PGN - RESOLUCION - Modificación de la planta de personal de la procuraduría delegada para
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Modificación de la planta de personal de la procuraduría delegada para
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
Le dan alcance las Resoluciones 201 y 202 de 2.000 RESOLUCION NUMERO 083 ( 2 ABR. 2001) Por la cual se modifican las Plantas de Personal de las Procuradurías Delegadas para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos y Moralidad Pública. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 39 del articulo 7°. del la Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que el Procurador General de la Nación con base en la facultad contenida en los numerales 38 y 39 del articulo 7°. del Decreto 262 de 2000, expidió las Resoluciones No. 201 y 202 de junio 13 de 2000, respectivamente, Por medio de las cuales se organizan las plantas de personal de las Procuraduría Delegadas para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos y Moralidad Pública Que por necesidades del servicio se requiere trasladar un cargo de las dependencias arriba citadas, Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Modificase, las Plantas de Personal de las Procuradurías Delegadas para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos y Moralidad Pública, organizadas rnediante Resoluciones números 201 y 202 del 13 de junio de 2000, respectivamente, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto, en el siguiente sentido : El cargo de Técnico Criminalista, C6digo 4TC, Grado 17 de la Procuraduría Delegada para la prevención en
Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos y el titular del mismo señora PATRICIA CABEZAS YARCE identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.827.653 se ubica en la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública.
ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
dada en Bogotá, D.C., a los 2 ABR. 2001