PGN - Resolución 99 de 2021
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 99 de 2021
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCURADURIA GENERAL 0E14 PIACION RESOLUCIÓN No. —Q 99(cid:9) DE 2021
(cid:9) 9 2021'(cid:9) ) ( "Por medio de la cual se crea el Comité Directivo de la Procuraduría General de la Nación" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades y atribuciones constitucionales y legales, especialmente las contenidas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Política y los numerales 7 y 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 y CONSIDERANDO Que la Procuradora General de la Nación es la suprema directora del Ministerio Público. Que el artículo 277 de la Constitución Política establece como funciones de la Procuradora General de la Nación, entre otras: "1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; (...)
5. Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas".
Que el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 faculta a la Procuradora General de la Nación para: "Expedir actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley". Que el numeral 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 determina que es competencia de la Procuradora General de la Nación: "Crear comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previstos en la ley". Que la Procuraduría General de la Nación tiene el deber de concretar el marco
funcional trazado por la Constitución y la ley, por ende, le corresponde fijar los propósitos y objetivos que encaminan la misión institucional; formular las directrices, políticas y estrategias generales que orienten la gestión de la entidad en sus distintos ámbitos de competencia funcional y establecer y/o redefinir las metas y prioridades a nivel sectorial y territorial, de corto, mediano y largo plazo. 1
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. DE 2021 r 'n[9 2021 1 "Por medio de la cual se crea el Comité Directivo de la Procuraduría General de la Nación" Que es menester coordinar y hacer cumplir las funciones misionales de la Procuraduría General de la Nación a fin de que la entidad actúe de forma articulada y coordinada. Se tratarán temas que interesan al país día a día, se generará un informe ejecutivo, máximo un folio, documentado. Se establecerá y programará los informes, requerimientos o decisiones que deberán suscribirse a diario, semanal o mensual. Que, con fundamento en lo anterior, se considera necesaria la creación de un Comité Directivo con funciones específicas, que aborde las situaciones de mayor impacto a nivel nacional y realice un seguimiento efectivo de las acciones que, al respecto, se lleven cabo. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
CAPÍTULO I
CONFORMACIÓN Y MISIÓN ARTÍCULO PRIMERO: CREACIÓN. Crear el Comité Directivo de la Procuraduría General de la Nación (en adelante, el Comité), adscrito al Despacho de la Procuradora General de la Nación.
ARTÍCULO SEGUNDO: OBJETO. El Comité tendrá como objeto atender las situaciones de mayor importancia a nivel nacional, la articulación de las acciones que deban adelantar las Delegadas para abordar estos temas y la implementación de una metodología de seguimiento de estas labores.
ARTÍCULO SEGUNDO: CONFORMACIÓN. El Comité estará conformado por: La Procuradora General de la Nación, quien lo presidirá.
El Viceprocurador General de la Nación. La Procuradora Segunda Delegada para la Moralidad Pública El Secretario Privado del Despacho de la Procuradora General de la Nación. Un (1) Procurador Delegado como coordinador en materia penal. O Un (1) Procurador Delegado ante el Consejo de Estado como coordinador en materia administrativa. g) Un (1) Procurador Delegado como coordinador de intervención mixta. 2
PROCURADURIA
GENERAL DE L4 NACION
9 RESOLUCIÓNZIk3.112_ 0 9 (cid:9) DE 2021 ((cid:9) 16 AR 2021' "Por medio de la cual se crea el Comité Directivo de la Procuraduría General de la Nación" Un (1) Procurador Delegado como coordinador en materia disciplinaria. Un (1) Procurador Delegado como coordinador en materia preventiva.
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de ausencia de la Procuradora General de la Nación, el Comité Directivo será presidido por el Viceprocurador General de la
Nación.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los Procuradores Delegados para cada área serán designados mediante acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: FUNCIONES. El Comité tendrá las siguientes funciones:
Abordar temas de relevancia nacional. Formular las políticas en el marco de las actuaciones misionales de la entidad. Articular y coordinar las actuaciones en materia disciplinaria, preventiva y de intervención. Programar todos los temas que la entidad estudiará. Coordinar las decisiones que se deben proferir mensual, semanal o diariamente. Exigir una metodología ágil de trabajo y verificar su cumplimiento. Las demás que defina la Procuradora General de la Nación.
ARTÍCULO CUARTO: OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ.
Los miembros del Comité deberán cumplir las siguientes obligaciones: Asistir a las reuniones programadas por la Secretaria Técnica del Comité. Documentar de manera concreta los temas para darlos a conocer a la Procuradora General de la Nación en un informe ejecutivo de máximo un (1) folio, previa la celebración de las reuniones. Rendir al Comité los informes que este disponga, de acuerdo con los temas que allí se discutan. 3 PROC LU RESOLUCIÓNNo, n 9 DE 2021 „ v 15 14A7 7021, "Por medio de la cual se crea el Comité Directivo de la Procuraduría General de la Nación" CAPÍTULO II REUNIONES Y SECRETARÍA TÉCNICA ARTÍCULO QUINTO: REUNIONES. El Comité Directivo se reunirá todos los lunes de 7:00 A.M. a 9:00 A.M, de manera presencial o virtual. Cuando esta coincida con festivo, se celebrará el día hábil siguiente.
ARTÍCULO SEXTO: SECRETARÍA. La Secretaría Técnica del Comité Directivo de la Procuraduría General de la Nación estará a cargo del Secretario Privado
del Despacho de la Procuradora General de la Nación, quien levantará las actas de las reuniones correspondientes. CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO SÉPTIMO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
ARTÍCULO OCTAVO: COMUNICACIÓN. La Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación se encargará de comunicar la presente Resolución a los integrantes del Comité.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MARGA&tA CABELLO BLANCO Procur ora General de I(cid:9) on Proyectó:(cid:9) Marialicia López Iglesias / Asesora Despacho Procuradora General Revisó:(cid:9) María Mercedes Estupiñan Achury / Proc 357 JIIP —Despacho Procu dora General Andrés Higuera Africano (Profesional Despacho Procuradora General Aprobó:(cid:9) Maria Lourdes Hernández Mindiola / Proc. 2da Delegada para la Moral' a Pública Javier Andrés García (Secretario Privado Despacho Procuradora General 4