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PGN - RESOLUCION - Por la cual se crea un comité para elaborar una propuesta

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por la cual se crea un comité para elaborar una propuesta
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCIÓN No. 064 (4 MAR. 2005) "Por la cual se crea un Comité para elaborar una propuesta" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el artículo 278 de la Constitución Política de Colombia y los numerales 6°,7° y 34° del artículo 7° del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO Que el numeral 6 del articulo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, confiere al Procurador General de la Nación la atribución de "Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación"; Que el numeral 6 del articulo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, otorga al Procurador General de la Nación la función de "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarias para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por Ley. "; Que es igualmente función del Procurador General de la Nación "Crear comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previstos en la Ley, tal como lo dispones el numeral 34° del artículo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000; Que el grupo de Asuntos Internacionales adscrito al Despacho del Procurador, creado mediante Resolución No. 222 de 9 de agosto de 2001, presentó su informe de gestión correspondiente al período 2001 -2004. Que en dicho informe se relaciona el diseño e implementación de una metodología

de trabajo, que se ha construido a partir del desarrollo de los distintos proyectos que cuentan con apoyo técnico y financiero de la comunidad internacional, entre el Grupo de Asuntos Internacionales y las delegadas y dependencias que tienen a cargo dichos proyectos. Que el desarrollo de dichos proyectos ha implicado para la entidad la consolidación de grupos de expertos en las diferentes materias y en consecuencia el fortalecimiento institucional a través de procesos de investigación, capacitación y formación, dirigidos a los servidores de la entidad y de otras instituciones públicas. Que dadas las funciones asignadas el IEMP, a través del Decreto Ley 262 de 2000, es necesario articular e integrar al mismo el trabajo que adelantan el grupo de Asuntos Internacionales y las distintas delegadas y dependencias de la PGN que desarrollan proyectos, así como la metodología construida, con miras a fortalecer su capacidad y a institucionalizar los resultados y la experiencia adquirida. Que al efecto es necesario crear un comité que elabore una propuesta que concrete ese objetivo.

Que por lo expuesto: RESUELVE ARTICULO PRIMERO 1º; Crear un comité conformado por los titulares de las Delegadas Preventiva en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos, para el Ministerio Público, para Asuntos Ambientales y Agrarios, para la Defensa del Menor y la Familia, para Asuntos Laborales, el Instituto de Estudios del Ministerio Público, la Oficina de Planeación y por la Jefe del Grupo de trabajo de Asuntos Internacionales que lo coordinará.

Dicho Comité deberá preparar una propuesta que permita la articulación e integración al Instituto de Estudios del Ministerio Público del trabajo que se ha desarrollado en las distintas delegadas y dependencias que ejecutan proyectos con

el apoyo y asistencia técnica de la comunidad internacional, así como la metodología que se ha construido en la entidad para el efecto, la cual se presentará a consideración del Despacho del Procurador General de la Nación, en un término no superior a 3 meses contados a partir de la fecha' de expedición de la presente resolución.

PARAGRAFO: La participación en el Comité será indelegable.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Coordinadora del Comité podrá invitar a participar en las discusiones y ejercicios del grupo, a expertos nacionales, a funcionarios de la entidad y de otras instituciones ,- públicas y privadas relacionadas con el tema.

Las demás que le asigne el Procurador General de la Nación ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige desde la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le contrarias. Dada en Bogotá, D.C., a los 4 MAR. 2005

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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