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PGN - RESOLUCION - Convocatoria a elecciones en el comité paritario de salud ocupacional

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Convocatoria a elecciones en el comité paritario de salud ocupacional
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

Le da ALCANCE a la Resolución 285 del 2.001

CIRCULAR NUMERO 044

DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

PARA: FUNCIONARIOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL

DE LA NACIÓN

ASUNTO: ASIGNACIÓN FUNCIONES COORDINADORES

ADMINISTRATIVOS

FECHA: Bogotá, D. C., 12 de Octubre DEL 2001.

Me permito comunicarles, que continuando con el proceso de modernización Institucional se ha dispuesto mediante Resolución No. 285 del 18 de Septiembre del 2.001, que los Coordinadores Administrativos de las Procuraduría Regionales de Antioquia, Atlántico, Boyacá, Santander y Valle, desarrollen dentro de la circunscripción territorial de la respectiva Procuraduría Regional, las siguientes funciones:

1. Expedir constancias sobre tiempo de servicio, salario actual, descuentos salariales, y la fecha de retiro de los ex servidores de la procuraduría General.

2. Registrar en el Sistema de Información y Administración Financiera SIAF, los embargos que se soliciten contra los servidores de la Institución, informando al respectivo despacho judicial en los eventos en que no sea posible cumplirlos. El control del registro, estará a cargo del Procurador regional.

3. Verificar la capacidad de pago de las deducciones salariales por libranzas de los servidores de la Institución, a las Cooperativas, y demás descuentos, los cuales no podrán afectar el salario mínimo legal, ni rebasar el cincuenta por ciento (50%) del salario mensual del servidor, y registrarlos.

4. Expedir los desprendibles de pago mensuales de los servidores de la Procuraduría General que laboren en la respectiva regional.

Los coordinadores Administrativos mencionados asumirán las funciones a partir del lª de Noviembre del 2.001, en tanto que los demás, comenzarán a desarrollarlas en la medida en que se vaya extendiendo el servicio de red a las respectivas Procuradurías Regionales.

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

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