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PGN - Resolución 76 de 2021

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 76 de 2021
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2021

[ GENERALDEUNACION RESOLUCION No.. Q DE 2021 ( 2 6 FEB 2021 ) Por la cual se crea una comision disciplinaria especial para el case “contrato VAL 0868804 - TIP Cartagena” LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACION En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales CONSIDERANDO Que el numeral 6 del articulo 277 de la Constitucion Polltica de Colombia concede a la Procuradora General de la Nacion, por si o por medio de sus delegados y agentes facultad para: “[e]/ercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempenen funciones publicas, inclusive las de eleccion popular; (...) adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones con forme a la /ey”. Que el numeral 6 del articulo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, dispone que el jefe del Ministerio Publico puede asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuradurla General de la Nacion. Que el numeral 8 de la citada norma, dispone que la Procuradora General de la Nacion tiene la potestad de: U[6]istribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitucion o la ley a la Procuraduria General de la Nacion, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterio de especialidad, jerarquia y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera". Que es de publico conocimiento las presuntas irregularidades en el contrato VAL 0868804 del 31 de diciembre de 1998, cuyo objeto es la ilconcesi6n para que realice los estudios y disenos definitivos, la construccion de las obras y el

mantenimiento y operacion durante el periodo de concesion del proyecto denominado “corredor de acceso rapido a la variante de Cartagena”, porque al parecer desde el ano 2013-2014 el contratista alcanzo la Tasa Interna de Retorno -HR. Que, en este tema la Contraloria General de la Republica ha concluido que puede existir un detrimento patrimonial en una cuantla superior a los tres mil millones de pesos, por cuanto, al parecer la inversion y utilidades ya fueron recibidas por el concesionario, sin embargo, este continua cobrando el peaje en el sector. Que, dada la importancia, trascendencia y naturaleza de los hechos resehados, resulta procedente crear una comision de servidores publicos de la entidad, quienes en cumplimiento de la funcion preventiva deberan generar espacios al dialogo social, puntualmente, realizar visitas al sector, identificar actores para promover conversaciones armonicas entre ellos, verificar las mesas de trabajo instaladas y conocer los argumentos sobre los que versan las discrepancias en la sociedad por la tasa interna de retorno - HR en Cartagena y al tenor de lo previsto en el numeral 6 del articulo 7 del Decreto Ley 262 de 2000. 1

PROCURADURIA

GENERALDEUMCION RESOLUCION-No,-- f DE 2021 ( ) 2 6 F" B 20?1

Por la cual se crea una comision disciplinaria especial para el case “contrato VAL 0868804 - TIP Cartagena” Que, en merito de lo expuesto RESUELVE ARTICULO PRIMERO. CREAR la comision preventiva especial que se denominara “Comision preventiva contrato VAL 0868804 - TIR Cartagena”, la

cual estara conformada por la Procuradora Auxiliar para Asuntos Disciplinarios y Jairo Andres Silva Munoz, asesor grado 24 de la Procuraduria Delegada para las Entidades Territoriales y el Dialogo Social y, Jairo Antonio Rodriguez Beltran, asesor grado 19 de la Procuraduria Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Funcion Publica, quienes se encargaran de conocer y adelantar la actuacion preventiva por los hechos relacionados con la Tasa Interna de Retorno de los peajes en Cartagena. PARAGRAFO. La comision sera presidida por la Procuradora Auxiliar para Asuntos Disciplinarios. ARTICULO SEGUNDO. La comision debera rendir informe y concepto preventive del dialogo social y los acuerdos que se generen en el marco de las mesas instaladas en la ciudad de Cartagena. ARTICULO TERCERO. La comision recibira apoyo de la Direccion Nacional de Investigaciones Especiales, por lo tanto, estan facultados para que dicha dependencia designe los funcionarios que se consideren necesarios. ARTICULO CUARTO. Mediante Secretaria General de la Procuraduria General de la Nacion, comunicar el contenido de la presente decision a los funcionarios que integran la Comision preventiva contrato VAL 0868804 - TIR Cartagena. ARTICULO QUINTO. La presente Resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion y contra la misma no proceden recursos.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

MARGARITA CABELLO BLANCO

Procuradora General de la Nacidff Proyecto FabioAndresCastroSanzayLorenaIsabelAJvarezCumplldo/funcionariosP Revise y aprobo Valentina Mahecha Varon / Procurador^/Auxihar para Asuntos linirios'^V'^

Revise AndresHigueraAfricano/ProfesionalDespfechoProcuradoraGenera Revise Javier Andres Garcia Avila / Secretario PriVad£--4() 2

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