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PGN - RESOLUCION - Aceptación de renuncia a unos días de licencia ordinaria no remunerada

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Aceptación de renuncia a unos días de licencia ordinaria no remunerada
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

Le da alcance la Resolución 127 del 2004 RESOLUCION NUMERO 171 ( 25 MAYO 2004 ) Por medio de la cual se acepta la renuncia a unos días de licencia ordinaria no remunerada, concedida mediante resolución N° 127 del 23 de ABRIL de 2004. en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numeral 7° del artículo 7°, en concordancia con los artículos 110 a 113 y 115 del Decreto 262 de 2000 y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 del decreto 262 de 2000, la licencia ordinaria no es revocable por quien la concede, pero es renunciable por el beneficiario mediante escrito que deberá presentar ante el funcionario que la concede con tres (3) días de anticipación a la fecha que estima reincorporarse al servicio; Que por medio de resolución N° 127 del 23 de abril de 2004, se concedió licencia ordinaria no remunerada al funcionario ALEX BALLESTEROS BARROS, Procurador Judicial I adscrito a la Procuraduría Tercera Delegada para la Casación Penal, identificado con la cédula de ciudadanía N° 12.547,049, por el término de tres (3) meses contados a partir del 3 de mayo de 2004. Que mediante escrito fechado 17 de mayo, recibido vía fax, el profesional mencionado, presenta renuncia a la licencia otorgada a partir del 25 de mayo,; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar renuncia a la licencia ordinaria no remunerada, a partir del veinticinco (25) de mayo de 2004, concedida mediante resolución N° 127

del 23 de abril de 2004 al funcionario ALEX BALLESTEROS BARROS, Procurador Judicial I adscrito a la Procuraduría Tercera Delegada para la Casación Penal, identificado con la ciudadanía Nº 12.547.049, dadas las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente resolución por intermedio de la División de Gestión Humana a la interesada, igualmente informar a su superior Inmediato y a los Grupos de Cesantías, Nómina y Hojas de Vida, para lo de sus competencias.

ARTICULO TERCERO: La Presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición ; COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá, D,C., a los, 2 5 MAYO 2004

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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