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PGN - Resolución 443 de 2005

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 443 de 2005
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2005

RESOLUCIÓN NÚMERO 443 (- 7 DIC. 2005) Por la cual se aprueba la depuración contable de los estados financieros del Instituto de Estudios del Ministerio Público y se dictan otras disposiciones. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 7º del Decreto 262 de 2000, la Ley 716 de 2001, la Ley 863 de 2003 y sus disposiciones reglamentarias, y CONSIDERANDO Que la Ley 716 de 2001 en concordancia con el artículo 1 del Decreto 1282 del 2002 y 1914 de 2003, Circular Externa 050 del 2002 expedida por la Contaduría General de la Nación, la Ley 863 de 2003, la Ley 901 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios, establecen el régimen jurídico que deben aplicar las entidades públicas en sus procesos de saneamiento contable. Que en desarrollo de lo dispuesto en las normas mencionadas, el Procurador General de la Nación profirió las Resoluciones internas números 137, 317, 443 y 444 de 2003, formulando las políticas de saneamiento contable de la entidad y conformando el Comité de Saneamiento Contable, a fin de garantizar que los estados financieros revelen en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público, tal como lo dispone el artículo 1º de la Ley 716 de 2001 y el artículo 3º del Decreto 1282 de 2002 y el articulo 66 de la Ley 863 de 2003.

Que el Instituto de Estudios del Ministerio Público adelantó la gestión administrativa necesaria, para allegar la información y documentación suficiente para determinar que cifras de las que figuraban a 31 de octubre de 2005, son susceptibles de depuración. Que los días 26 de julio de 2005, 15, 25 y 29 de noviembre de 2005, se reunió el Comité Técnico de Saneamiento Contable del Instituto de Estudios del Ministerio Público, con el fin de analizar y evaluar las propuestas presentadas por el Grupo de Contabilidad y los soportes documentales allegados, con respecto a las cuentas susceptibles de depuración. Que mediante las actas del 26 de julio de 2005 y las actas No. 3, 4 y 5 de noviembre de 2005, el Comité de Saneamiento decidió recomendar al Señor Procurador General de la Nación, la depuración de los registros contables de que trata la presente Resolución. Que la recomendación del Comité se hizo conforme a lo dispuesto en los literales a), b), c), d), e) y f) del artículo 4º de la Ley 716 de 2001 y a lo establecido en lo numerales 6.1.2 y 6.2.1.1 del Plan General de Contabilidad Pública. Que el Instituto de Estudios del Ministerio Publico de la Procuraduría General de la Nación en reuniones del Comité Técnico de Saneamiento Contable de fechas 26 de julio de 2005, 15, 25 y 29 de noviembre de 2005 presenta para Saneamiento las recomendaciones que posteriormente se detallan. Que este Despacho encuentra procedente acoger las recomendaciones del Comité

Técnico de Saneamiento Contable del Instituto de Estudios del Ministerio público, por encontrarla ajustada a derecho y en consecuencia: Que se debe autorizar los siguientes contracréditos de los registros contables de las cuentas No. 1125 Fondos Especiales y No. 1404 Fondos Especiales, del Balance General del Instituto de Estudios del Ministerio Público, así:

CONTRACREDITOS 1125 FONDOS ESPECIALES $3.090.899,00

NOTAS DEBITO 3.090.899,00 1125 FONDOS ESPECIALES $7.973.141,00

NOTAS CREDITO 7.973.141,00 1404 FONDOS ESPECIALES $7.295.000,00

DEUDORES $7.295.000,00

Que se debe autorizar los siguientes créditos de los registros contables a la cuenta No. 1996 Bienes y Derechos en Investigaciones Administrativas del Balance General del Instituto de Estudios del Ministerio Público, así:

CREDITOS

1996 BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIONES

ADMINISTRATIVAS

199601 BANCOS Y CORPORACIONES $3.090.899,00

NOTAS DEBITO $3.090.899,00

199601 BANCOS Y CORPORACIONES $7.973.141,00

NOTAS CREDITO $7.973.141,00 199603 FONDOS ESPECIALES $7.295.000,00

DEUDORES $7.295.000,00

Que se debe efectuar los registros contables correspondientes a las cuentas afectadas en el proceso de saneamiento contable así:

199601 BANCOS Y CORPORACIONES $3.090.899,00

NOTAS DEBITO $3.090.899,00

199601 BANCOS Y CORPORACIONES $7.973.141,00

NOTAS CREDITO $7.973.141,00 199603 FONDOS ESPECIALES $7.295.000,00

DEUDORES $7.295.000,00

Que las operaciones contables necesarias para sanear las responsabilidades en proceso consignadas en las siguientes fichas técnicas elaboradas por el Grupo de Contabilidad del Instituto de Estudios del Ministerio Público, las cuales hacen parte de esta resolución, así: Ficha 1: Corresponde a Responsabilidades constituidas como producto de la diferencia que se presento en el Almacén por valor de $22.066.293.56, hechos que fueron investigados por la Veeduría de la Procuraduría General de la Nación y consultados a la Contaduría General de la Nación, entidades que consideraron pertinente continuar el proceso de saneamiento de la partida respectiva. Se aprobó por unanimidad mediante Acta de fecha 26 de julio de 2005 sanear la responsabilidad debitando la cuenta 313805 Efectos de Saneamiento Contable Inventarios por el valor de VEINTIDOS MILLONES SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS CON 56/100 ($22.066.293.56) contra la cuenta 199604 Bienes y Derechos en Investigación Administrativa Propiedad Planta y Equipo. Ficha 2: Corresponde a notas debito de los bancos Agrario, BBVA Ganadero y Cafetero, constituidas como producto de la diferencia que se presento en las conciliaciones bancarias de los años 1999 a 2004. Se aprobó por unanimidad mediante Actas No. 3, 4 y 5 de fecha 15, 25 y 29 de noviembre de 2005 sanear las

partidas que se encuentran en la cuenta Bienes y Derechos en Investigaciones Administrativas debitando la cuenta 313809 Efectos de Saneamiento Contable Otros activos por valor de DOCE MILLONES CIENTE DIECISIETE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS PESOS ($12.117.722.00) contra la cuenta 199601 Bienes y Derechos en Investigación Administrativa Bancos y Corporaciones Ficha 3: Corresponde a notas crédito de los bancos Agrario, BBVA Ganadero y Cafetero, constituidas como producto de la diferencia que se presento en las conciliaciones bancarias de los años 1999 a 2004. Se aprobó por unanimidad mediante Acta No. 3, 4 y 5 de fecha 15, 25 y 29 de noviembre de 2005 sanear las partidas que se encuentran en la cuenta Bienes y Derechos en Investigaciones Administrativas debitando la cuenta Bienes y Derechos en Investigaciones Administrativas 199601 Bancos y Corporaciones por valor de NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($9.722.891.00) contra la cuenta 313809 Efectos de Saneamiento Contable Otros activos. Ficha 4: Corresponde a Cuentas por Cobrar de difícil cobro constituidas durante los años 1999 a 2003. Se aprobó por unanimidad mediante Acta No. 3 de fecha 15 de noviembre de 2005 sanear las partidas debitando la cuenta 313804 Efectos de Saneamiento Contable Deudores por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL PESOS ($34.127.000.000) contra la cuenta 199603

Bienes y Derechos Administrativos Deudores Que el Comité Técnico de Saneamiento Contable mediante actas del 26 de julio de 2005; 15, 25 y 29 de noviembre de 2005, aprobó por unanimidad dar trámite a las fichas 1, 2, 3 y 4 de que trata el saneamiento en cuanto a la responsabilidad en proceso por valor de $22.066.293.56) y unos Bienes y Derechos en investigación Administrativa por valor de $12.177.722,00 representados en notas debito; $9.722.891.00 en notas crédito y $34.127.000.00 en cuentas por cobrar. Que para realizar el saneamiento contable respecto de las cuentas anteriormente señaladas, es preciso cruzar los valores allí expresados, contra la cuenta No. 3138 del Patrimonio Público, por lo cual se deben autorizar los registros contables correspondientes a las cuentas afectadas. Que la Circular No. 056 del 5 de febrero de 2004, suscrita por el Contralor General de la Nación establece que para efectos del reconocimiento y revelación de manera alterna con los procedimientos administrativos pertinentes, las entidades publicas deberán aplicar procedimientos contable, de carácter general, teniendo en cuenta que los mismos deberán ampararse en actos administrativos sin que estos sustituyan el ejercicio de las acciones administrativas, disciplinarias o fiscales que puedan derivarse, por la responsabilidad u omisión de funciones de los servidores públicos, como resultado de las operaciones que afecten el patrimonio del sector público. Que de acuerdo con las anteriores precisiones teniendo en cuenta la necesidad presentada por el Instituto de Estudios del Ministerio Publico de la Procuraduría

General de la Nación y obrando conforme las recomendaciones presentadas por el Comité Técnico de Saneamiento Contable, se encuentra procedente autorizar al Instituto de Estudios del Ministerio Publico de la Procuraduría General de la Nación para sanear la Responsabilidad en proceso y Bienes y Derechos en Investigación Administrativa.

RESUELVE: ARTICULO 1º: Autorizar los contracréditos y créditos mencionados en la parte considerativa de la presente resolución… ARTICULO 2º. Autorizar las operaciones contables necesarias para sanear las responsabilidades en proceso consignadas en las fichas técnicas elaboradas por el Grupo de Contabilidad del Instituto de Estudios del Ministerio Público, las cuales hacen parte de esta resolución, así: 1.- Debitar de la cuenta N° 313805, "Efectos de Saneamiento Contable

Inventarios", el valor de VEINTIDOS MILLONES SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS CON 56/100 ($22.066.293.56) y acreditar dicho valor a la cuenta No. 199604, "Bienes y Derechos en Investigación Administrativa Propiedad Planta y Equipo". 2.- Debitar de la cuenta No 313809, "Efectos de Saneamiento Contable Otros activos", el valor de DOCE MILLONES CIENTO DIEZ Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS PESOS ($12.117.722.00) y acreditar dicho valor a la cuenta No. 199601, "Bienes y Derechos en Investigación Administrativa Bancos y Corporaciones". 3.- Debitar de la cuenta No. 199601, "Bienes y Derechos en Investigaciones

Administrativas Bancos y Corporaciones" el valor de NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($9.722.891.00) y acreditar dicho valor a la cuenta N° 313809, "Efectos de Saneamiento Contable Otros activos”. 4.- Debitar de la cuenta No. 313804, "Efectos de Saneamiento Contable Deudores" el valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL PESOS ($34.127.000.00) y acreditar dicho valor a la cuenta N° 199603, "Bienes y Derechos en Investigación Administrativa Deudores". ARTICULO 3º: Vigencia. La presente Resolución rige desde la fecha de su expedición. Dado en Bogotá a los 7 DIC 2005

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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