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PGN - RESOLUCION - Creación de la secretaría de asistencia técnica para los derechos human

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Creación de la secretaría de asistencia técnica para los derechos human
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

Modificada por la resolución 74 de 2001 287 de 2005 Revocada por la resolución 154 de 2011 RESOLUCION NÚMERO 0 5 4 (06 MAR 2001) Por la cual se crea la SECRETARIA DE ASISTENCIA TECNICA (SAT) para la coordinación y cumplimiento del Acta de Entendimiento entre la Procuraduría General de la Nación y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y se establecen sus funciones: El Procurador General en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le concede el artículo 7, numerales 6,7,10 y 30 del Decreto 262 del año 2000,

RESUELVE: Artículo 1°.- Créase la SECRETARIA DE ASISTENCIA TECNICA (SAT), dependiente del Procurador General, para dar cumplimiento del Acta de Entendimiento entre la Procuraduría General de la Nación y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los

Derechos Humanos. Artículo 2°.- Conformación. Conformaran la Secretaría, por parte de la Procuraduría General, la asesora para los Derechos Humanos del Procurador General, Dra. MARIA CARRIZOSA; las Asesoras del Despacho del Procurador General, Dra., GLADYS JIMENO y Dra., CATALINA SANDOVAL y el Asesor del Viceprocurador General, Dr. OSCAR JULIAN GUERRERO PERALTA. Por parte de la OACNUDH el consultor designado por dicha entidad. Articulo 3°- Secretaría. Estará encargada de la Secretaría de la SAT la Dra. María Carrizosa.

Articulo 4°.- Funciones. Serán funciones de la Secretaría de Asistencia Técnica (SAT) las siguientes: 1.- Coordinar la relación entre la Procuraduría General y la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en Colombia (OACNUDH) para efectos de dar cumplimiento al Acta de Entendimiento. 2.- Elaborar los lineamientos generales que guiarán la ejecución de los proyectos de cooperación que se propongan. 3.- Elaborar un plan de trabajo, así como los cronogramas y demás propuestas que resulten necesarias para garantizar la adecuada ejecución de los proyectos. 4.- Centralizar la información y documentación relacionada con los proyectos de cooperación en ejecución. 5.- Hacer evaluaciones, seguimiento y proponer correctivos sobre el desarrollo de los proyectos de cooperación. 6.- Elaborar la evaluación final de los proyectos y presentarla con recomendaciones, para aprobación de las partes. Articulo 5°.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,

EDGARDO JOSE MAYA VILLAZON

Procurador General de la Nación Dada en Bogotá, D.C., a los 06 Marzo 2001.

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