PGN - RESOLUCION - Asignación de funciones a los personeros delegados en lo penal y munici
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Asignación de funciones a los personeros delegados en lo penal y munici
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCION NUMERO 080 (29 MAR. 2001) POR MEDIO DE LA CUAL SE ASIGNA UNA FUNCION A LOS PERSONEROS
DELEGADOS EN LO PENAL Y MUNICIPALES PARA QUE ACTUEN COMO
REPRESENTANTES DEL MINISTERIO PUBLICO ANTE LOS JUZGADOS PENALES Y/O
PROMISCUOS DEL CIRCUITO.
Bogotá D.C. El Procurador General de la Nación, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las contenidas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Nacional; artículo 7° del Decreto-Ley 262 del año 2000 y, CONSIDERANDO Que los artículos 275 y 277 de la Constitución Nacional determinan que el Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público y tiene entre otras funciones, intervenir en los procesos judiciales en defensa del orden jurídico, del patrimonio público y de los derechos y garantías fundamentales. Que el artículo 180 del Decreto-Ley 262 de 2000, señala los servidores que tienen la calidad de agentes del Ministerio Público, “son agentes del Ministerio Público, el Viceprocurador General, los procuradores delegados, los procuradores judiciales y los personeros distritales y municipales. Que el artículo 168 de la Ley 136 de 1994, determina que las personerías municipales y distritales son las entidades encargadas de ejercer el control administrativo en el municipio y cuentan con autonomía presupuestal y administrativa. Como tales, ejercerán las funciones de Ministerio Público que les confiere la Constitución Política y la Ley, así como las que les
delegue la Procuraduría General de la Nación. Que el numeral 5 del artículo 178 de la Ley 136 de 1994, faculta a los Personeros para intervenir eventualmente y por delegación del Procurador General de la Nación, en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales. Que en algunos Municipios del territorio nacional, no existen cargos de la Procuraduría General de la Nación, por lo cual, se hace necesario, designar a los Personeros Municipales, como Agentes del Ministerio Público, para que intervengan en calidad de sujetos procésales, con los derechos y obligaciones señalados por las normas adjetivas, en aquellos procesos que cursan en Juzgados Penales y/o Promiscuos del Circuito, en los que se encuentra acéfala la representación del Ministerio Público. En merito de lo expuesto el Procurador General de la Nación, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER que los Personeros Delegados en lo Penal y Municipales, actúen como representantes del Ministerio Público y ejerzan las funciones propias de su cargo e intervengan en calidad de sujetos procésales, con los derechos y obligaciones señalados por las normas adjetivas, en los procesos penales que cursan en los Juzgados Penales y/o Promiscuos del Circuito.
ARTICULO SEGUNDO: Las funciones señaladas en el artículo anterior serán ejercidas, sin perjuicio del cumplimiento de las consagradas en la Constitución y en la Ley para las
Personerías.
ARTICULO TERCERO: COMUNIQUESE la presente Resolución, a los titulares de las Personerías de aquellos Municipios en los que se encuentren ubicados Juzgados Penales y/o Promiscuos del Circuito que tengan acéfala la representación del Ministerio Público; para que una vez enterados de su contenido den cumplimiento a lo ordenado por este Despacho.
CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 28 MAR. 2001
CARLOS ARTURO GOMEZ PAVAJEAU
PROCURADOR GENERAL ( E )
JAHE/Logós…