PGN - RESOLUCION - Por la cual se adscriben algunos asesores de despacho grado 24 a procur
Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por la cual se adscriben algunos asesores de despacho grado 24 a procur
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
Ésta EXTIENDE a los particulares disciplinables la aplicación de la Directiva 002 de 2002 y la Resolución 128 de 2002
RESOLUCION No. 301
(Septiembre 11 de 2002)
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADSCRIBEN ALGUNOS
ASESORES DE DESPACHO GRADO 24 A
PROCURADURIAS REGIONALES Y SE DELEGAN
ALGUNAS FUNCIONES EN EL VICEPROCURADOR GENERAL DE LA NACION El Procurador General de la Nación en uso de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO
1. Que la Directiva No. 002 de enero 30 de 2002 es el Norte de actuación de las Procuradurías Regionales, Distritales y Provinciales en materia de lucha contra la gran corrupción y las graves violaciones a los Derechos Humanos y al DIH;
2. Que el anterior instrumento fue complementado con la resolución No. 128 de mayo 20 de 2002;
3. Que el numeral 6° del artículo 277 de la Carta Política y los artículos 25 y 53 de la Ley 734 de 2002 consagran la potestad disciplinaria sobre servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas;
4. Que se requiere extender a los particulares disciplinables los instrumentos mencionados en los numerales 1 y 2;
5. Que para el ejercicio de la facultad disciplinaria la ley contempla la designación de "funcionarios especiales" y la creación de "comisiones especiales", según el numeral 19 y el parágrafo del artículo 7° del Decreto 262 de 2000;
5. Que el parágrafo del numeral 58 del artículo 7° del Decreto 262 de 2000
permite la asignación, distribución y delegación de funciones constitucionales 1 y legales permitidas;
6. Que de conformidad con la Directiva No. 002 de enero 30 de 2002 los Procuradores Regionales son los representantes del Procurador General en provincia, ejerciendo funciones de coordinación, control y comunicación; RESUELVE: PRIMERO. Extiéndase a los particulares disciplinables la aplicación de la Directiva No. 002 de enero 30 y la Resolución No. 128 de mayo 20 de 2002.
SEGUNDO. Adscríbase a las Procuradurías Regionales del Atlántico y Cesar los Asesores de Despacho Grado 24 que tienen su sede en tales dependencias, los cuales quedarán bajo la administración, dirección y coordinación de los respectivos Procuradores Regionales, quienes se encargarán de su respectiva evaluación cuando así se les solicite. TERCERO. Los Procuradores Regionales dispondrán del trabajo de los Asesores de Despacho Grado 24 que se les adscriben a las Procuradurías Regionales para todos los efectos preventivos y represivos de carácter disciplinarios, especialmente para efectos de la descongestión de sus dependencias y para la aplicación de la Directiva No. 002 de enero 30 y la Resolución No. 128 de mayo 20 de 2002, así como también en lo que tiene que ver con la extensión de estas según lo ordenado en el artículo
PRIMERO.
CUARTO. Se delega en el señor Viceprocurador General de la Nación la facultad de designar "funcionarios especiales" e integrar "comisiones disciplinarias especiales" de que da cuenta el numera 19 del artículo 7° en
armonía con su parágrafo del Decreto 262 de 2000 para efectos de la aplicación de la Directiva No. 002 de enero 30 y la Resolución No. 128 de mayo 20 de 2002, así como también de esta resolución, a nivel de las Procuradurías Regionales, Distritales y Provinciales. QUINTO. La designación de "funcionarios especiales" y la "integración de comisiones especiales" podrá recaer en los Procuradores Regionales, Distritales, Provinciales, Procuradores Judiciales I y II de todas las especialidades, Asesores de Despacho Grado 24 y demás Asesores y Profesionales Universitarios de la Procuraduría General de la Nación. SEXTO. Los procesos objeto de tales medidas serán los de competencia integral de los Procuradores Regionales, Distritales y Provinciales y aquellos que tramitan los anteriores hasta ponerlos en estado de fallo cuando la competencia de es un Procurador Delegado del nivel central. 2 SÉPTIMO. El Viceprocurador General de la Nación llevará la dirección, el control, la coordinación y evaluación de la aplicación y desarrollo de la Directiva No. 002 de enero 30 de 2002, de la Resolución No. 128 de mayo 20 del mismo año y de esta resolución, así como de los servidores públicos de la entidad encargados de aplicarlas. OCTAVO. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y será insertada en la página WEB de la Procuraduría General de la Nación. Dada en la ciudad de Bogotá el día Once (11) de septiembre de 2002.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación 3