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PGN - Resolución 502 de 2008

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 502 de 2008
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2008

Ésta le da alcance la Resolución 216 Ésta Le da alcance a Circular 38 de 2010. de 2008. RESOLUCION NÚMERO 502 (18 DIC 2008) Por medio de la cual se conforma la Comisión Asesora de Defensa Judicial de la Procuraduría General de la Nación y se le asignan funciones EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades y atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 6,7 Y 8 e inciso primero del parágrafo del artículo 7º del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que es necesario conformar la Comisión Asesora de que trata el parágrafo segundo del artículo 3º de la Resolución No. 216 de 15 de abril de 2008 y asignarle funciones, con el fin de facilitar el estudio y la evaluación de los procesos judiciales que cursan o hayan cursado en contra de la Procuraduría General de la Nación o hayan sido promovidos por ésta, y que por su grado de dificultad o complejidad así lo ameriten; Que se hace preciso tomar medidas eficaces de orientación de la gestión institucional, frente al análisis que viene adelantando el Grupo de Defensa Judicial en materia de las causas generadoras de los conflictos; el índice de condenas y los motivos; los tipos de daño por los cuales resulta demandada o condenada la entidad; y las deficiencias en las actuaciones procesales por parte de los apoderados, con el objeto de proponer correctivos; Que es importante señalar, en forma oportuna, la posición institucional y los parámetros que la sustentan, en aquellos procesos que así lo ameriten y asegurar

una defensa idónea de los intereses litigiosos de la entidad, para racionalizar los recursos y el gasto público, propender por la descongestión de los despachos judiciales y, especialmente, prevenir la responsabilidad de que trata el artículo 90 de la Carta Política; Que se hace necesario fortalecer la defensa litigiosa, y en general, la gestión jurídica de la entidad, mediante el análisis permanente de las causas de mayor dificultad o de mayor impacto por su grado de conflictividad; Que el artículo tercero, parágrafo segundo, de la Resolución No. 216 de abril 15 de 2008, por medio de la cual se creó el Grupo de Defensa Judicial de la Procuraduría General de la Nación, autorizó la creación de una Comisión Asesora conformada por los servidores de la entidad que el Procurador General de la Nación determine y se reúna, cuando la convoque; Que desde el mes de abril del año en curso, un grupo de Procuradores Delegados viene apoyando las labores reseñadas en ésta resolución, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: La Comisión Asesora de que trata el artículo tercero parágrafo segundo de la Resolución No. 216 de abril 15 de 2008, estará conformada por: a. El Procurador General de la Nación, o su delegado quien la presidirá; b. El Viceprocurador General de la Nación; c. Los Procuradores Primero, Tercero y Cuarto Delegados ante el Consejo de Estado; d. El Secretario General; e. El Jefe de Oficina Jurídica; Parágrafo: A las sesiones de la Comisión Asesora asistirán como invitados los

miembros del Grupo de Defensa Judicial y aquellos funcionarios de otras dependencias a quienes de conformidad con los asuntos que se deban analizar, se considere pertinente citar.

ARTÍCULO SEGUNDO: Funciones: Sin perjuicio de las funciones asignadas al Comité de Conciliación, la Comisión Asesora que se conforma mediante la presente

resolución tendrá las siguientes funciones:

1. Adoptar las medidas de prevención del daño antijurídico en la Procuraduría General de la Nación, con base en el análisis de los procesos en los cuales la entidad obre como parte demandada;

2. Analizar y evaluar la estrategia de defensa judicial de la entidad frente a procesos específicos que así lo ameriten y fijar criterios de contenido general frente a los temas materia de análisis;

3. Expedir instructivos, directrices, políticas y circulares que permitan la correcta aplicación de la normatividad disciplinaria, con base en la evaluación que se realice de la conflictividad y de la jurisprudencia existente sobre los distintos temas que conozca la Comisión;

4. Promover el cumplimiento de las medidas que permitan asegurar una defensa idónea de los intereses litigiosos de la entidad, la racionalización de los recursos y el gasto público, y la propensión por la descongestión de despachos judiciales y especialmente prevenir la responsabilidad de que trata el artículo 90 de la Carta Política, sin perjuicio de las funciones que sobre el particular le asisten al Comité de

Conciliación;

5. Asistir a las sesiones que convoque el Procurador General de la Nación.

ARTICULO TERCERO: La Comisión Asesora tendrá un Secretario Técnico,

designado por el Procurador General de la Nación, quien cumplirá las siguientes funciones:

1. Convocar a los miembros de la Comisión a las diferentes reuniones que se realicen;

2. Elaborar las actas de reunión respectivas;

3. Preparar los informes correspondientes;

4. Llevar un registro de los temas tratados en la Comisión y verificar el cumplimiento de las decisiones tomadas por ésta;

5. Las demás que le asigne la Comisión.

ARTÍCULO CUARTO: Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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