PGN - RESOLUCION - Creación del comité de seguimiento a la gestión administrativa del nive
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Creación del comité de seguimiento a la gestión administrativa del nive
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCION NUMERO 4 7 2 ( 13 DIC. 2002 ) "Por medio de la cual se crea el Comité de seguimiento a la Gestión Administrativa del nivel Territorial" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las facultades legales y, en especial las contenidas en los numerales 79 y 349 del Artículo 7 del Decreto 262 de 2000 y, CONSIDERANDO Que corresponde al Procurador General de la Nación según lo establecido en eI numeral 79 del Artículo 7 del Decreto 262 de febrero 22 de 2000, "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para el desarrollo de las funciones atribuidas por la ley",en concordancia con lo establecido en el numeral 34ª. del mismo artículo, el cual le confiere facultades para "Crear comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previsto en la ley". Que en desarrollo de la Gerencia Pública Regional y para dar cumplimiento a las normas de carácter presupuestal, contable y de contratación administrativa, la Entidad requiere desarrollar estrategias de control encaminadas a maximizar los recursos asignados al nivel territorial. Que para consolidar un modelo de gestión por resultados, y para efectuar la asesoría, dirección, y control de la gestión administrativa de las zonales y e regionales, se requiere conformar un Comité de control y seguimiento a la gestión .administrativa de la Zonas y regionales, que tiene como finalidad dotar a la Procuraduría General de la Nación de una metodología técnica que le permita definir, las necesidades reales del nivel territorial, para reducir la brecha entre el . C nivel
regional y el nivel central con fundamento en la demanda de servicio que realiza la sociedad, la Entidad, en el corto, mediano y largo plazo.
RESUELVE:
ARTICULO 1º. Creación. Créase el Comité de seguimiento a la Gestión Administrativa de las Zonales y .Regionales, como un grupo interdisciplinario encargado de presentar informes gerenciales al Secretario General, con el fin de brindar una herramienta de .análisis, para la toma de decisiones, frente a las fortalezas y vulnerabilidades de carácter administrativo de las dependencias del nivel territorial; además permitan el establecimiento de metas concretas en cada una de las Zonas, a partir de las estrategias señaladas por el nivel central. ARTICULO 2ª. Conformación El Comité estará integrado por un delegado de cada una de las siguientes dependencias: Secretaria General División Financiera División Administrativa División de Gestión Humana División de Centro de Atención al Público Oficina de Sistemas Oficina de Planeación Parágrafo: Para los temas que requieran de información especifica, se podrá Invitar funcionarios de otras dependencias. ARTICULO 3ª. Funciones El comité tendrá las siguientes funciones:
1. Crear tableros de control, para administrar los grandes volúmenes de información que manejan las zonales en forma mensual, para adaptarlos a la compleja realidad operativa.
2. Crear y ajustar los estándares e indicadores de calidad, para el nivel Regional y las Zonales.
3. Coordinar la comunicación entre el nivel Regional, Zonal y el nivel Central, e implementar la comunicación entre Regionales, para generar dinámicas
de colaboración entre Regionales.
4. Asesorar a los Coordinadores de eje de gestión administrativas sobre el manejo de las tableros de control.
5. Brindar información económica -financiera, del nivel Regional, comparando la información real con la presupuestal.
6. Verificar el cumplimiento de las políticas e instrucciones sobre temas de carácter administrativo.
7. Presentar a consideración de la Secretaría General la evaluación sobre la eficiencia operativa y de gestión Zonal y Regional.
8. Asesorar a la Secretaría General sobre la forma de elevar la productividad, optimizando la información disponible, para mejorar la toma de decisiones.
9. Establecer la viabilidad de convenios zonales o regionales para la minimización de costos con impacto económicosocial. 10.Crear un archivo documental de las solicitudes y recomendaciones realizadas por las dependencias adscritas a la Secretaria General, generando un informe periódico sobre el cumplimiento por parte de las zonales. 11.Informar sobre los lotes de bienes sujetos a baja en el nivel regional. 12.Consolidar los informes de interventoría sobre obras o adecuaciones locativas del nivel Regional, para velar que los recursos provistos fueron adecuadamente utilizados. 13.Presentar semestralmente las necesidades atendidas e insatisfechas del nivel Regional. 14.Generar controles de consumo sobre los servicios públicos del nivel Regional y asesorar al Secretario General sobre las posibles estrategias de reducción. 15.Realizar seguimiento a las bajas de bienes por siniestros y su respectiva reposición por parte de la Entidad Aseguradora. 16.Supervisar la ejecución de los planes de mejoramiento, y metas
propuestas por las zonales. 17.Supervisar el cumplimiento del plan de compras. 18.Coordinar, la utilización de formatos y documentos para estandarizar los soportes documentales de carácter administrativo en las zonales. 19.Realizar seguimiento a los gastos por concepto de viáticos y gastos de transporte, presentando recomendaciones tendientes a fortalecer el proceso y minimizar gastos. 20.Coordinar los seminarios de actualización sobre temas relacionados con la Administración de personal, Contratación, Presupuesto, Contabilidad y demás temas afines a la Secretaria General. 21.Las demás que señale la Secretaría General. ARTICULO 4ª. Sesiones. El comité se reunirá una vez al mes y extraordinariamente cuando se requiera presentar un informe adicional. A las sesiones del Comité asistirá cualquiera de los funcionarios asignados al grupo que coordina el desarrollo de la Gerencia Pública Regional. Al Comité podrán ser invitados los funcionarios a que haya lugar para el cabal ejercicio de sus responsabilidades. ARTICULO 5ª. Línea de atención sobre información Regional. El comité contará con una línea de atención para orientar sobre procedimientos administrativos y financieros, de igual forma canalizara la comunicación entre el nivel Regional y la Dependencia que deba atender las solicitudes, verificando la oportuna y eficiente solución. ARTICULO 6ª. Sistemas de información. El comité, tendrá acceso al sistema administrativo y financiero SIAF, en el modo de consulta, para facilitar consolidar información y correlacionar los informes Regionales con la información del nivel central. ARTICULO 7ª. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 1 3 DIC. 2002
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación