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PGN - RESOLUCION - Por la cual se levanta la suspensión establecida en la resolución 73 de

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por la cual se levanta la suspensión establecida en la resolución 73 de
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCION NÚMERO 140

Le da alcance la MODIFICADA por la (31 MAYO 2007) Resolución 073 de 2007 Resolución 185 de 2007 Por la cual se levanta la suspensión establecida en la Resolución No. 073 del 22 de marzo de 2007. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 y 8 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución número 073 del 22 de marzo de 2007, se dispuso, en su artículo primero, suspender, a partir del 1 o de abril y por el término de tres (3) meses, el reparto interno de actuaciones disciplinarias, tanto de primera como de segunda instancia a las Procuradurías Primera Delegada para la Contratación Estatal y Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa; Que en dicho acto administrativo, se resolvió, de igual manera, en su artículo tercero, que: "Las quejas y actuaciones disciplinarias de competencia de la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, que se reciban a partir del 10 de abril de 2007, se repartirán a la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa."; Que según el reporte actualizado del sistema Gedis, se observa que la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, ha evolucionado satisfactoriamente dentro del proceso de descongestión, presentando a la fecha un inventario de 716 actuaciones disciplinarias de primera instancia frente a 994 que

presenta la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, con lo cual se concluye que no se hace necesario mantener el mecanismo excepcionalmente establecido en la mencionada resolución 073 del 22 de marzo de 2007, por lo que se procederá a reanudar el reparto interno entre estas dos Delegadas; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Levantar la suspensión establecida en el artículo primero de la Resolución No. 073 del 22 de marzo de 2007, en cuanto suspendió desde el 1°, de abril de 2007 para la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa. En consecuencia reanudar el reparto interno a esta Procuraduría Delegada, a partir del 1°. de junio de 2007. ARTICULO SEGUNDO.- Comuníquese esta determinación al Jefe de la División Centro de Atención al Público, División de Registro y Control y Procuradurías Primera y Segunda Delegadas para la Vigilancia Administrativa. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 31 MAYO 2007

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

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