PGN - Resolución 58 de 2010
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 58 de 2010
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2010
S A RESOLUCIÓN NÚMERO 058.3 pg 200
Cra rea? Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2 del 7 de mayo de 2003, modificada por la Resolución 3 del 16.de febrero de 2006, que contiene el Reglamento del trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante FINAGRO. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, en uso de sus atribuciones legales, y en especial la conferida en el numeral 2 del artículo 8 del Decreto-Ley 262 de 2000, - CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 01 de 1984, los reglamentos internos del derecho de petición, quejas y reclamos, expedidos por los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, gobernaciones y alcaldías de los distritos especiales, deben someterse previamente a la revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación; 'Que el Presidente del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario —FINAGRO-, remitió a la Procuraduría General de la Nación, por medio de oficio del 4 de diciembre de | 2009, la Resolución No. 01 del 2 de diciembre de 2009, “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2 del 7 de mayo de 2003, modificada por la Resolución 3 del 16 de febrero de 2006, que contiene el Reglamento del trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante FINAGRO”. . Que revisada la Resolución antes citada, se observa que su texto se ajusta a los
principios establecidos en el Decreto 01 de 1984, y en las demás disposiciones que desarrollan el derecho de petición; r RESUELVE: PRIMERO. APROBAR la Resolución No 01 de 2009 “Por la cual se modifica parcialmente la A Resolución 2 del 7 de mayo de 2003, modificada por la Resolución 3 del 16 de febrero de 2006, que contiene el Reglamento del trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante FINAGRO”. SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno. TERCERO. El presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C.,el 92 FER 2010 mt : ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO rocurador General de la Nación RI-01-2010