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PGN - RESOLUCION - Implementación del plan de emergencia de la sede manuel mejía de la pgn

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Implementación del plan de emergencia de la sede manuel mejía de la pgn
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCION NUMERO 045 ( 11 FEB.2004 ) Por la cual se implementa el Plan de Emergencia en las instalaciones de la Sede Edificio Manuel Mejía de la Procuraduría General de la Nación. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION En uso de sus facultades legales y reglamentarias especialmente las contenidas en el numeral 70 del artículo 70 del Decreto 262 de 2000 de la Procuraduría General de la Nación, en el Decreto 614 de 1984 y la Resolución N° 1016 de 1989 del Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social y, CONSIDERANDO Que el Decreto 614 de 1984 en sus artículos 28,29 Y 30, establece la obligación de adelantar programas de salud ocupacional por parte de patronos empleadores, indicando los parámetros para la aplicación del citado programa. Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social expidió la Resolución N° 1016 del 31 de Marzo de 1989, la cual determina que el programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial. Que la misma Resolución en el numeral 18 de su artículo 11, establece la organización y desarrollo de planes de emergencia y en el literal c) del mismo numeral, se define como una de las principales actividades del subprograma de Higiene y Seguridad Industrial la conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación) donde existan sedes de la Entidad. Que de conformidad con el numeral 11 de la circular 001 de Junio de 2003, emanada de la

Dirección de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social, determina que las Administradoras de Riesgos Profesionales deben asesorar a sus empresas afiliadas en la conformación, adiestramiento y capacitación de las Brigadas de Emergencia, elaboración de planes de emergencia y en el proceso de información y la sensibilización a todos los trabajadores de las empresas sobre la importancia de dichas brigadas. Que en el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial de la Procuraduría General de la Nación aprobado con el N° 139 del 17 de febrero de 1.999, la Entidad se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguran una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Que en virtud de la Resolución N° 468 de Diciembre de 2003, por la cual se adoptan planes de emergencia y se establece la conformación, capacitación de brigadas de emergencia, se hace necesario implementar el Plan de emergencias' en la sede del Edificio Manuel Mejía. Que En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Implementar en las dependencias de la procuraduría General de la Nación ubicada en la Cra 10 N° 16 -82 el Plan de Emergencia, que hace parte de la Resolución.

ARTICULO SEGUNDO: Designar como Jefe del Plan de Emergencia al funcionario de la División de Seguridad que esté a cargo en esa sede, y como suplente al Coordinador de las Procuradurías Judiciales administrativas.

ARTICULO TERCERO: Designar como jefes de los pisos en donde funciona la Procuraduría General de la Nación, a los servidores de más alta jerarquía de cada piso y

en caso de existir dos con la misma jerarquía, será designado el funcionario que lleve más tiempo de servicios en la Entidad; el suplente será el que le sigue en jerarquía o en tiempo de servicio según el caso.

ARTICULO CUARTO: Los jefes de piso deberán elegir a cuatro (4) coordinadores principales y -cuatro (4) suplentes, entre los funcionarios de su piso, quienes e cumplirán las funciones de coordinador evacuación, coordinador de incendios, coordinador de primeros auxilios y coordinador de bienes y valores, los cuales asumirán la responsabilidad de cumplir con las tareas dirigidas a brindar apoyo y orientación a los funcionarios y visitantes en caso de siniestros.

PARÁGRAFO: Los jefes de Piso deberán informar los nombres y cargos de los funcionarios elegidos como coordinadores al Jefe de emergencia a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación de esta resolución.

ARTICULO QUINTO: Los Jefes de piso deberán elegir como mínimo dos funcionarios de su piso, para conformar la Brigada de Emergencia de la sede del Edifico Manuel Mejía.

ARTICULO SEXTO: El Grupo de Salud Ocupacional de la Procuraduría General de la Nación, se encargará de coordinar con el Instituto de Estudios del Ministerio Público, la División de Seguridad y la Administradora de Riesgos Profesionales, lo relativo a lacapacitación de los funcionarios comprometidos con el Plan de Emergencia y para los demás servidores de la Entidad.

ARTICULO SÉPTIMO: Comunicar a través del Grupo de Salud Ocupacional a los funcionarios que prestan sus servicios en la sede del Edificio Manuel Mejía, especialmente

a los comprometidos en la ejecución del Plan de Emergencia y a las demás entidades copropietarias en coordinación con la administración del Edificio.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los, 11 FEB. 2004

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación ..

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