PGN - Resolución 98 de 2022
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 98 de 2022
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2022
PROCURADURIA
6E1E1 DE U IMCION RESOLetC±("1-Ne. O 98 ( 2 8 MAR 9n29(cid:9) ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Política y los numerales 6, 7, 34 y 38 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que el artículo 122 de la Constitución Política establece que "no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento [...]". Que los numerales 6 y 7 del Artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, facultan a la Procuradora General de la Nación para "Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación" y "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley'. Que el numeral 38 Ibídem, permite a la Procuradora General de la Nación "organizar las dependencias de la [entidad] para su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos en este decreto y, de acuerdo con las necesidades del servicio, sin establecer a cargo del Tesoro Público obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones". Que el artículo 3 del Decreto Ley 2535 de 1993 establece que el Estado podrá expedir el permiso a particulares para poseer, excepcionalmente, armas o sus partes. En el mismo
sentido, el parágrafo 2 del artículo 8 ibídem, establecen que "El Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Defensa Nacional, determinará las armas de uso privativo que puedan portar los miembros de los organismos nacionales de seguridad y otros cuerpos oficiales armados de carácter permanente creados o autorizados por la ley'. Que el artículo 1 del Decreto 1809 de 1994 y el parágrafo 1° del artículo 2.2.4.1.1. del Decreto 1070 de 2015, referente al porte de armas y municiones de guerra o de uso privativo de la fuerza pública, establecen: "Excepcionalmente, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y el Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), podrán poseer armas largas como fusiles y carabinas, previa autorización del Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional". Que el artículo 20 del Decreto Ley 262 de 2000, asigna entre otras, las siguientes funciones a la División de Seguridad.
PROCURADUR1
6ENPLDEIilA» REsoLizocuentb_ D 93 ( 26 MAR 127 ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" "(•• ) Prestar apoyo profesional y técnico al Procurador y al Viceprocurador en la formulación de políticas y programas de seguridad de la entidad. Garantizar, de conformidad con el reglamento de protección y seguridad que expida el Procurador General, la seguridad personal de los servidores y exservidores de la Procuraduría General y sus familias, cuando por razones de seguridad sea necesario, para
lo cual la entidad deberá disponer de los recursos humanos y físicos que se requieran. Prestar el servicio de protección y seguridad a los bienes de la Procuraduría General. 1.(cid:9) 4. Elaborar los estudios que se requieran para. garantizar la seguridad del Procurador General y demás servidores de la entidad. Llevar el inventario y garantizar el uso adecuado y mantenimiento del armamento y equipo logístico necesario para el cumplimiento de las funciones de seguridad. Formular propuestas para la celebración de convenios con organismos nacionales o internacionales, con el objeto de capacitar al personal de seguridad. Las demás que le asignen la ley y el Procurador General." Que la Resolución No. 0038 de 2002 organizó la División de Seguridad, creando unos grupos internos de trabajo, con sus respectivas funciones. Que la Resolución No. 253 del 9 de agosto de 2012 "Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público", modificada por las Resoluciones 203 de 2013; 413 de 2014; 321, 380 y 381 de 2015; establece los perfiles, inclusive para los servidores de la División de Seguridad. Que para el desarrollo y cabal cumplimiento de las funciones otorgadas legalmente a la División de Seguridad, se requiere reorganizar los grupos de trabajo existentes y crear un nuevo grupo, con el fin de armonizar las tareas administrativas y operativas a su cargo. Que bajo este contexto y en cumplimiento al marco normativo, la División de Seguridad debe
liderar y coordinar las actividades institucionales necesarias para prevenir y proteger de manera idónea, oportuna y eficaz a los servidores y ex servidores de la Procuraduría General de la Nación beneficiarios de medidas de protección, previo al estudio técnico de nivel de amenaza y riesgo. Que la seguridad de las instalaciones repercute de manera directa en los servidores y usuarios de la Entidad, lo que hace necesario incluir reglamentación en este sentido que permita adelantar estudios técnicos de seguridad de las instalaciones, con el fin de emitir recomendaciones para contrarrestar posibles afectaciones a nivel nacional. En mérito de lo expuesto, 2
PROCURADURIA
GENERAL DE LA IlÁCION
9 8 RESOL=151)11,10E. 0 ( 28 MAR 212- ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones"
RESUELVE: TÍTULO I De la organización interna de la División de Seguridad Artículo 1. Objeto: La presente resolución tiene por objeto establecer la organización interna de la División de Seguridad.
Artículo 2. Grupos de trabajo de la División de Seguridad: La División de Seguridad para el cumplimiento de sus funciones estará conformada por los siguientes grupos de trabajo: Grupo Gestión Integral de la Seguridad Grupo Estudios de Seguridad Grupo Protección a Personas Grupo Seguridad de las Instalaciones Artículo 3.(cid:9) Conformación(cid:9) y asignación(cid:9) de(cid:9) personal:(cid:9) Los grupos de trabajo, estarán conformados por un número variable de los servidores adscritos a la División de Seguridad, que serán designados por el Jefe de División, atendiendo criterios como la necesidad del
servicio y la carga laboral. TÍTULO II De los grupos de trabajo y sus funciones Artículo 4. Cada grupo contará con un coordinador (a) quien tendrá a su cargo la armonización de las funciones, objetivos y líneas estratégicas del respectivo grupo, así como el direccionamiento de los funcionarios asignados de conformidad con las directrices establecidas por la División de Seguridad. En desarrollo de lo anterior, los coordinadores (as) tendrán la facultad para: Emitir documentos, conceptos, informes y demás directrices frente a los trámites, procesos y procedimientos a cargo del grupo. Realizar las actividades requeridas con apoyo de los funcionarios a cargo para dar cabalidad a cada una de las funciones establecidas a cada grupo. Artículo 5. Grupo Gestión Integral de la Seguridad: Crear el Grupo Gestión Integral de la Seguridad, el cual tendrá las funciones de coordinar, articular, integrar y asesorar al Jefe de la División de Seguridad en asuntos relacionados con las competencias funcionales de la División de Seguridad, en el marco del proceso de Gestión de Seguridad y en el cumplimiento del Plan Estratégico de Seguridad Institucional (PESI) vigente en la Entidad. Para lo cual tendrá a su cargo las siguientes funciones. 3
PROCURADURIA
GUERAI DE II KACION RESOLI1C1~.0 98 ( 26 MAR 2n72(cid:9) ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" Garantizar el cumplimiento de las actividades definidas en el proceso de Gestión de Seguridad consistente en la prevención y control de hechos que puedan afectar la seguridad de servidores, bienes e instalaciones de la Entidad.
Formular el instrumento de administración y control para la gestión integral de las actividades definidas en el Plan Estratégico de Seguridad Institucional (PESI) aprobado por el Despacho del Procurador (a) General de la Nación. Solicitar y recibir información de las dependencias de la Procuraduría General de la Nación y demás autoridades con el fin de orientar la toma de decisiones que correspondan a la División de Seguridad. Diseñar protocolos de prevención en seguridad, de acuerdo con las directrices impartidas por el Jefe de la División de Seguridad, tendientes a mitigar los riesgos de la seguridad de los funcionarios de la Entidad y de las instalaciones. Gestionar, consolidar y actualizar la información requerida por la Oficina de Planeación de la Entidad. Gestionar el cumplimiento de las directrices de la Jefatura de la División en cuanto al control, mantenimiento y seguridad del parque automotor a cargo de la División, así como garantizar la adopción integral del Plan Estratégico de Seguridad Vial vigente en la entidad. Velar por la administración, conservación y mantenimiento de las armas de fuego, municiones y accesorios asignados a la División de Seguridad, bajo estrictas medidas de seguridad y en adecuadas condiciones de funcionamiento, almacenamiento y aseo. Las que por razón de sus funciones le correspondan de conformidad con la ley. Las demás que disponga el (la) Procurador (a) General de la Nación y/o el Jefe de la División de Seguridad. Artículo 6. Grupo Estudios de Seguridad: El Grupo de Estudios de Seguridad tendrá como finalidad coordinar y realizar las evaluaciones y revaluaciones del nivel de amenaza y riesgo
de los servidores y ex servidores de la Procuraduría General de la Nación que lo requieran, teniendo en cuenta las circunstancias de modo, tiempo, lugar y hechos de seguridad que ameriten su intervención. Para lo cual tendrá a su cargo las siguientes funciones: Aplicar las políticas, normas, procedimientos, planes y programas vigentes en la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo a las competencias del Grupo Estudios de Seguridad. Recopilar y analizar información in situ, aplicando criterios de enfoque diferencial que permitan identificar de forma oportuna, variables generadoras de amenaza y riesgo en los servidores y/o ex servidores objeto del Reglamento de Protección y Seguridad vigente en la Entidad, efectuando las revaluaciones pertinentes conforme a la temporalidad de las medidas o antes si se presentan hechos sobrevinientes que lo ameriten. Elaborar los estudios de seguridad física a las instalaciones donde la Procuraduría General de la Nación presta sus servicios. 4 PROCURADWRIA GENERAL E IANACION RESOLUCIÓN tsloii 98 ( 28 MAR 2022 ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" Dar trámite inmediato a las solicitudes urgentes de protección, que se reciban de cualquier servidor de la Entidad. Desarrollar metodologías que permitan mejorar el procedimiento de evaluación técnica del nivel de amenaza y riesgo, con fundamento en el análisis y aplicación de la jurisprudencia de las Altas Cortes, al igual que otros documentos que emitan entidades a nivel nacional e internacional en relación a la seguridad personal. Adelantar el procedimiento de análisis de amenaza y riesgo en los términos de oportunidad, eficiencia y eficacia establecidos en la ley y la normatividad interna de la
Entidad. Aplicar de manera integral el procedimiento interno establecido para realizar la inspección de seguridad o estudio técnico a las instalaciones. Las que por razón de sus funciones le correspondan de conformidad con la ley. Las demás que disponga el (la) Procurador (a) General de la Nación y/o el Jefe de la División de Seguridad. Artículo 7. Grupo Protección a Personas: El Grupo de Protección a Personas tendrá como finalidad implementar las medidas en materia de protección a personas, en el marco del Reglamento de Protección y Seguridad de la Procuraduría General de la Nación y demás disposiciones que le sean pertinentes. Para lo cual, desarrollará las siguientes funciones: Supervisar y evaluar el desempeño de los dispositivos de protección a cargo de la División de Seguridad y presentar al Jefe de la División de Seguridad las recomendaciones a que haya lugar. Articular con el Jefe del esquema de seguridad de la Policía Nacional, los recursos necesarios para la protección del (la) Procurador (a) General de la Nación y su núcleo familiar, de acuerdo con las disposiciones establecidas en este acto administrativo. Coordinar el recurso humano y técnico con el Jefe de la División de Seguridad, informando oportunamente las novedades y necesidades administrativas u operativas que afecten el servicio de protección. Seleccionar en coordinación con el Jefe de la División de Seguridad, los servidores que se desempeñarán como Jefe de Seguridad y jefes de turno que se requieran. Disponer del personal de avanzadas para los desplazamientos del (la) Procurador (a) y Viceprocurador (a) General de la Nación. Apoyar eventos liderados y organizados por la Entidad cuando sea necesario, evaluando
y coordinando los apoyos para mejorar las condiciones de seguridad. Realizar coordinaciones de seguridad con las autoridades político-administrativas a que haya lugar, para los diferentes eventos donde participen el (la) Procurador (a) y/o el (la) Viceprocurador (a) General. dé la Nación. Implementar códigos en el idioma operacional de comunicaciones (I0C) que disponga el Jefe de la División de Seguridad, en aras de preservar la seguridad de la información. 5 r
PROCU'.1URI
DE 11 MON
GENERAL
RESOL: 05M». O 9 13 ( 28 MAR 2022' ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" Realizar las gestiones necesarias ante el Grupo de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para preservar las condiciones de salud física y mental de los integrantes de los componentes de protección.
Las demás que por razón sus funciones le correspondan de conformidad con la Ley Las demás que disponga el (la) Procurador (a) General de la Nación y/o el Jefe de la División de Seguridad. Artículo 8. Marco del desempeño del Grupo Protección a Personas: Para el desempeño de sus funciones, los integrantes del Grupo Protección a Personas se sujetarán a lo dispuesto en el Reglamento de Protección y Seguridad vigente en la Procuraduría General de la Nación. Artículo 9. Grupo Seguridad de las Instalaciones: El Grupo de Seguridad de las Instalaciones velará por la salvaguarda de los bienes muebles e inmuebles de propiedad y dados al servicio de la Procuraduría General de la Nación en todo el territorio nacional y desarrollará las siguientes funciones:
Supervisar el contrato de prestación de servicios que se celebre con una compañía de seguridad y vigilancia privada, para la seguridad de las sedes de la Procuraduría General de la Nación ubicadas a nivel central y territorial. Vigilar y garantizar el cumplimiento de lo establecido en la "Guía Operativa de Seguridad de la Empresa de Vigilancia y Seguridad Privada". Coordinar con los respectivos Jefes de Seguridad, el ingreso de funcionarios del Gobierno Nacional y extranjero con sus respectivos acompañantes, durante las visitas que en razón de sus funciones se adelanten a la Procuraduría General de la Nación. Mantener, actualizar y difundir el protocolo de seguridad a instalaciones y coordinar con el Grupo de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo el plan de evacuación y plan de emergencia vigente en la Entidad. Propender por el adecuado funcionamiento y mantenimiento preventivo del Sistema Integrado de Seguridad. Establecer los servicios de apoyo a la seguridad de instalaciones. Mantener contacto con los Procuradores Regionales, Provinciales y Coordinadores Administrativos, para efectos de control de los servicios de seguridad prestados en las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación a través de la empresa de vigilancia privada. Ejercer la supervisión a los puestosde seguridad de las instalaciones donde exista servicios de vigilancia privada contratado por la Entidad. Reportar al Jefe de la División de Seguridad la ocurrencia de novedades que se llegaren a presentar en las sedes de la Entidad, a nivel central y territorial. Identificar y verificar los posibles riesgos que puedan recaer sobre los bienes puestos al servicio de la Procuraduría General de la Nación, informando oportunamente las
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PROCURADURIA
6E1E1 DE LÁ NO«
98 RESOLp4ION.140_. O ( 28 MAR 2022 ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" novedades que se presenten a la Jefatura de la División de Seguridad, para tomar las acciones pertinentes. Coordinar con el Grupo Estudios de Seguridad la actualización o realización de los estudios de seguridad física de las instalaciones, con el fin de aumentar los niveles de la Entidad. Vincularse activamente a los programas de prevención en seguridad, desarrollados por las diferentes autoridades del orden Nacional. Garantizar que todas las personas que ingresen a la Entidad, estén debidamente registradas en bases de datos establecidas para tal fin y salvaguardar la información recolectada, bajo el amparo de la normatividad de protección de datos vigente. Coordinar con los jefes de dependencias, la seguridad en los eventos que se realicen en los auditorios del nivel central, para brindar seguridad a los asistentes, funcionarios e instalaciones de la Entidad. Orientar y supervisar los registros o inspecciones periódicas a instalaciones, vehículos y objetos sometidos a revisión del binomio canino. Las demás que por razón de sus funciones le correspondan, de conformidad con la Ley y por disposición de la Jefatura de la División de Seguridad. TÍTULO III Disposiciones Generales: Artículo 10. Apoyo a la División de Seguridad: Los Procuradores Regionales y Provinciales, apoyarán con los medios disponibles ton que cuenten para el servicio y realizarán las concertaciones con las autoridades locales, para atender los requerimientos que efectúe la
División de Seguridad, dentro del principio de colaboración armónica entre las instituciones del Estado. Artículo 11. Acuerdo de confidencialidad: Todos los funcionarios de la División de Seguridad garantizarán la reserva en la información de la que tengan conocimiento de acuerdo con el proceso de Gestión de Seguridad, para lo cual suscribirán el acta de "Acuerdo de con fidencialidad de la información a funcionarios y personal de apoyo de la División de Seguridad' aprobada por la Entidad para la División de Seguridad. Artículo 12. Cooperación. El Jefe de la División de Seguridad en consideración al componente de Alianzas Estratégicas definido en el Plan Estratégico de Seguridad Institucional (PESI) estará facultado para llevar a cabo las siguientes funciones:
1. Formular propuestas para la celebración de convenios de cooperación y capacitación interinstitucional con organismos nacionales o internacionales, del orden público o privado, con sujeción a las normas legales vigentes, cuyo objeto sea capacitar al personal que integra la División y recibir asistencia técnica o apoyo a través del suministro de recursos
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PROCURADURIA
GENERAL DE LANACION RESOLUCtOISI.No. 98 ( 28 MAR 2022(cid:9) ) "Por la cual se organiza la División de Seguridad y se dictan otras disposiciones" y medios destinados a la protección de los beneficiarios de medidas de acuerdo con el Reglamento de Protección y Seguridad vigente en la Entidad. Articular con las autoridades competentes, las acciones a que haya lugar ante la comisión de posibles conductas penales por parte de actores internos o externos, con el fin de mejorar las condiciones de seguridad de la Entidad y de sus funcionarios.
Presentar solicitudes de información a los organismos de inteligencia y contrainteligencia del Estado, de conformidad con la Ley 1621 de 2013 y su Decreto Reglamentario 857 de 2014, con el fin de ser utilizada como criterio orientador para la toma de decisiones dentro de su órbita funcional. Realizar las coordinaciones necesarias con las autoridades que corresponda para el apoyo a los servidores y las instalaciones de la Entidad. Artículo 13. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Artículo 14. Derogatoria: La presente resolución deroga en su integridad las Resoluciones 356 de 2000, 0038 de 2002 y todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
—NÁARI MARGARI A CABELLO BLANC Procuradc a General de la N ón
Proyectó: John Andre Puentes Rojas / División de Seguridad
Astolfo Dalmiro Rivas Granjas / División de Seguridad
Revisó: (cid:9) Andrés Mauricio Rojas/ Profesional Oficina Jurídica
Andrés Higuera Africano / Asesor Secretaría Privada Luis Alejandro González / Asesor Viceprocuradora
Aprobó: (cid:9) Canos Alberto Vargas Rodríguez 1 División de Seguridad
Antonio Emiro Thomas Arias / Viceprocurador General de la Nación Jorge Humberto Serna Botero! Jefe Oficina Jurídica Javier Garcia Ávila / Secretario Privado Despacho Procuradora Genenr (Trazabilidad virtual) 8