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PGN - Resolución 433 de 2003

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 433 de 2003
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2003

RESOLUCIÓN NUMERO 433 (7 NOV. 2003) Por la cual se dispone la constitución de Agencia Especial en la causa que adelanta el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato (Magdalena), contra Gustavo Ayala Reyes y Otros, por la posible conducta punible de Peculado por Apropiación. El Procurador General de la Nación en ejercicio de la facultades que le confiere los artículos 275 y 277 numeral 7 de la Constitución Política, 122 del Código de Procedimiento Penal y 7º. numeral 6 del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que las diligencia penales No. 12373 que adelantaba la Fiscalía Séptima Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Santa Marta (Magdalena), contra Gustavo Ayala Reyes y Otros, por la posible conducta punible de Peculado por Apropiación, fueron remitidas por competencia al conocimiento del Juzgado Promiscuo del Circuito del municipio de Plato (Magdalena), para el trámite de la causa. Que en el municipio de Plato (Magdalena), no ejerce funciones Procurador Judicial Penal alguno, que garantice la directa y constante intervención de la Procuraduría General de la Nación en la actuación judicial, y Como quiera que la investigación comporta conductas atentatorias contra la Administración Pública que hace necesaria la participación del Ministerio Público en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, de los derechos y garantías' fundamentales, RESUELVE ARTÌCULO PRIMERO: Designar a la Procuraduría Provincial de Carmen de Bolívar, para que en calidad de Agente Especial asuma y ejerza la representación del

Ministerio Público en la causa que adelanta el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato (Magdalena), contra el señor Gustavo Ayala Reyes y Otros, por la presunta conducta punible de Peculado por Apropiación.

ARTICULO SEGUNDO: Conforme al artículo 75-13 del Decreto Ley 262 de 2000, comuníquese la presente decisión a la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, como a la Procuraduría Provincial con el objeto que de estricto cumplimiento a la agencia ordenada.

ARTICULO TERCERO: La Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, conforme al artículo 36 del Decreto Ley 262 de 2000, hará el seguimiento y control que se requiera. 7 NOV. 2003

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÒN

Procurador General de la Nación

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