2 Pacho 6 Soacha 5 Ubaté 10 Villeta 10 Zipaquirá 10 Villavicencio 11 Acacias 7 Granada 9 Mitú 3 C Puerto Carreño 5 lnírida 4 Puerto Lopez 3 San Martín 1 San José del Guaviare 5 PARÁGRAFO PRIMERO. Para ampliación y/o modificación de los distritos y/o circuitos judiciales y correspondientes municipios que hacen parte de las seis regiones aquí establecidas, se atenderá a la distribución que realice la Rama Judicial respecto del mapa judiciall. ARTÍCULO SEGUNDO. DEFINICIONES. Para efectos del presente acto administrativo se deberán tener en cuenta las siguientes definiciones.

UBICACIÓN LABORAL: Ubicación geográfica a la cual se encuentra adscrito un empleo.

ZONA: Conjunto de distritos y/o circuitos judiciales.

REGIÓN: Conjunto de zonas.

'Mapa(cid:9) judicial(cid:9) de(cid:9) la(cid:9) Rama(cid:9) judicial(cid:9) consultable(cid:9) en: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/7231090/10582328/MAPA+JUDICIAL+Detallado.pdf/58514558-3909-485c-b450-25711c534033 7

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

RESOLUCIÓN No.

(fl DIC 2022 ) "Por medio de la cual se organizan por regiones la intervención judicial en materia Civil en la Procuraduría General de la Nación" DISTRITO Y/0 CIRCUITO: División administrativa que agrupa juzgados de uno o más municipios o distritos en el territorio nacional.

MAPA JUDICIAL: Instrumento diseñado por la rama judicial para distribuir la competencia de los juzgados en el territorio nacional.

ARTÍCULO TERCERO. UBICACIÓN. Los Procuradores Judiciales I y II para asuntos civiles pertenecerán a la zona que corresponda a su ubicación laboral. ARTÍCULO CUARTO. INTERVENCIÓN. Los Procuradores Judiciales I y II para asuntos civiles intervendrán dentro de su ubicación laboral de manera presencial y/o virtual, según lo disponga el despacho judicial ante quien se realice la actuación. Los Procuradores Judiciales I y II para asuntos civiles intervendrán discrecionalmente dentro de su región, atendiendo al uso de las tecnologías de la información; o de manera presencial previa aprobación o instrucción de la Procuradora Delegada con Funciones Mixtas 4. Para Asuntos Civiles. Excepcionalmente y previa aprobación y/o designación por parte de la Procuraduría Delegada

con Funciones Mixtas 4. Para Asuntos Civiles, los Procuradores Judiciales I y II para asuntos civiles, intervendrán en regiones diferentes a las de su ubicación prevista en el artículo tercero del presente acto, a través del uso de medios y tecnologías de la información o presencialmente en caso que por necesidades del servicio se requiera. ARTICULO QUINTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los demás actos administrativos que le sean contrarios.

PUBLíQU ESE Y CÚMPLASE

MARGARITA CABELLs LANCO Procurad ra Gene Proyecto: Grupo Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 4. Para As ntos Civiles

Revisó: (cid:9) Andrés Higuera Africano — Asesor Despacho Procuradora G enel

Andrés Mauricio Rojas — Asesor Oficina Jurídica 1\14‘ Patricia Cantor Molina —Asesora Despacho Procuradora General 9/ Piedad Mejia Rodríguez — PJ Delegada con Ftki T.s Mixtas 4. Para Asuntos Civiles Aprobó:(cid:9) Jorge Humberto Serna -Jefe Oficina Jurídica Luz Myriam Reyes Casas — Procuradora Delegada on Funciones Mixtas 4. Para Asuntos Civilesjyk Vanessa Varón Garrido - Secretaria Privada. 8

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