PGN - Resolución 85 de 2026
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 85 de 2026
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2026
7
PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN
COLOMBIA RESOLUCIÓN No. U 8 5 ( o 7 ABR 2026 ) "Por medio de la cual se delega la participación de la Procuraduría General de la Nación ante la Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas y se dictan otras disposiciones" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las contenidas en el artículo 277 de la Constitución Política y tos numerales 7y 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021 y CONSIDERANDO Que el artículo 275 de la Constitución Política determina que el Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público. Que, el artículo 277 Superior dispone que el Procurador General de la Nación ejerce sus funciones por sí o por medio de sus delegados y agentes. Que, el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, faculta al Procurador General de la Nación para expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley. Que el numeral 8 Ibidem contempla como función del Procurador General de la Nación, "Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad (...)". Que mediante el artículo 8 de la Ley 589 de 2000, se creó la "Comisión nacional y
Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad (...)". Que mediante el artículo 8 de la Ley 589 de 2000, se creó la "Comisión nacional y permanente de búsqueda de personas desaparecidas con el fin de apoyar y promover la investigación del delito de desaparición forzada en los casos que no se enmarquen en el contexto y en razón del conflicto armado, con pleno respeto de las competencias institucionales y de las facultades de los sujetos procesales (...)". Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 ibidem, la citada comisión está integrada entre otros por el Procurador General de la Nación o su delegado permanente. Que el Decreto 1862 de 2014, estableció el reglamento de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas creada por la Ley 589 de 2000. Que el numeral 2 del artículo 5 del referido decreto, consigna los deberes de los miembros de la comisión y dispone que deberán nombrar mediante acto administrativo a Los delegados permanentes que, en su ausencia, asistirán a las sesiones de la Comisión. Que, se hace necesario delegar la participación del Procurador General de la Nación en la Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas, para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 8 de la Ley 589 de 2000 y el artículo 5 del Decreto 1862 de 2014. Que, en mérito de Lo expuesto, el Procurador General de la Nación, Proceso: Documental ¡Código: DO-F-291 Versión: 31 Fecha: 24/10/2025COMUN E Y CÚMPLASE GREGO Procura General de la ion
GENERALRP tsi D E LA YA ÍBÓ N
Proceso: Documental ¡Código: DO-F-291 Versión: 31 Fecha: 24/10/2025COMUN E Y CÚMPLASE GREGO Procura General de la ion
GENERALRP tsi D E LA YA ÍBÓ N
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 0 8 5 ( o 7 1-nR 2026 ) "Por medio de la cual se delega la participación de la Procuraduría General de la Nación ante la Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas y se dictan otras disposiciones" RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. DELEGAR al Procurador Delegado con Funciones Mixtas 1. Para la Defensa de los Derechos Humanos, la participación permanente en la Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo. ARTICULO SEGUNDO. DESIGNAR al funcionario(a) que dentro de La Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 1. Para la Defensa de los Derechos Humanos coordine los asuntos relacionados con las desapariciones, como suplente en la Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas, cumpliendo las mismas funciones dispuestas para el delegado permanente. ARTÍCULO TERCERO. El delegado permanente o su suplente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada sesión ordinaria o extraordinaria de la Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas, deberá presentar un informe al Despacho del Procurador General de la Nación. ARTICULO CUARTO. COMUNICAR por intermedio del Grupo de Gestión de Personal de la
Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas, deberá presentar un informe al Despacho del Procurador General de la Nación. ARTICULO CUARTO. COMUNICAR por intermedio del Grupo de Gestión de Personal de la División de Gestión Humana al Procurador Delegado con Funciones Mixtas 1. Para la Defensa de los Derechos Humanos y al funcionario(a) que dentro de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 1. Para la Defensa de los Derechos Humanos coordine los asuntos relacionados con las desapariciones, sobre lo resuelto en el presente acto administrativo. ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga disposiciones • e le sean contrarias.
Proyectó: Luis Carlos Toledo Ruiz / Procuraduría Delegada para la Defensa dolos Derechos Humanos Revisó: Felipe Castaño Robledo / Procuraduría Delegada p ra la Defensa de los Derechos Humanos& Sandra Patricia Castaño Giralda / Oficina Jurídica Aprobado: Néstor Iván Osuna Patiño / Procurador Delegado pa La Defensa de tos Derechos Aura Yineth Correa Niño /Jefe Oficina Jurídica Procuraduría General de la Nació Gabriel José Romero Sundheim / Secretario General Procuraduría General Nación Proceso: Documental 1 Código: DO-F-29 i Versión: 3 I Fecha: 24/10/2025