PGN - Resolución 81 de 2021
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 81 de 2021
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. 'u _1 D E 2021
(cid:9) 2021 ((cid:9) u(cid:9) , "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2021" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 277 constitucional, los numerales 6, 7,8 y 49 del artículo 7° del Decreto 262 de 2000, el Decreto 1068 de 2015, y, CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, le corresponde a la Procuradora General de la Nación: "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley". Que el Gobierno Nacional, en uso de la facultad conferida en el artículo 18 de la Ley 1593 del 10 de diciembre de 2012, reguló la constitución y funcionamiento de las cajas menores mediante el Decreto 2768 del 28 de diciembre de 2012, cuyas disposiciones se encuentran compiladas en el Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, el cual es aplicable a la Procuraduría General de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en el Libro 2: Régimen Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, Parte 8: Régimen Presupuestal, Título 5: Constitución
y Funcionamiento de las Cajas Menores, de dicho acto administrativo. Que el artículo 16 de la Ley 2063 del 28 de noviembre de 2020 establece que la constitución y funcionamiento de las cajas menores en los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y en las entidades nacionales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado con carácter no financiero, respecto de los recursos que le asigna la Nación, se regirán por el Decreto 1068 de 2015 y por las demás normas que lo modifiquen o adicionen. Que el artículo 2.8.5.2. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 establece: "Las cajas menores se constituirán, para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clase de gastos que se pueden realizar. Así mismo, se deberá indicar la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal". Que el artículo 2.8.5.5 del Decreto citado dispone que: El dinero que se entregue para la constitución de cajas menores debe ser utilizado para sufragar gastos identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto General de la Nación que tengan el carácter de urgente. Que de acuerdo con el parágrafo 2° del artículo 2.8.5.5. del Decreto 1068: "Podrán destinarse recursos de las cajas menores para los gastos de alimentación que sean indispensables con 1
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION
RESOLUCISIINDZ 0 8 DE 2021 ((cid:9) 02 MAR 2021 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2021" ocasión de reuniones de trabajo requeridas para la atención exclusiva de la Dirección Superior de cada órgano, Direcciones Generales de los Ministerios y Gerencias, Presidencias o Direcciones de los Establecimientos Públicos Nacionales, siempre que el titular del despacho correspondiente deba asistir y autorice el gasto por escrito". Que el artículo 2.8.5.12. del mismo Decreto señala: "Registro de Operaciones. Todas las operaciones que se realicen a través de la caja menor deben ser registradas por el responsable de la caja menor en el SIIF Nación. Esto incluye los procesos relacionados con la apertura, ejecución, reembolso y de legalización para el cierre de la caja menor. Con el fin de garantizar que las operaciones estén debidamente sustentadas, que los registros sean oportunos y adecuados y que los saldos correspondan, las oficinas de control interno, deberán efectuar arqueos periódicos y sorpresivos independientemente de la verificación por parte de las dependencias financieras de los diferentes órganos y de las oficinas de auditoría. En todas las revisiones se debe tener en cuenta que la información oficial es la que se encuentra registrada en el SIIF Nación". Que el artículo 2.8.5.14. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 establece: "Reembolso. Los reembolsos se harán en la cuantía de los gastos realizados, sin exceder el monto previsto
en el respectivo rubro presupuestal, en forma mensual o cuando se haya consumido más de un setenta por ciento (70%), lo que ocurra primero, de algunos o todos los valores de los rubros presupuestales afectados. En el reembolso se deberán reportar los gastos realizados en todos los rubros presupuestales a fin de efectuar un corte de numeración y de fechas." Que es necesario constituir durante la vigencia 2021 una Caja Menor en la Procuraduría General de la Nación por una cuantía de VEINTIÚN MILLONES DE PESOS ($21.000.000) M/CTE., para cubrir gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, que por su premura y cuantía no pueden ser atendidos por los canales normales de contratación, por lo que es preciso disponer de mecanismos ágiles y oportunos que respondan a esas necesidades prioritarias, de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la División Administrativa, la cual hace parte integral de la presente Resolución. Que según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 19221 del 25 de febrero de 2021, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal, existe disponibilidad presupuestal por la suma de VEINTIÚN MILLONES DE PESOS ($21.000.000) M/cte. para la constitución de la Caja Menor. 2
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION RESOLUC-ftWito.r— U ei 1 DE 2021
(cid:9) 02 MAR 2021(cid:9) ) ( "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes,
imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2021" Que en mérito de lo expuesto; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Constituir una Caja Menor para cubrir gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, que por su premura y cuantía no pueden ser atendidos por los canales normales de contratación, por lo que es preciso disponer de mecanismos ágiles y oportunos que respondan a esas necesidades prioritarias, por una cuantía de VEINTIÚN MILLONES DE PESOS ($21.000.000) M/CTE. durante la vigencia fiscal 2021, cuya legalización definitiva se hará antes del 28 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar los conceptos del gasto que con cargo a esta Caja Menor se
pueden realizar, así:
2501 PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
UNIDAD EJECUTORA 250101
000-PGN GESTIÓN GENERAL
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
TIPO CIA SUEC 08J ORO SU90 ITEM SUBIT DETALLE VALOR
A 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 21.000.000
A 02 02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS 21.000.000
A 02 02 01 MATERIALES Y SUMINISTROS 9.100.000
A 02 02 01 002 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACO; TEXTILES, PRENDAS 500.000
A 02 02 01 002 007 ARTÍCULOS TEXTILES (EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR) 500.000
A 02 02 01 003 OTROS BIENES TRANSPORTABLES (EXCEPTO PRODUCTOS METÁUCOS) 3.150.000
A 02 02 01 003 001 PRODUCTOS DE MADERA. CORCHO, CESTERIAY ESPARTERÍA 300.000
A 02 02 01 003 002 PASTA O PULPA PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL: IMPRESOS 750.000
A 02 02 01 003 002 01 PASTA DE PAPEL, PAPEL Y CARTÓN 150 000
A 02 02 01 003 002 02 LIBROS IMPRESOS 100 000
DIARIOS, REVISTAS Y PUBLICACIONES PERIÓDICAS, PUBLICACOS POR
03 100.000
A 02 02 01 003 002 LO MENOS CUATRO VECES POR SEMANA
04 DIARIOS. REVISTAS Y PUBLICACIONES PERIÓDICAS, PUBLICADAS 100.000
A 02 02 01 003 002 MENOS DE CUATRO VECES POR SEMANA
MAPAS IMPRESOS; MÚSICA IMPRESA O EN MANUSCRITO; TARJETAS
100.000
A 02 02 01 003 002 05 POSTALES TARJETAS DE RELICITACIÓN, FOTOGRAFÍAS Y PLANOS
SELLOS, CHEQUERAS. BILLETES DE BANCO, TÍTULOS DE ACCIONES.
A 02 02 01 003 002 06 CATÁLOGOS Y FOLLETOS, MATERIAL PARA ANUNCIOS PUBLICITARIOS, Y 100 000
OTROS MATERIALES IMPRESOS LIBROS DE REGISTROS, LIBROS DE CONTABILIDAD, CUADERNOS DE A 02 02 01 003 002 07 NOTAS, BLOQUES PARA CARRTAS, AGENDAS Y ARTÍCULOS SIMLARES. 100 000
SECANTES, ENCUARDERNADORES. CLASIFICADORESPARAARCHIVOS A 02 02 01 003 005 OTROS PRODUCTOS QUMCOS; FIBRAS ARTIFICIALES 500.000
PINTURAS Y BARNICES Y PRODCTOS RELACIONADOS: COLORES PARA A 02 02 01 003 005 01 LA PINTURA ARTÍSTICA TINTAS 400.000
JABÓN, PREPARADOS PARA LIMPIEZA, PERFUMES Y PREPARADOS DE A 02 02 01 003 005 03 TOCADOR 100 DOO A 02 02 01 003 005 PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO 600.000
A 02 02 01 003 006 01 LLANTAS DE CAUCHO Y NEUMÁTICOS (CÁMARA DE AIRE) 300.000
A 02 02 01 003 006 02 OTROS PRODUCTOS DE CAUCHO 100.000
A 02 02 01 003 006 04 PRODUCTOS DE EMPAQUEY ENVASADO, DE PLAnc o 100.000
A 02 02 01 003 006 09 OTROS PRODUCTOS PLÁSTICOS 100.000
3 PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN NOCI 0 8 1 DE 2021 ((cid:9) 0 2 MAR 2021(cid:9) ) "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para /a vigencia fiscal 2021" TIPO CTA SUBC 08J ORO SUBO ITEM SUBIT DETALLE VALOR A 02 02 01 003 007 VIDRIO Y PRODUCTOS DE \ ADRIO Y OTROS PRODUCTOS NO METÁLICOS 500 000
PRODUCTOS REFRACTARIOS Y PRODUCTOS ESTRUCTURALES NO A 02 02 01 003 007 03
REFRACTARIOS DE ARCILLA 200 000
A 02 02 01 003 007 04 YESO, CAL Y CEMENTO 300.000
A 02 02 01 003 008 OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P. 500000
A 02 02 01 003 008 09 OTROS ARTICULOS MANUFACTURADOS N.C.P. 500000
A 02 02 01 004 PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO 5.450.000
A 02 02 01 004 002 PRODUCTOS METÁLICOS ELABORADOS (EXCEPTO MAQUINARIA Y EQ.) 1.500 000
A 02 02 01 004 005 MAQUINARIA DE OFICINA CONTABILIDAD E INFORMÁTICA 500.000
A 02 02 01 004 005 02 MAQUINARIA DE INFORMATICAY SUS PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS 500.000
A 02 02 01 004 006 MAQUINARIA Y APARATOS ELÉCTRICOS 2.000.000
APARATOS(cid:9) DE(cid:9) CONTROL(cid:9) ELÉCTRICO(cid:9) Y(cid:9) DISTRIBUCIÓN(cid:9) DE A 02 02 01 004 006 02
ELECTRICIDAD Y SUS PARTS Y PIEZAS 600.000
A 02 02 01 004 006 03 HILOS Y CABLES AISLADOS; CABLE DE FIBRAÓPTICA 700.000
A 02 02 01 004 006 04 ACUMULADORES, PILAS Y BATERÍAS PRIMARIAS Y SUS PARTES Y PIEZAS 200.000
A 02 02 01 004 006 09 OTRO EQUIPO ELÉCTRICO Y SUS PARTES Y PIEZAS 500.000
A 02 02 01 004 007 EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES 450.000
VALVULAS Y TUBOS ELECTRÓNICOS; COMPONENTES ELECTRONICOS, A 02 02 0 1 004 007 01
SUS PARTES Y PIEZAS 100000
DISCOS, CINTAS, DISPOSITIVOS DE ALMACENAMENTO EN ESTADO A 02 02 01 004 007 05
SÓLIDO NO VOLÁTILES Y OTROS MEDIOS, NO GRABADOS 150.000
A 02 02 01 004 007 08 PAQUETES DE SOFTWARE 200.000
A 02 02 01 004 008 APARATOS MÉDICOS, INSTRUMENTOS ÓPTICOS Y DE PRECISIÓN 1 000 000
INSTRUMENTOS Y APARATOS DE MEDICION, VERIFICACIÓN, ANÁLISIS, DE A 02 02 01 004 008 02 MAVEGACIÓN(cid:9) Y PARA OTROS FINES(cid:9) (EXCEPTO INSTRUMENTOS 700 000 ÓPTICOS), INSTRUMENTOS DE CONTROL DE PROCESOS INDUSTRIALES INTRUMENTOS ÓPTICOS Y EQUIPO FOTOGRAFICO: PARTES, PIEZAS Y A 02 02 01 004 008 03 300 000
ACCESORIOS A 02 02 02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 11.900.000
A 02 02 02 005 SERVICIOS DE LA CONSTRUCCIÓN 2.400.000
A 02 02 02 005 004 SERVICIOS DE LACONSTRUCCIÓN 2400,000
SERVICIOS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES NO A 02 02 02 005 004 01 2
RESIDENCIALES 300.000
SERVICIOS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN DE OTRAS OBRAS DE A 02 02 02 005 004 02 9
INGENIERÍA CM1 500.000
A 02 02 02 005 004 05 SERVICIOS ESPECIALES DE CONSTRUCCIÓN 700.000
A 02 02 02 005 004 06 SERVICIOS DE INSTAI M'ION 700.000
A 02 02 02 005 004 07 SERVICIOS DE TERMINACIÓN Y ACABADOS DE EDIFICIOS 200.000
A 02 02 02 006 ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMIMSTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS 3.000.000
A 02 02 02 006 003 ALOJAMIENTO: SERVICIOS DE SUMINISTROS DE COMIDAS Y BEBIDAS 3000.000
A 02 02 02 006 003 03 SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS 3000.000
A 02 02 02 008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 5.500.000
A 02 02 02 008 002 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTAB L ES 1.500.000
A 02 02 02 008 002 01 SERVCIOS JURÍDICOS 1.500 000
A 02 02 02 008 003 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TECNICOS 2500.000
SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y ELSUMINSITRO DE ESPACIO O TIEMPO A 02 02 02 008 003 06 1.500000
PUBLICITARIOS A 02 02 02 008 003 09 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS N.0 P. 1 000.000
A 02 02 02 008 007 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN E INSTALACIÓN 1 500.000
SER \ ACIOS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA DE A 02 02 02 008 007 01 2
OFICINA Y CONTABILIDAD 750 000
A 02 02 02 008 007 02 4 SERVICIO DE RAPARACIÓN DE MUEBLES 750 000
A 02 02 02 009 SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES Y PERSONALES 1.000.000
A 02 02 02 009 007 OTROS SERVICIOS 1 000.000
A 02 02 02 009 007 01 SERVICIOS DE LAVADO, LIMPIEZA Y TEÑIDO 1.000.000
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PROCURADURIA °MAI DE U III1E111 d 1
RESOLUCIÓN No,_ j DE 2021 2021 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2021" PARÁGRAFO: Cuando sea necesario realizar el pago de los gastos a que hace referencia este artículo, el Jefe de la respectiva dependencia o los Procuradores Judiciales, según el caso, deberán elevar por escrito la solicitud ante el responsable de la Caja Menor. Para los
efectos del rubro "Productos de Cafetería y Restaurante", se requiere la autorización previa y por escrito de la Procuradora General de la Nación, tal como lo señala el parágrafo 2° del artículo 2.8.5.5. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015. ARTÍCULO TERCERO. Asignar la administración de los fondos de Caja Menor que por esta resolución se constituye a LUIS FERNANDO DÍAZ ALBARRACÍN, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.296.550, Asesor, Código 1AS, Grado 19, de la División Administrativa (e), debidamente afianzado con la Póliza Global de Manejo vigente durante el año 2021, quien para su manejo utilizará cuenta corriente oficial a nombre de la Procuraduría General de la Nación, Caja Menor Recursos del Presupuesto Nacional.
PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento en que LUIS FERNANDO DÍAZ ÁLBARRACIN se encuentre en vacaciones, licencia, comisión o permiso, se encargará de dicha administración a DANIEL OSORIO MADERO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.948.072, Secretario Ejecutivo, Código 5SJ, Grado 12, con asignación de funciones en la División Administrativa, quien estará debidamente afianzado para el manejo de la misma, mientras subsista la situación, para lo cual sólo se requerirá de la entrega de los fondos y documentos mediante arqueo, tanto al recibo como a la entrega de la misma, lo cual deberá constar en el acta respectiva.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los citados funcionarios podrán manejar hasta dos (2) salarios
mínimos mensuales legales vigentes en efectivo. ARTÍCULO CUARTO. El funcionamiento de la Caja Menor de que trata la presente Resolución y en especial los trámites de legalización de los gastos, los reembolsos, el régimen de deberes, obligaciones y responsabilidades, y el sistema de controles, estarán sujetos a las disposiciones reglamentarias contenidas en el Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 y demás normas sobre control fiscal. ARTÍCULO QUINTO. Autorizar al Tesorero de la Entidad, para que gire a nombre de la Procuraduría General de la Nación, Caja Menor Recursos del Presupuesto Público Nacional, la suma aquí autorizada para la Caja Menor de la referencia, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 19221 del 25 de febrero de 2021, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 1068 de 2015 y demás normas que lo modifiquen, adicionen y/o deroguen. 5
PROCURADURIA
GENERAL DE LA PC ION
RESOLUD0N-Itor1 DE 2021 0 8 n 2 MAR 2021 "Por la cual se constituye una caja menor para atender gastos administrativos urgentes. imprevistos, inaplazables e imprescindibles, para la vigencia fiscal 2021" ARTÍCULO SEXTO. Remitir copia de esta resolución a la Oficina de Control Interno, a la División Administrativa, a los distintos grupos de la División Financiera de la Procuraduría General de la Nación y a la Aseguradora Axa Colpatria Seguros S.A.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
(cid:9) Dado en Bogotá D.C. a los 72 !
MAR ARITA CABELL LANCO
Pro uradora Gener Proyectó(cid:9) Fernando Diez Abarra/ División Administrativa Reviso(cid:9) Diego Alonso Bernal Acosta Jefe División Adresnisirauvaj Martha Patricia Ramos! Coordinadora Grupo de Ciad -(cid:9) re puesial edita Man Barbosa Pinzón / Jefe División Financiera Ramiro Aktana Blanco / Asesor Secretaria General Andrés Higuera / Profesional Despacho Procuradora(cid:9) eral de la Nacio Aprobó(cid:9) Paola García AtiStizábal / Secretar a General Javier Andrés Garcia / Despacho Procuradora Gen a de la Nactohlip 6