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PGN - RESOLUCION - Por la cual se concede una comisión de estudio

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por la cual se concede una comisión de estudio
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCION No. R062 >” 0.9 MAR. 2009 “Por la cual se concede una comisión de estudio” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los artículos 70. numerales 7 y 54, y 98 al 104 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 98 del Decreto 262 de 2000, le confiere al Procurador General de la Nación competencia para conceder comisión de estudio; figura que tiene por objeto el permitir que los servidores de la Entidad concurran o participen en cursos de capacitación, de postgrado o realicen investigaciones científicas o estudios relacionados con las funciones inherentes a la Entidad, hasta por tres (3) años, como dispone el artículo 100 ibídem. Que conforme a las previsiones del artículo 99 ibídem, para otorgar comisión de estudio el servidor debe haber prestado sus servicios por un tiempo no inferior a tres (3) años, haber obtenido calificación satisfactoria durante el año inmediatamente anterior, en el evento en que pertenezca a la carrera, y no haber sido sancionado penal, fiscal ni disciplinariamente dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha de la solicitud. Que el artículo 101 del Decreto 262 de 2000, consagra que al servidor en comisión de estudio se le pagarán la remuneración correspondiente al empleo del cual es titular y los gastos de transporte, cuando haya lugar, pero en ningún caso viáticos. Que el doctor OMAR ORLANDO LANCHEROS, identificado con la cédula de ciudadanía número 74.280.969, Profesional Universitario, Código 3PU, Grado 17 de la

Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos, solicitó comisión de estudio para participar en el “diplomado y programa especializado en derechos humanos de American University, Washington College Law”, a realizarse en la ciudad de Washington (Estados Unidos de América), por el término comprendido entre el veinticinco (25) de mayo y el doce (12) de junio de 2009. Que el doctor LANCHEROS cumple los requisitos previstos por el artículo 99 del Decreto 262 de 2000, y dada la relación existente entre el contenido temático del evento académico y las funciones inherentes a la Entidad, resulta procedente conceder la comisión de estudio al mencionado servidor. Que cumplidos los requisitos de ley y atendiendo lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto 262 de 2000, es procedente otorgar al doctor LANCHEROS la comisión de estudio solicitada, por el periodo comprendido entre el veinticinco (25) de mayo y el doce (12) de junio de 2009. 99179_m oc.se0le9po5pai.dx8ew2 20 En mérito de lo expu | esto,

RESUELVE:

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RESOLUCION No. fQ62 + Y 09 MAR. 2009 “Por la cual se concede una comisión de estudio” Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos, para participar en el “diplomado y programa especializado en derechos humanos de American University, Washington College Law”, a realizarse en la ciudad de Washington (Estados Unidos de América), por el término comprendido entre el veinticinco (25) de mayo y el doce (12) de junio de 2009, por las razones expuestas en la parte considerativa de este acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Durante el término de la comisión, se cancelará al doctor OMAR ORLANDO LANCHEROS la remuneración correspondiente a su cargo, sin que haya lugar a otros reconocimientos por concepto de transporte, viáticos, ni costos de inscripción o matrícula para el evento académico.

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente resolución al interesado,...por intermedio de la División de Gestión Humana, haciéndole saber su deber de reintegrarse al cargo una vez cumplida la comisión. Igualmente comuníquese al superior inmediato, y a los Grupos de Nómina y Hojas de Vida, para lo de sus respectivas competencias.

ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 0.9 MAR. 2009 _ — Es

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

SIAF No.: 43793

Proyectó: Jeannette Sánchez R. División de Gestión Humana “Fu.

Revisó : Andrea Chávez R. División de Gestión Humana Ju” !

Aprobó : Carlos William Rodríguez M. Jefe División Gestión Humana

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