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PGN - RESOLUCION - Implementación del plan de emergencia en la sede central de la pgn

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Implementación del plan de emergencia en la sede central de la pgn
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCIÓN NÚMERO 0036 ( 1 3 FEB. 2002) Por la cual se Implementa el Plan de Emergencia en las Instalaciones de la Sede Central de la Procuraduría General de la Nación. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de sus facultades legales y reglamentarias Especialmente las contenidas en el numeral 7º. del artículo 7º. del Decreto 262 de 2000, en el Decreto 614 de 1984 y la Resolución No. 1016 de 1989 y, CONSIDERANDO Que el Decreto 614 de 1984 en sus articulas 28, 29 y 30, establece la obligación de adelantar programas de salud ocupacional por parte de patronos y empleadores, indicando los parámetros para la aplicación del citado programa. Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social expidió la Resolución No. 1016 del 31 de marzo de 1989, la cual determina que el programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial. Que la misma Resolución en el literal b) de su artículo tercero, expresa que la elaboración y ejecución de los programas de Salud Ocupacional podrán ser realizados en conjunto con otras empresas, teniendo en cuenta que cada una de ellas tendrá su programa especifico, pudiendo compartir los recursos necesarios para su desarrollo. Que el literal c) numeral 18 del artículo 11 de la citada Resolución, establece como una de las principales actividades del subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, la de organizar y desarrollar un Plan de Emergencia con el propósito de controlar las mismas.

Que dado que el Edificio ubicado en la Carrera 5 No. 15-80 constituye una copropiedad entre varias entidades como la Procuraduría General de la Nación, el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras INAT, el Banco Ganadero, el Banco de la República y el Banco Agrario de Colombia, estas Instituciones han unido esfuerzos con el fin de implantar en el edificio un Plan de Emergencia tendiente a prevenir y enfrentar los posibles siniestros que puedan presentarse en la edificación. Que mediante el Acta No. 007 del 28 de noviembre de 2001, los copropietarios del Edificio ubicado en la Carrera 5 No. 15-80, concluyeron que su representante ante el Plan de Emergencia al Señor Administrador del Edificio, para que sea el suplente del Jefe de Emergencia, y consideraron que el Jefe de Emergencia debía ser designado por el Procurador General de la Nación. Que en virtud de lo anterior, el Procurador General de la Nación, procederá a reglamentar la elección del Jefe de Emergencia; de la misma forma, según lo contemplado en el Plan de Emergencia, corresponde al Procurador General elegir a los Jefes de Piso, en aquellos pisos donde funciona la Procuraduría General de la Nación. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Implementar en las dependencias de la Procuraduría General de la Nación ubicadas en la Carrera 5 No. 15-80 el Plan de Emergencia, que hace palie de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Designar como Jefe del Plan de Emergencia al JEFE DE

SEGURIDAD DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE: LA NACIÓN.

ARTICULO TERCERO: Designar como Jefes de los Pisos en donde funciona la Procuraduría General de la Nación, a los servidores de más alta jerarquía de cada, piso y en caso de existir dos con la misma jerarquía, será el Jefe de Piso quien lleve más tiempo de servicios en la entidad, el suplente será el que le sigue en jerarquía o en tiempo de servicio según el caso.

ARTÍCULO CUARTO: Los Jefes de Piso deberán elegir cuatro (4) coordinadores principales y cuatro (4) suplentes, entre los funcionarios de su piso, quienes cumplirán las funciones de: coordinador de evacuación, coordinador de Incendios, coordinador de primeros auxilios y coordinador de bienes y valores, los cuales asumirán la responsabilidad de cumplir con las tareas dirigidas a brindar apoyo y orientación a los funcionarios y visitantes en caso de Siniestros.

PARAGRAFO: Los Jefes de Piso deberán informar los nombres y cargos de los funcionarios elegidos como coordinadores, al Jefe de Emergencia a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación de esta resolución.

ARTICULO QUINTO: El Grupo de Salud Ocupacional de la Procuraduría General de la Nación, se encargará de coordinar con El Instituto de Estudios del Ministerio Público, lo relativo a la capacitación de los funcionarios comprometidos con el Plan de Emergencia y para los demás servidores de la Entidad.

ARTICULO SEXTO: Comunicar, a través del Grupo de Salud Ocupacional a los funcionarios que prestan sus servicios en el Edificio Central, especialmente a los

comprometidos en la ejecución del Plan de Emergencia y a las demás entidades copropietarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 1 3 FEB. 2002

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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