PGN - RESOLUCION - Por la cual se concede una comisión de servicios en el exterior
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por la cual se concede una comisión de servicios en el exterior
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCION No.438 (1 6 OCT. 2008) "Por la cual se concede una Comisión de Servicios en el Exterior” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas los Artículos 7º -numerales 7 y 54-, 94, 107 Y 108 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 94 del Decreto 262 de 2000, consagra la Comisión de Servicio, cuando "el servidor público ejerce temporalmente las funciones propias de su empleo en lugar diferente de la sede habitual de su trabajo, o cuando se desarrollan transitoriamente actividades oficiales distintas de las inherentes al empleo del cual es titular pero relacionadas con él, como asistir a reuniones, conferencias, seminarios o realizar trabajos de investigación o visitas de observación que interesen a la Procuraduría General de la Nación.. .". Que de conformidad con el artículo 108 ibidem, "...Durante el término de la comisión el servidor tendrá derecho a su remuneración en pesos colombianos, cuando a ello hubiere lugar..." y ".. .deberá presentar al superior inmediato, al finalizar la misma, un informe sobre las actividades cumplidas durante la comisión...” . Que la doctora CARLA MARIA REY BENGOA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.785.629, Asesor, Código 1AS, Grado 24, del Despacho del Procurador General, con asignación de funciones en la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, mediante escrito del dos (2) de octubre de 2008,
solicitó comisión de servicios, para que en virtud de invitación surtida al Ministerio Público, por parte de la UNICEF, participe en el "Taller Internacional sobre Género, Agua e Integridad", evento que tendrá lugar en San José de Costa Rica, del veinte (20) al veintidós (22) de octubre del presente año. Que la UNICEF correrá con la totalidad de los gastos que demande la participación de la doctora REY BENGOA en el mencionado evento, razón por la cual la Comisión de Servicios solicitada no causará erogación presupuestal alguna a la Procuraduría General de la Nación. Que del contenido temático del evento, se infiere que el mismo se relaciona con las funciones inherentes a la entidad, por lo que se encuentra procedente la Comisión de Servicios para la citada funcionaria. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Conceder Comisión de Servicios en el exterior a la doctora CARLA MARIA REY BENGOA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.785.629, Asesor, Código 1AS, Grado 24, del Despacho del Procurador General, con asignación de funciones en la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, por el término comprendido del veinte (20) al veintidós (22) de octubre de dos mil ocho (2008), para asistir al "Taller Internacional sobre Género, Agua e Integridad", en la ciudad de San José de Costa Rica, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo ARTÍCULO SEGUNDO: Para todos los efectos legales, el término de duración de la
comisión, se entenderá como de servicio activo de la servidora pública, razón por la cual recibirá la remuneración correspondiente a sueldos y prestaciones a que haya lugar por el ejercicio del cargo.
ARTÍCULO TERCERO: Los gastos que demande la participación de la funcionaria en el mencionado evento, serán asumidos en su totalidad por la UNICEF.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente resolución a la interesada por intermedio de la División de Gestión Humana, haciéndole saber su deber de reintegrarse a las funciones propias del cargo una vez cumplida la Comisión de Servicios y de rendir el informe mencionado en la parte considerativa de este acto administrativo. Igualmente comuníquese al superior jerárquico y a los Grupos de Hojas de Vida y de Desarrollo y Bienestar de Personal, para lo de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 16 de Octubre de 2008.
EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación