PGN - RESOLUCION - Creación de la comisión nacional de defensa del patrimonio público y la
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Creación de la comisión nacional de defensa del patrimonio público y la
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades constitucionales y legales establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y, en particular de las conferidas en los numerales 6, 7 y 34 del artículo 7 del Decreto Ley No. 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en los numerales 1, 3, 4 y 5 del artículo 277 de la Constitución Política, el Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tiene, entre otras, las funciones de vigilar el cumplimiento del ordenamiento jurídico, de las decisiones judiciales y de los actos administrativos; velar por la defensa de los intereses de la sociedad; defender los derechos colectivos y vigilar el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas. Que conforme al numeral 7 del artículo 277 de la Constitución Política, es función de la Procuraduría General de la Nación “Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.” Que para el cumplimiento de las anteriores funciones, la Procuraduría General de la Nación tiene la potestad de interponer las acciones constitucionales y legales que considere necesarias, entre otras, aquéllas de que conoce la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, de acuerdo con lo establecido en
el inciso final del artículo 277 de la Constitución Política. Que en desarrollo de lo anterior, los numerales 6 y 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, establecen como funciones del Procurador General de la Nación las de “Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación”, y “Crear comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previstos en la ley”. Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 1 Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa Que el parágrafo del numeral 58 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, reitera que el Procurador General de la Nación, en relación con las funciones establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y las demás atribuidas por el legislador, “(…) podrá ejercerlas por sí, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, en los términos establecidos en este decreto”. Que los Procuradores Delegados ante el Consejo de Estado, de conformidad con el numeral 7 del artículo 30 del Decreto Ley 262 de 2000, están facultados para interponer acciones de nulidad de actos administrativos y acciones de nulidad absoluta de contratos estatales, cuando a ello hubiere lugar.
Que los Procuradores Judiciales, entre ellos los administrativos, ejercen, entre otras, funciones preventivas y de control de gestión, disciplinarias, de protección, de defensa de los derechos humanos y de intervención ante las autoridades administrativas y judiciales, de conformidad con lo estipulado por los artículos 37 y 44 del Decreto Ley 262 de 2000. Que los Procuradores Judiciales, entre ellos los administrativos, pueden, según los numerales 1 y 2 del artículo 38 del mismo texto legal, “Interponer las acciones populares, de tutela, de cumplimiento, de nulidad de actos administrativos y nulidad absoluta de los contratos estatales, y las demás que resulten conducentes para asegurar la defensa del orden jurídico, en especial las garantías y los derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos o del ambiente o el patrimonio público”, e intervenir en el trámite de las acciones de tutela que adelanten las autoridades judiciales ante quienes actúan, con los mismos propósitos anteriores. Que de acuerdo con las competencias constitucionales y legales descritas, se considera necesario establecer una Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa que coordine, dirija, implemente e interponga, en nombre del Ministerio Público, las acciones públicas a las que se refieren el numeral 7 del artículo 30 y los numerales 1 y 2 del artículo 38 del Decreto Ley 262 de 2000, que se tramitan ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en defensa del patrimonio público y de la moralidad administrativa. Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 2
Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa
R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Creación. Créase la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa -en adelante la Comisión-, con el fin de defender el patrimonio público y consolidar la moralidad administrativa, a través del adecuado ejercicio y trámite de las diferentes acciones públicas que sobre tales materias sean de conocimiento de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Conformación. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros: a) El Viceprocurador General de la Nación, quien la presidirá. Para el desarrollo de la anterior función contará con el apoyo directo del Procurador Primero Judicial para asuntos Administrativos. b) El Procurador Primero Delegado ante el Consejo de Estado, quien actuará como Vicepresidente. c) Los Procuradores Delegados Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo ante el Consejo de Estado.
d) El Procurador Delegado para la Moralidad Pública. e) Los Procuradores Delegados Primero y Segundo para la Contratación Estatal. e) El Procurador Delegado para la Descentralización y las Entidades Territoriales. f) El Procurador Delegado para la Prevención de la Función Pública.
g) El Procurador Delegado para la Economía y la Hacienda Pública. h) El Director Nacional de Investigaciones Especiales.
ARTÍCULO TERCERO: Funciones especiales. La Comisión tendrá la función de coordinar, dirigir e implementar la iniciación de las acciones constitucionales y legales destinadas a la garantía del patrimonio público y la moralidad Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 3
Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa administrativa que pueden ser presentadas por los Procuradores Delegados ante el Consejo de Estado y por los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos. Igualmente designará al Secretario Técnico de la Comisión.
ARTÍCULO CUARTO: Zonas de gestión y coordinación. Para efectos de lograr una eficiente actuación por parte de la Procuraduría General de la Nación en los temas materia de esta resolución, el territorio nacional se dividirá en las zonas de gestión previstas en la Resolución No. 466 del 5 de diciembre de 2002, cada una de las cuales, para estos efectos, estará a cargo de los Procuradores Delegados ante el Consejo de Estado, en el siguiente orden: a) La Procuraduría Segunda Delegada ante el Consejo de Estado coordinará la Zona Suroccidental, con sede en la ciudad de Cali, integrada por
los departamentos de Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Quindío y Risaralda. Para el desarrollo de estas funciones contará a nivel regional con los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos números 13, 18, 19, 20, 35, 36, 37, 38, 39 y 40, quienes actúan ante los Tribunales Contencioso Administrativos del Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Quindío y Risaralda. b) La Procuraduría Tercera Delegada ante el Consejo de Estado coordinará la Zona Central, con sede en la ciudad de Bogotá, e integrada por los departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila, Caquetá, Putumayo y Amazonas. Para el desarrollo de estas funciones contará a nivel regional con los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos números 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 25, 26, 27, 34, 45, 46, 50, 51 y 55, quienes actúan ante los Tribunales Contencioso Administrativos de Cundinamarca, Tolima, Huila y Caquetá. c) La Procuraduría Cuarta Delegada ante el Consejo de Estado coordinará la Zona Nororiental, con sede en la ciudad de Bucaramanga, integrada por los departamentos de Santander, Norte de Santander, Casanare y Arauca. Para el desarrollo de estas funciones contará a nivel regional con los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos números 16, 17, 23, 24, 52 y 53, quienes actúan ante los Tribunales Contencioso Administrativos de Santander,
Norte de Santander, Casanare y Arauca. d) La Procuraduría Quinta Delegada ante el Consejo de Estado coordinará la Zona Suroriental, con sede en la ciudad de Villavicencio, e integrada por los Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 4 Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa departamentos de Meta, Vichada, Vaupés, Guaviare y Guainía. Para el desarrollo de estas funciones contará a nivel regional con los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos números 48 y 49, quienes actúan ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta y, por delegación del Procurador General de la Nación, interpondrán las acciones constitucionales y legales en defensa del patrimonio público y la moralidad administrativa que deban incoarse por irregularidades que se presenten en los departamentos de Vichada, Vaupés, Guaviare y Guainía. e) La Procuraduría Sexta Delegada ante el Consejo de Estado coordinará la Zona Norte, con sede en la ciudad de Barranquilla, integrada por los departamentos de Atlántico, Cesar, Guajira, Magdalena, Bolívar, Sucre y San Andrés. Para el desarrollo de estas funciones contará a nivel regional con los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos números 14, 15, 21, 22,
42, 43, 44, 47 y 54, quienes actúan ante los Tribunales Contencioso Administrativos de Atlántico, Magdalena, Bolívar, Cesar, Guajira, Sucre y San Andrés. f) La Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado coordinará la Zona Noroccidental, con sede en la ciudad de Medellín, integrada por los departamentos de Antioquia, Chocó, Córdoba y Caldas. Para el desarrollo de estas funciones contará a nivel regional con los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos números 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 41, quines actúan ante los Tribunales Contencioso Administrativos de Antioquia, Chocó, Córdoba y Caldas. PARÁGRAFO PRIMERO. Los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos que actúan ante los distintos Tribunales Contencioso Administrativos del país, de conformidad con la distribución anterior, interpondrán las diferentes acciones públicas encaminadas a la defensa del patrimonio público y la moralidad administrativa, según lo establezca la Comisión. PARÁGRAFO SEGUNDO. En desarrollo de la Ley 815 de 2003, por la cual se habilita el servicio de judicatura ad honorem en la Procuraduría General de la Nación, los estudiantes previamente seleccionados, y una vez reciban capacitación en la materia, servirán de apoyo a los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos. Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 5 Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co
RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa PARÁGRAFO TERCERO. Sin perjuicio de la distribución de funciones anteriormente señalada, el Viceprocurador General de la Nación, en su condición de Presidente de la Comisión, podrá efectuar asignaciones especiales de acuerdo con la naturaleza y especialidad de la acción pública que deba instaurarse. PARÁGRAFO CUARTO. Las acciones públicas que deban instaurarse por hechos que atenten contra la moralidad administrativa o el patrimonio público en el departamento del Amazonas, serán dirigidas e implementadas por la Coordinación de la zona central, teniendo en cuenta que el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, conforme al Acuerdo 088 de 9 de mayo de 1996 expedido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, conoce de las controversias contencioso administrativos de esa jurisdicción territorial.
ARTÍCULO QUINTO: Responsabilidades de los coordinadores. Los Procuradores Delegados ante el Consejo de Estado que tienen a su cargo labores de coordinación, ejercerán las siguientes funciones: a) Coordinar la actuación de los Procuradores Judiciales para asuntos Administrativos en cada una de las zonas. b) Interponer, cuando sea del caso, las acciones públicas a que se refiere esta resolución. c) Presentar trimestralmente al Presidente de la Comisión, a partir de la publicación de esta resolución, un informe respecto de las actuaciones llevadas a cabo por los Procuradores Judiciales para
asuntos Administrativos, bajo su coordinación. Para cumplir con estas funciones los coordinadores contarán con el apoyo de la Unidad Coordinadora de las Procuradurías Delegadas ante el Consejo de Estado; por lo que se adiciona la Resolución 359 de 10 de octubre de 2002 “Por la cual se conforma la Unidad Coordinadora de las Procuradurías Delegadas ante el Consejo de Estado”. Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 6 Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa
ARTÍCULO SEXTO: Funciones del Secretario Técnico de la Comisión.
Serán funciones del Secretario Técnico de la Comisión: a) Elaborar las actas de cada sesión de la Comisión. b) Registrar la información sobre las acciones públicas que se interpongan en desarrollo de la presente resolución. c) Las demás que le asigne la Comisión. Para cumplir con estas funciones el Secretario Técnico contará con el apoyo de la Unidad Coordinadora de las Procuradurías Judiciales ante lo Contencioso Administrativo; por lo que se adiciona la Resolución 358 de 10 de octubre de 2002 “Por la cual se conforma la Unidad Coordinadora de las Procuradurías Judiciales ante lo Contencioso Administrativo”.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Soporte. La Comisión contará con el apoyo logístico de
la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, de la Secretaría General de la Entidad, de la Veeduría y demás dependencias de la Procuraduría General de la Nación, cuando para el adecuado ejercicio de sus funciones así lo requiera.
ARTÍCULO NOVENO: Coordinación interinstitucional. La Comisión podrá solicitar el apoyo de las distintas autoridades, con el fin de obtener las informaciones necesarias para cumplir adecuadamente con sus funciones.
ARTÍCULO DÉCIMO: Reuniones. La Comisión se reunirá cada dos (2) meses, el segundo día hábil del respectivo mes o por convocatoria de su Presidente, cuando lo considere necesario.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Publicación en la página WEB. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición; será insertada en la página WEB de la Procuraduría General de la Nación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 7 Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESOLUCIÓN NÚMERO 192 17 de junio de 2004 Por medio de la cual se crea en la Procuraduría General de la Nación la Comisión Nacional de Defensa del Patrimonio Público y la Moralidad Administrativa
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE:
Dada en Bogotá, D. C., a los 17 JUN. 2004
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación Despacho Procurador General de la Nación Ext.: 12502-12527 emaya@procuraduria.gov.co 8 Carrera 5 No. 15-80 Piso 25 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co