PGN - Resolución 52 de 2022
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 52 de 2022
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2022
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION 2 3 FEB 2022
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RESOLUCIÓN No: 0 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 277 constitucional, los numerales 6, 7,8 y 49 del artículo 7° del Decreto 262 de 2000, el Decreto 1068 de 2015, y, CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, le corresponde a la Procuradora General de la Nación: "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley".
Que el Gobierno Nacional, en uso de la facultad conferida en el artículo 18 de la Ley 1593 del 10 de diciembre de 2012, reguló la constitución y funcionamiento de las cajas menores mediante el Decreto 2768 del 28 de diciembre de 2012, cuyas disposiciones se encuentran compiladas en el Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, el cual es aplicable a la Procuraduría General de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en el Libro 2: Régimen Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, Parte 8: Régimen Presupuestal, Título 5: Constitución y Funcionamiento de las Cajas Menores, de dicho acto administrativo. Que el artículo 16 de la Ley 2159 del 12 de noviembre de 2021 establece que "La constitución
y funcionamiento de las cajas menores en los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y en las entidades nacionales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado con carácter no financiero, respecto de los recursos que le asigna la Nación, se regirán por el Decreto 1068 de 2015 y por las demás normas que lo modifiquen o adicionen.". Que el artículo 2.8.5.2. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 dispone que: "Las cajas menores se constituirán, para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clase de gastos que se pueden realizar Así mismo, se deberá indicar la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal". Que el artículo 2.8.5.5 del citado Decreto dispone: "Destinación. El dinero que se entregue para la constitución de cajas menores debe ser utilizado para sufragar gastos identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto General de la Nación que tengan el carácter de urgente..." Que de acuerdo con el parágrafo 2° del artículo 2.8.5.5. del Decreto 1068: "Podrán destinarse recursos de las cajas menores para los gastos de alimentación que sean indispensables con ocasión de reuniones de trabajo requeridas para la atención exclusiva de la Dirección Superior de cada órgano, Direcciones Generales de los Ministerios y Gerencias, Presidencias o 1
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PROCURADURIA GENERALOEUNACION 2 3 FEB 2022
No.0 52 RESOLUCIÓN "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022" Direcciones de los Establecimientos Públicos Nacionales, siempre que el titular del despacho correspondiente deba asistir y autorice el gasto por escrito". Que el artículo 2.8.5.12. del mismo Decreto señala: "Registro de Operaciones. Todas las operaciones que se realicen a través de la caja menor deben ser registradas por el responsable de la caja menor en el SIIF Nación. Esto incluye los procesos relacionados con la apertura, ejecución, reembolso y de legalización para el cierre de la caja menor. Con el fin de garantizar que las operaciones estén debidamente sustentadas, que los registros sean oportunos y adecuados y que los saldos correspondan, las oficinas de control interno, deberán efectuar arqueos periódicos y sorpresivos independientemente de la verificación por parte de las dependencias financieras de los diferentes órganos y de las oficinas de auditoría. En todas las revisiones se debe tener en cuenta que la información oficial es la que se encuentra registrada en el SIIF Nación". Que el artículo 2.8.5.14. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 establece: "Reembolso. Los reembolsos se harán en la cuantía de los gastos realizados, sin exceder el monto previsto en el respectivo rubro presupuestal, en forma mensual o cuando se haya consumido más de un setenta por ciento (70%), lo que ocurra primero, de algunos o todos los valores de los rubros
presupuestales afectados. En el reembolso se deberán reportar los gastos realizados en todos los rubros presupuestales a fin de efectuar un corte de numeración y de fechas." Que es necesario constituir durante la vigencia 2022 una Caja Menor en la Procuraduría General de la Nación por una cuantía de VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($27.500.000) M/CTE., para cubrir gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, que por su premura y cuantía no pueden ser atendidos por los canales normales de contratación, por lo que es preciso disponer de mecanismos ágiles y oportunos que respondan a esas necesidades prioritarias, de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la División Administrativa, la cual hace parte integral de la presente Resolución. Que según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 15022 del 24 de enero de 2022, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal, existe disponibilidad presupuestal por la suma de VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($27.500.000) M/CTE. para la constitución de la Caja Menor. Que en mérito de lo anterior.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Constituir una Caja Menor para cubrir gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, que por su premura y cuantía no pueden ser
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PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION 2 3 FEB 2022
RESOLUCIÓN No.0 52 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022" atendidos por los canales normales de contratación, por lo que es preciso disponer de mecanismos ágiles y oportunos que respondan a esas necesidades prioritarias, por una cuantía de VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($27.500.000) M/CTE. durante la vigencia fiscal 2022, cuya legalización definitiva se hará antes del 29 de diciembre de 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar los conceptos del gasto que con cargo a esta Caja Menor se
pueden realizar, así:
TIPO CTA SUBC OBJ ORD SUBO ITEM SUBIT DETALLE VALOR
A 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 27.500.000
ADQUISICIONES(cid:9) DIFERENTES(cid:9) DE A 02 02
ACTIVOS 27500.000
A 02 02 01 MATERIALES Y SUMINISTROS 9.600.000
PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y A 02 02 01 002 TABACO; TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR 500.000
Y PRODUCTOS DE CUERO ARTÍCULOS TEXTILES (EXCEPTO A 02 02 01 002 007 500.000
PRENDAS DE VESTIR) OTROS(cid:9) BIENES(cid:9) TRANSPORTABLES A 02 02 01 003 (EXCEPTO(cid:9) PRODUCTOS(cid:9) METÁLICOS, 3.150.000
MAQUINARIA Y EQUIPO) PRODUCTOS DE MADERA, CORCHO, A 02 02 01 003 001 300M00
CESTERÍA Y ESPARTERÍA PASTA O PULPA, PAPEL Y PRODUCTOS A 02 02 01 003 002 DE PAPEL; IMPRESOS Y ARTÍCULOS 750.000
RELACIONADOS A 02 02 01 003 002 01 PASTA DE PAPEL, PAPEL Y CARTÓN 150.000
A 02 02 01 003 002 02 LIBROS IMPRESOS 100.000
DIARIOS, REVISTAS Y PUBLICACIONES A 02 02 01 003 002 03 PERIÓDICAS,(cid:9) PUBLICADOS(cid:9) POR(cid:9) LO 100.000
MENOS CUATRO VECES POR SEMANA DIARIOS, REVISTAS Y PUBLICACIONES A 02 02 01 003 002 04 PERIÓDICAS, PUBLICADOS MENOS DE 100.000
CUATRO VECES POR SEMANA
MAPAS IMPRESOS; MÚSICA IMPRESA O EN MANUSCRITO, TARJETAS POSTALES, A 02 02 01 003 002 05 100.000
TARJETAS DE FELICITACIÓN,
FOTOGRAFÍAS Y PLANOS
SELLOS,(cid:9) CHEQUERAS,(cid:9) BILLETES(cid:9) DE BANCO,(cid:9) TÍTULOS(cid:9) DE(cid:9) ACCIONES, A 02 02 01 003 002 06 CATÁLOGOS Y FOLLETOS, MATERIAL 100.000
PARA(cid:9) ANUNCIOS(cid:9) PUBLICITARIOS(cid:9) Y
OTROS MATERIALES IMPRESOS
LIBROS(cid:9) DE REGISTROS,(cid:9) LIBROS DE
CONTABILIDAD,(cid:9) CUADERNILLOS(cid:9) DE NOTAS,(cid:9) BLOQUES(cid:9) PARA(cid:9) CARTAS, A 02 02 01 003 002 07 AGENDAS(cid:9) Y(cid:9) ARTÍCULOS(cid:9) SIMILARES, 100.000
SECANTES,(cid:9) ENCUADERNADORES,
CLASIFICADORES(cid:9) PARA(cid:9) ARCHIVOS,
FORMULARIOS Y OTROS ARTÍCULOS DE
ESCRITORIO, DE PAPEL O CARTÓN
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RESOLUCIÓN No.0 52 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022" TIPO CTA SUBC OBJ ORD SUBO ITEM SUBIT DETALLE VALOR OTROS PRODUCTOS QUIMICOS; FIBRAS A 02 02 01 003 005 ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 500.000
HECHAS POR EL HOMBRE) PINTURAS Y BARNICES Y PRODUCTOS A 02 02 01 003 005 01 RELACIONADOS; COLORES PARA LA 400.000
PINTURA ARTÍSTICA; TINTAS JABÓN, PREPARADOS PARA LIMPIEZA, A 02 02 01 003 005 03 PERFUMES Y PREPARADOS DE 100.000
TOCADOR A 02 02 01 003 006 PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO 600.000
A 02 02 01 003 006 01 LLANTAS DE CAUCHO Y NEUMÁTICOS 300.000
(CÁMARAS DE AIRE) A 02 02 01 003 006 02 OTROS PRODUCTOS DE CAUCHO 100.000
A 02 02 01 003 006 04 PRODUCTOS DE EMPAQUE Y ENVASADO, 100.000
DE PLÁSTICO A 02 02 01 003 006 09 OTROS PRODUCTOS PLÁSTICOS 100.000
VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO Y A 02 02 01 003 007 OTROS PRODUCTOS NO METÁLICOS 500.000
N.C.P.
PRODUCTOS REFRACTARIOS Y A 02 02 01 003 007 03 PRODUCTOS ESTRUCTURALES NO 200.000
REFRACTARIOS DE ARCILLA A 02 02 01 003 007 04 YESO, CAL Y CEMENTO 300.000
A 02 02 01 003 008 OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P. 500.000
A 02 02 01 003 008 09 OTROS ARTÍCULOS MANUFACTURADOS 500.000
N.C.P.
A 02 02 01 004 PRODUCTOS METÁLICOS YPAQUETES 5.950.000
DE SOFTWARE A 02 02 01 004 002 PRODUCTOS METÁLICOS ELABORADOS
(EXCEPTO MAQUINARIA Y EQUIPO) 2.000.000
A 02 02 01 004 005 MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD 500.000
E INFORMÁTICA MAQUINARIA DE INFORMÁTICA Y SUS A 02 02 01 004 005 02 PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS 500.000
A 02 02 01 004 006 MAQUINARIA Y APARATOS ELÉCTRICOS 2.000.000
APARATOS DE CONTROL ELÉCTRICO Y A 02 02 01 004 006 02 DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD Y SUS 600.000
PARTES Y PIEZAS A 02 02 01 004 006 03 HILOS Y CABLES AISLADOS; CABLE DE 700.000
FIBRA ÓPTICA A 02 02 01 004 006 04 ACUMULADORES, PILAS Y BATERÍAS
PRIMARIAS Y SUS PARTES Y PIEZAS 200.000
A 02 02 01 004 006 09 OTRO EQUIPO ELÉCTRICO Y SUS 500.000
PARTES Y PIEZAS EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, A 02 02 01 004 007
TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES 450.000
VÁLVULAS Y TUBOS ELECTRÓNICOS; A 02 02 01 004 007 01 COMPONENTES ELECTRÓNICOS; SUS 100.000
PARTES Y PIEZAS
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RESOLUCIÓN No.0 52 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022"
TIPO CTA SUBC OBJ ORD SUBO ITEM SUBIT DETALLE VALOR
DISCOS, CINTAS, DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO EN ESTADO SÓLIDO A 02 02 01 004 007 05 150.000
NO VOLÁTILES Y OTROS MEDIOS, NO GRABADOS A 02 02 01 004 007 08 PAQUETES DE SOFTWARE 200.000
APARATOS MÉDICOS, INSTRUMENTOS A 02 02 01 004 008 1.000.000
ÓPTICOS Y DE PRECISIÓN, RELOJES
INSTRUMENTOS(cid:9) Y(cid:9) APARATOS(cid:9) DE
MEDICIÓN, VERIFICACIÓN, ANÁLISIS, DE NAVEGACIÓN Y PARA OTROS FINES A 02 02 01 004 008 02 (EXCEPTO(cid:9) INSTRUMENTOS(cid:9) ÓPTICOS); 700.000
INSTRUMENTOS(cid:9) DE(cid:9) CONTROL(cid:9) DE
PROCESOS INDUSTRIALES, SUS PARTES,
PIEZAS Y ACCESORIOS INSTRUMENTOS(cid:9) ÓPTICOS(cid:9) Y(cid:9) EQUIPO A 02 02 01 004 008 03 FOTOGRÁFICO;(cid:9) PARTES,(cid:9) PIEZAS(cid:9) Y 300.000
ACCESORIOS A 02 02 02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 17.900.000
A 02 02 02 005 SERVICIOS DE LA CONSTRUCCIÓN 2.400.000
A 02 02 02 005 004 SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN 2.400.000
SERVICIOS(cid:9) GENERALES(cid:9) DE A 02 02 02 005 004 01 300.000
CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES SERVICIOS GENERALES DE A 02 02 02 005 004 01 2 CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES NO 300.000
RESIDENCIALES SERVICIOS(cid:9) GENERALES(cid:9) DE A 02 02 02 005 004 02 CONSTRUCCIÓN(cid:9) DE(cid:9) OBRAS(cid:9) DE 500.000
INGENIERÍA CIVIL SERVICIOS GENERALES DE A 02 02 02 005 004 02 9 CONSTRUCCIÓN DE OTRAS OBRAS DE 500.000
INGENIERÍA CIVIL SERVICIOS ESPECIALES DE A 02 02 02 005 004 05 700.000
CONSTRUCCIÓN A 02 02 02 005 004 06 SERVICIOS DE INSTALACIONES 700.000
SERVICIOS DE TERMINACIÓN Y A 02 02 02 005 004 07 200.000
ACABADOS DE EDIFICIOS
SERVICIOS(cid:9) DE(cid:9) ALOJAMIENTO: SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS A 02 02 02 006 Y BEBIDAS; SERVICIOS DE TRANSPORTE; 6.000.000
Y(cid:9) SERVICIOS(cid:9) DE(cid:9) DISTRIBUCIÓN(cid:9) DE
ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA ALOJAMIENTO;(cid:9) SERVICIOS(cid:9) DE A 02 02 02 006 003 6.000.000
SUMINISTROS DE COMIDAS Y BEBIDAS A 02 02 02 006 003 03 SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS 6.000.000
SERVICIOS(cid:9) PRESTADOS(cid:9) A(cid:9) LAS A 02 02 02 008 EMPRESAS(cid:9) Y(cid:9) SERVICIOS(cid:9) DE 8.500.000
PRODUCCIÓN A 02 02 02 008 002 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES 1.500.000
A 02 02 02 008 002 01 SERVICIOS JURÍDICOS 1.500.000
OTROS(cid:9) SERVICIOS(cid:9) PROFESIONALES, A 02 02 02 008 003 3.500.000
CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS A 02 02 02 008 003 05 SERVICIOS VETERINARIOS 1.000.000
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RESOLUCIÓN No.0 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022" TIPO CTA SUBC OBJ ORO SUBO ITEM SUBIT DETALLE VALOR SERVICIOS(cid:9) DE(cid:9) PUBLICIDAD(cid:9) Y(cid:9) EL A 02 02 02 008 003 06 SUMINISTRO DE ESPACIO O TIEMPO 1.500.000
PUBLICITARIOS OTROS SERVICIOS PROFESIONALES Y A 02 02 02 008 003 09 1.000.000
TÉCNICOS N.C.P.
SERVICIOS(cid:9) DE(cid:9) MANTENIMIENTO, A 02 02 02 008 007 REPARACIÓN E INSTALACIÓN (EXCEPTO 2.500.000
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN) SERVICIOS(cid:9) DE(cid:9) MANTENIMIENTO(cid:9) Y A 02 02 02 008 007 01 REPARACIÓN(cid:9) DE(cid:9) PRODUCTOS 750.000
METÁLICOS ELABORADOS, MAQUINARIA
Y EQUIPO SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y A 02 02 02 008 007 01 2 REPARACIÓN DE MAQUINARIA DE 750.000
OFICINA Y CONTABILIDAD SERVICIOS DE REPARACIÓN DE OTROS A 02 02 02 008 007 02 1.750.000
BIENES A 02 02 02 008 007 02 4 SERVICIOS(cid:9) DE(cid:9) REPARACIÓN(cid:9) DE 1.750.000
MUEBLES
OTROS SERVICIOS DE FABRICACION; SERVICIOS DE EDICIÓN, IMPRESIÓN Y A 02 02 02 008 009 1.000.000
REPRODUCCIÓN;(cid:9) SERVICIOS(cid:9) DE
RECUPERACIÓN DE MATERIALES SERVICIOS DE EDICIÓN, IMPRESIÓN Y A 02 02 02 008 009 01 1.000.000
REPRODUCCIÓN SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, A 02 02 02 009 1.000.000
SOCIALES Y PERSONALES A 02 02 02 009 007 OTROS SERVICIOS 1.000.000
SERVICIOS DE LAVADO, LIMPIEZA Y
A 02 02 02 009 007 01 1.000.000
TEÑIDO PARÁGRAFO: Cuando sea necesaro realizar el pago de los gastos a que hace referencia este artículo, el Jefe de la respectiva dependencia, según el caso, deberán elevar por escrito la solicitud ante el responsable de la Caja Menor. Para los efectos del rubro "Servicios de suministro de comidas", para este tipo de gasto se requiere autorización previa y por escrito de la Procuradora General de la Nación, tal como lo señala el parágrafo 2° del artículo 2.8.5.5. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015.
ARTÍCULO TERCERO. Asignar la administración de los fondos de Caja Menor que por esta resolución se constituye a LUIS FERNANDO DÍAZ ALBARRACÍN, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.296.550, Técnico Administrativo Grado 16 con funciones en el Grupo de Gestión de Nómina Afiliación y Pensión, debidamente afianzado con la Póliza Global de Manejo vigente durante el año 2022, quien para su manejo utilizará cuenta corriente oficial a nombre de la Procuraduría General de la Nación, Caja Menor Recursos del Presupuesto Nacional.
PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento en que LUIS FERNANDO DÍAZ ALBARRACIN se encuentre en vacaciones, licencia, comisión o permiso, se encargará de dicha administración
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GENERAL, DE LA NACION 23 FER 2f122
RESOLUCIÓN No.0 52 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2022" a CARMENZA CARREÑO GÓMEZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 63.324.306, Asesor , Código 1AS, Grado 19, (I.D 0715) de la Secretaria General con asignación de funciones en la División Financiera, quien estará debidamente afianzada para el manejo de la misma, mientras subsista la situación, para lo cual sólo se requerirá de la entrega de los fondos y documentos mediante arqueo, tanto al recibo como a la entrega de la misma, lo cual deberá constar en el acta respectiva.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los citados funcionarios podrán manejar hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes en efectivo.
ARTÍCULO CUARTO. El funcionamiento de la Caja Menor de que trata la presente Resolución yen especial los trámites de legalización de los gastos, los reembolsos, el régimen de deberes, obligaciones y responsabilidades, y el sistema de controles, estarán sujetos a las disposiciones reglamentarias contenidas en el Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 y demás normas sobre control fiscal. ARTÍCULO QUINTO. Autorizar al Tesorero de la Entidad, para que gire a nombre de la Procuraduría General de la Nación, Caja Menor Recursos del Presupuesto Público Nacional, la suma aquí autorizada para la Caja Menor de la referencia, con cargo al Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No. 15022 del 24 de enero de 2022, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 1068 de 2015 y demás normas que lo modifiquen, adicionen y/o deroguen. ARTÍCULO SEXTO. Remitir copia de esta resolución a la Oficina de Control Interno, a la División Administrativa, a los distintos grupos de la División Financiera de la Procuraduría General de la Nación y a la Aseguradora Axa Colpatria Seguros S.A.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARG RITA CJSBECLO BLANCO
ProcvfadorapeaJ4aja Nación Preparó Luis Fernando Diaz Albarracin — División Administrativa Odilia Barbosa Pinzón — Jefe División Financiera Aprobó. Carlos Alberto Castellanos Araújo — Secretario G /' Javier Andrés Garcia — Despacho Procuradora Gene la Nación (cid:9) Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG — MC—CC —016: Versión Vigencia 6/11/2018