PGN - RESOLUCION - Creación de la secretaría de asistencia técnica para los derechos human
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Creación de la secretaría de asistencia técnica para los derechos human
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
Modificada por la resolución 74 de 2001 287 de 2005 Revocada por la resolución 154 de 2011 RESOLUCION NÚMERO 0 5 4 (06 MAR 2001) Por la cual se crea la SECRETARIA DE ASISTENCIA TECNICA (SAT) para la coordinación y cumplimiento del Acta de Entendimiento entre la Procuraduría General de la Nación y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y se establecen sus funciones: El Procurador General en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le concede el artículo 7, numerales 6,7,10 y 30 del Decreto 262 del año 2000,
RESUELVE: Artículo 1°.- Créase la SECRETARIA DE ASISTENCIA TECNICA (SAT), dependiente del Procurador General, para dar cumplimiento del Acta de Entendimiento entre la Procuraduría General de la Nación y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos. Artículo 2°.- Conformación. Conformaran la Secretaría, por parte de la Procuraduría General, la asesora para los Derechos Humanos del Procurador General, Dra. MARIA CARRIZOSA; las Asesoras del Despacho del Procurador General, Dra., GLADYS JIMENO y Dra., CATALINA SANDOVAL y el Asesor del Viceprocurador General, Dr. OSCAR JULIAN GUERRERO PERALTA. Por parte de la OACNUDH el consultor designado por dicha entidad. Articulo 3°- Secretaría. Estará encargada de la Secretaría de la SAT la Dra. María Carrizosa.
Articulo 4°.- Funciones. Serán funciones de la Secretaría de Asistencia Técnica (SAT) las siguientes: 1.- Coordinar la relación entre la Procuraduría General y la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en Colombia (OACNUDH) para efectos de dar cumplimiento al Acta de Entendimiento. 2.- Elaborar los lineamientos generales que guiarán la ejecución de los proyectos de cooperación que se propongan. 3.- Elaborar un plan de trabajo, así como los cronogramas y demás propuestas que resulten necesarias para garantizar la adecuada ejecución de los proyectos. 4.- Centralizar la información y documentación relacionada con los proyectos de cooperación en ejecución. 5.- Hacer evaluaciones, seguimiento y proponer correctivos sobre el desarrollo de los proyectos de cooperación. 6.- Elaborar la evaluación final de los proyectos y presentarla con recomendaciones, para aprobación de las partes. Articulo 5°.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,
EDGARDO JOSE MAYA VILLAZON
Procurador General de la Nación Dada en Bogotá, D.C., a los 06 Marzo 2001.