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PGN - Resolución 87 de 2005

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 87 de 2005
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2005

RESOLUCION NUMERO 87 (18 MAR. 2005) Por medio de la cual se hace efectiva una sanción de Amonestación Escrita a un servidor de la entidad, en cumplimiento de un fallo disciplinario. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION (E) En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Política, numeral 7º. del artículo 7º. del Decreto 262 de 2000, y numeral 3 del artículo 172 de la i Ley 734 de 2002 CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el numeral 30 del artículo 172 de la Ley 734 de 2002 y el numeral 7 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, corresponde a este despacho hacer efectivas las sanciones impuestas en los fallos disciplinarios y expedir los actos administrativos correspondientes para desarrollar las funciones atribuidas por ley; Que mediante providencia de primera instancia, del 17 de mayo de 2004, dentro del proceso disciplinario No. 016-69668-2002 adelantado contra el funcionario SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, dispuso: "PRIMERO: Sancionar al doctor SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 70.073.447 de Medellín, en su condición de procurador 50 judicial II con sede en Barranquilla, para la época de los hechos con amonestación escrita con anotación en la hoja de vida, ..."; Que la mencionada providencia fue notificada al doctor SERGIO ALBERTO

AGUILAR RODRIGUEZ, el 7 de junio de 2004, advirtiéndole que procedía el recurso de apelación; Que el doctor SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, presentó y sustentó recurso de apelación contra la providencia de primera instancia, el 10 de junio de 2004; Que la Sala Disciplinaria de la Entidad, procedió a revisar por vía de apelación la decisión proferida por la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales y dispuso: PRIMERO. CONFIRMAR la decisión proferida por la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales de fecha 17 de mayo de 2004, mediante la cual sancionó al doctor SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.073.447 de Medellín, en su condición de Procurador 50 Judicial Penal II con sede en Barranquilla, con AMONESTACION ESCRITA CON ORDEN DE ANOTACION EN LA HOJA DE VIDA; Que la decisión de segunda instancia fue notificado por edicto, siendo fijado el 13 de octubre de 2004 y desfijado el 15 de octubre de 2004; Que el doctor SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, se encuentra actualmente vinculado al Organismo, en el cargo de Procurador 50 Judicial Penal II con sede en Barranquilla, Código 3PJ, Grado EC; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Hacer efectiva la sanción de AMONESTACION ESCRITA

CON ORDEN DE ANOTACION EN LA HOJA DE VIDA, al doctor SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía 70.073.447 expedida en Medellín, en su condición de Procurador 50 Judicial Penal II con sede en Barranquilla, Código 3PJ, Grado EC, para la época de los hechos, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

ARTICULO SEGUNDO: Anotar en la Hoja de Vida del doctor SERGIO ALBERTO AGUILAR RODRIGUEZ, la sanción de AMONESTACION ESCRITA, y remitir copia a la División de Registro y Control y Correspondencia, para efectos de la expedición del certificado de antecedentes.

ARTICULO TERCERO: Comunicar la presente providencia por intermedio de la División de Gestión Humana, al sancionado, su superior inmediato y al Grupo de Hojas de Vida, para los fines legales pertinentes.

ARTICULO CUARTO: Contra este Acto Administrativo no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con lo previsto por el artículo 50 del C.C.A.

ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los, 18 MAR. 2005 CARLOS ARTURO GOMEZ PAVAJEAU Procurador General de la Nación (E)

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