PGN - RESOLUCION - Aclaración de la resolución 286 del 25 de junio de 2003
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Aclaración de la resolución 286 del 25 de junio de 2003
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2003
RESOLUCION NUMERO 2 8 9 ( 26 JUN. 2003 ) Por medio de la cual se aclara la resolución No. 286 del 25 de junio de 2003. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION (E) en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numeral 7° del articulo 7°, numeral 2 del articulo 1 7, en concordancia con los artículos 1 10 a 1 14 y 131 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 110, 111,112 y 131 del decreto 262 de 2000, los servidores tienen derecho por cada ano calendario a licencia ordinaria no remunerada hasta por tres (3) meses, en forma continua o discontinua, según lo solicite el interesado, la misma debe concederse siempre y cuando no obedezca a razones relacionadas con los impedimentos, inhabilidades o incompatibilidades señaladas en la Ley y, a su vencimiento, el servidor deberá reincorporarse de inmediato al ejercicio de sus funciones, so pena de incurrir en abandono del cargo; Que de acuerdo con lo previsto por el articulo 117 ibidem, " Las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades que la Ley establece se extienden a quienes se hallen en uso de licencia, y su violación constituye falta disciplinaria"; Que mediante resolución No 245 del 3 de junio de 2003, se concedió licencia no remunerada a la señora CLARA INES GUERRERO LOZANO, identificada con la cedula de ciudadanía No.51. 798.498, Oficinista, Grado 06, adscrita a la Unidad
Coordinadora para el Bloque de Cundinamarca, entre el 3 y el 27 de junio de 2003; Que según resolución numero 286 del 25 de junio de 2003, se concedió licencia no remunerada a la señora CLARA INES GUERRERO LOZANO, entre el 1 y el 31 de julio de 2003; Que en razón a que se trataba de prorroga, la licencia no remunerada debía concederse entre el 28 de junio y el 31 de julio de 2003; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Aclarar la resolución No 286 del 25 de junio de 2003, en el sentido de señalar que se prorroga la licencia ordinaria no remunerada a la señora CLARA INES GUERRERO LOZANO, identificada con la cedula de ciudadanía No. 51.798.498, Oficinista, Grado 06, adscrita a la Unidad Coordinadora para el Bloque de Cundinamarca, entre el 28 de junio y el 31 de julio de 2003, dadas las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
ARTICULO SEGUNDO: Comunicar la presente resolución por intermedio de la División de Gestión Humana a la interesada, haciéndole saber que al vencerse la licencia deberá reincorporarse de inmediato a sus funciones, igualmente informar a su superior inmediato y a los Grupos de Cesantías, Nomina y Hojas de Vida, para lo de sus competencias.
ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los, 26 JUN. 2003 CARLOS ARTURO GOMEZ PAVAJEAU Procurador General de la Nación (E)